Descanso Semanal; Trabajadores Exceptuados del Descanso en Día Domingo y Festivos; Trabajadores de Bancos e Instituciones Financieras - Núm. 64, Octubre 2018 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 795584489

Descanso Semanal; Trabajadores Exceptuados del Descanso en Día Domingo y Festivos; Trabajadores de Bancos e Instituciones Financieras

Páginas230-238
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MANUAL EJECUTIVO LA BO RAL
12.- DESCANSO SEMANAL; TRABAJADORES EXCEPTUADOS DEL
DESCANSO EN DÍA DOMINGO Y FESTIVOS; TRABAJADORES DE BANCOS E
INSTITUCIONES FINANCIERAS;
MATERIA: La empresa Gesic Car S.A., lial del Banco Ripley, es una empresa
de apoyo al giro nanciero sometida en dicho ámbito a la scalización de la
Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras por lo que resulta
plenamente aplicable a su respecto la doctrina institucional que se contiene en
Ord. N°2015/33, de 10.05.2006, conrmada por Ord. N° 2166/37, de 19.05.2006,
conforme a la cual los trabajadores de bancos e instituciones nancieras, carácter
que reviste la consultante, no se encuentran excluidos del régimen normal de
descanso semanal y en días festivos que consagra el artículo 35 del Código del
ORDINARIO N°3936, DE 27.07.2018
Han solicitado un pronunciamiento de esta Dirección en orden a determinar la
procedencia de aplicar la normativa prevista en los artículos 37, 38, 38 bis y 38 ter
del Código del Trabajo a los trabajadores que prestan servicios para la Empresa
Gesic Car S.A., lial del Banco Ripley, teniendo presente que las actividades que
desarrolla esa empresa se relacionan con la prestación de servicios nancieros.
Fundamentan su solicitud principalmente, en las consideraciones que a continuación
se exponen:
a) Que según escritura pública de constitución de la aludida sociedad, su objetivo
primordial es el otorgamiento de toda clase de préstamos y operaciones de créditos
en dinero que no se encuentren reservadas por ley a los bancos y la prestación de
servicios nancieros en general.
b) Que dicha sociedad se encuentra inscrita en el Registro de Emisores y Operadores
de Tarjetas de Crédito de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras
bajo el N° 691 y por lo tanto, se encuentra sometida a la supervisión directa de dicha
Superintendencia.
c) Que en el año 2013 el citado Organismo autorizó la integración de Gesic Car S.A.
como lial del Banco Ripley y en tal calidad, se transformó en sociedad de apoyo al
giro bancario dedicada a la emisión y operación de tarjetas de crédito bancarias y a la
realización de las demás actividades autorizadas por la señalada Superintendencia.
d) Que la actividad de Gesic Car S.A. es la emisión y operación de la tarjeta de
crédito Ripley, la que en sus inicios servía como herramienta para el otorgamiento de
créditos a sus clientes y podía ser usada sólo en los establecimientos de la Empresa
Ripley. Se añade que posteriormente fue incorporando en forma gradual también a
otros establecimientos comerciales asociados, ampliando la oferta de productos y
servicios para sus usuarios.

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