Descripcion del primer pilar: nuevo primer pilar solidario o publico. Sistema de pensiones solidarias - Núm. 34, Abril 2016 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 704290009

Descripcion del primer pilar: nuevo primer pilar solidario o publico. Sistema de pensiones solidarias

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Manual EjEcutivo La bor aL
a su consideración. La Superintendencia tiene la supervigilancia de estas comisiones
e imparte las normas operativas que se requieran para calicar la invalidez. A su vez,
existe la Comisión Médica Central que actúa como una instancia de apelación de los
dictámenes emitidos por las Comisiones Médicas Regionales.
Para la cuanticación del grado de invalidez, las Comisiones Medicas Regionales y la
Comisión Medica Central se atienen estrictamente a las “Normas para la evaluación
y calicación del grado de invalidez de los trabajadores aliados al nuevo sistema de
pensiones”. Estas normas surgen de la Comisión Técnica de Invalidez establecida
en el reglamento del Decreto Ley N° 3.500 de 1980, resueltas por mayoría absoluta
de sus miembros y publicados sus acuerdos en el Diario Ocial. Corresponden a lo
que en la terminología internacional se denomina un Baremo de invalidez, escala
graduada de referencia que contiene por orden creciente categorías o clases que
cuantican la invalidez.
CAPITULO II
DESCRIPCION DEL PRIMER PILAR:
NUEVO PRIMER PILAR SOLIDARIO O PUBLICO
SISTEMA DE PENSIONES SOLIDARIAS
Una de las principales modicaciones introducidas al Sistema de Pensiones chileno, a
través de la Ley N° 20.255, sobre Reforma Previsional, es el reforzamiento del primer
pilar a través de la creación del nuevo Pilar Solidario o Público, denominado Sistema
de Pensiones Solidarias. Previo a la puesta en marcha de la Reforma, el primer pilar
estaba compuesto por los benecios de la Pensión Mínima Garantizada por el Estado
(PMGE) y las Pensiones Asistenciales (PASIS).
El Pilar Solidario, es sin duda un componente fundamental del sistema de pensiones
chileno, tanto en términos de su cobertura, como también en cuanto a la certidum-
bre que entrega a la población en edad de retiro de poder contar con una forma de
protección en la vejez.
1. Bases del Primer Pilar Solidario
Las principales bases del primer pilar son:
i. Prevención de la pobreza: Uno de los objetos principales del pilar solidario o público
es la prevención de la pobreza en la tercera edad o en caso de invalidez. Este Pilar
Solidario toma en consideración el que aun cuando se hagan esfuerzos importantes
por aumentar la cobertura del pilar contributivo de capitalización individual de pensio-
nes, igualmente se estima que en el futuro un grupo de la población que al nal de su
vida laboral o ante eventos de invalidez, requerirían del apoyo estatal para prevenir
el riesgo de pobreza. De esta manera este pilar actúa como un seguro que reduce la
incertidumbre para un grupo signicativo de la población.
ii. Solidaridad: El nanciamiento de las prestaciones otorgadas por el pilar solidario
provienen de ingresos generales de la Nación, lo cual convierte el benecio en uno
de carácter solidario, considerando especialmente que éste es focalizado en grupos
de menores ingresos.

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