Despido indirecto; finiquito; procedencia; Ordinario N°335/2, De 19.01.2017 - Núm. 45, Marzo 2017 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 703999473

Despido indirecto; finiquito; procedencia; Ordinario N°335/2, De 19.01.2017

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EL CONVENIO COLECTIVO
En consecuencia, sobre la base de las disposiciones legales citadas, y consideraciones
formuladas, cúmpleme informar a Ud. que el sentido y alcance de la Ley Nº20.940 de
8 de septiembre de 2016, en lo referido a la extensión de benecios y la vinculación
de los trabajadores con el instrumento colectivo, es el que se contiene en el cuerpo
del presente informe.
Saluda a Ud.
CHRISTIAN MELIS VALENCIA
ABOGADO
DIRECTOR DEL TRABAJO
6.- DESPIDO INDIRECTO; FINIQUITO; PROCEDENCIA;
MATERIA: 1) El ejercicio de la facultad contenida en el artículo 171 del Código del
Trabajo, denominada despido indirecto, por parte de un trabajador, no contempla
la obligación del empleador de otorgar niquito y poner su pago a disposición de
aquel, dentro del plazo de diez días hábiles, contados desde la separación del
trabajador, de conformidad al artículo 177 del Código del Trabajo. 2) En el caso
de existir controversia en cuanto a la existencia del derecho, así como los montos
y conceptos involucrados, al término de la relación laboral, corresponderá su co-
nocimiento a los Tribunales de Justicia. 3) La obligación exigida a un trabajador,
de presentar niquito de trabajo de su empleador anterior, a su nuevo empleador,
no se ajusta a derecho, toda vez que con ello, se infringirían aquellos preceptos
de orden constitucional y legal que regulan la libertad de contratación, de elección
del trabajo y la no discriminación arbitraria. 4) La Dirección del Trabajo carece de
competencia para pronunciarse respecto a planteamientos no vinculados a la apli-
cación o interpretación de alguna norma legal o reglamentaria de contenido laboral.
ORDINARIO N°335/2, DE 19.01.2017
Se ha solicitado un pronunciamiento jurídico, en materias relacionadas al artículo 171
del Código del Trabajo, esto es despido indirecto o auto despido.
Así, en el punto 1 de su exposición, el ocurrente consulta “si se genera un despido
indirecto por parte de un trabajador, entendiendo todo el proceso judicial que eso
conlleva …
a.- ¿ es aplicable la ley 20.684 también en el caso del auto despido?. Es decir, el
empleador tiene la obligación de entregar y poner a disposición del ex trabajador
el niquito en los plazos estipulados y qué haberes debiese contener si así fuese?.
b.- Si no se aplicara … ¿Cómo puedo obtener un niquito por parte de mi ex empleador
sin que eso se implique la renuncia de derechos del trabajador al rmarlo?.
jurIsprudencIa de la
dIreccIon del trabajo

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