La determinación judicial de la sanción penal juvenil - Núm. 34, Julio 2010 - Revista de Derecho - Libros y Revistas - VLEX 648748173

La determinación judicial de la sanción penal juvenil

AutorTatiana Vargas Pinto
CargoProfesora de Derecho penal en la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes
Páginas475-501
475La d e t e r m i n a c i ó n ju d i c i a L d e L a s a n c i ó n p e n a L j u v e n i L
ab s t r a c t
The process to determine the sanc-
tion in the legal system for juveniles is
not clear and poses problems. Besides
evidencing its stages and criteria, two
problems are analyzed: the consequences
of the disorder and repetition of guideli-
nes for assessment regarding the selection
of sanction types and measures and the
reflection on apparently conflicting
ideas, namely, the liability of the young
offender and their need to be integrated
in society.
Keywords: Juveniles – Sanction
determination – Characterization of the
sanction – Juvenile’s criminal liability.
* Profesora de Derecho penal en la Facultad de Derecho de la Universidad de los
Andes. Dirección postal: Universidad de los Andes, Facultad de Derecho, San Carlos
de Apoquindo 2200, Las Condes, Santiago, Chile. Correo electrónico: tatianavp@
uandes.
re s u m e n
El proceso de determinación de la
pena en el sistema penal adolescente no
es claro y presenta varias dif‌icultades.
Además de mostrar sus etapas y criterios,
se analizan básicamente dos problemas:
las consecuencias de la repetición y
confusión de pautas de valoración para
la selección de la clase y medida de pena
y la consideración de ideas que parecen
contraponerse, la responsabilidad del
joven infractor y sus necesidades de
integración social.
pa L a b r a s c L a v e : Adolescentes – De-
terminación de la pena – Individualiza-
ción de la pena – Responsabilidad penal
adolescente.
Revista de Derecho
de la Pontif‌icia Universidad Católica de Valparaíso
XXXIV (Valparaíso, Chile, 1er Semestre de 2010)
[pp. 475 - 501]
La d e t e r m i n a c i ó n j u d i c i a L d e L a
s a n c i ó n p e n a L j u v e n i L
[“Judicial Determination of Criminal Sanctions for Juvenile Offenders”]
ta t i a n a va r g a s pi n t o *
Universidad de los Andes
ta t i a n a var g a s pi n t o476 re v i s t a d e der e c h o XXXiv (1er se m e s t r e d e 2010)
i. in t r o d u c c i ó n
La investigación de un hecho punible y la participación de algún suje-
to terminan f‌inalmente con la imposición de una sanción penal. ¿Cómo
se castiga exactamente la realización de un homicidio?, ¿qué pena ha de
aplicarse? La determinación de la clase y cantidad de pena que ha de im-
ponerse en concreto supone un proceso complejo que toma normalmente
penas divisibles con amplios márgenes, pues aun las penas indivisibles
(presidio perpetuo simple y calif‌icado) se combinan con penas divisibles,
como la sanción del homicidio calif‌icado, presidio mayor en grado medio
a presidio perpetuo (artículo 391 Nº 1 CP.). Así, se ha de decidir no sólo
una clase de pena o grado1, sino también su concreta duración dentro
de marcos que pueden llegar a tener diferencias de cinco años, como el
presidio mayor en grado medio que va desde los 10 años y 1 día hasta
los 15 años. No es fácil la decisión sobre la respuesta que cabe ante el
concreto homicidio sobre la base de penas divisibles de amplios márgenes
y sin mayores pautas para tal selección2. Las dif‌icultades se agravan en el
sistema de responsabilidad penal juvenil, a pesar de que la imposición de
consecuencias es fundamental aquí.
La relevancia de la respuesta penal para el adolescente infractor aparece
ya con el reconocimiento de su responsabilidad, que supone asumir las
consecuencias de las conductas realizadas e imputadas, y se refuerza con
los objetivos de la ley que establece este régimen penal, que “regula la
responsabilidad penal de los adolescentes por los delitos que cometan, el proce-
dimiento para la averiguación y establecimiento de dicha responsabilidad, la
determinación de las sanciones procedentes y la forma de ejecución de éstas
(artículo 1 de la Ley Nº 20.0843). Sin embargo, el sistema de determina-
ción de penas es más complejo que el de adultos ya desde el comienzo,
al establecer una escala general de sanciones para los delitos y no una
consecuencia determinada para cada ilícito. Luego, se establecen reglas y
se señalan criterios para la elección de la clase y cuantía de pena, pero de
1 Cada pena es un grado y cada grado una pena, artículos 57 y 58 CP.
2 Se describen criterios generales, como el grado de desarrollo del delito, la clase
de participación y las circunstancias atenuantes y agravantes, y sin efectos precisos.
Si bien en el grado de desarrollo la participación inf‌luye por grado (uno según cada
elemento), las pautas son vagas para las atenuantes y agravantes, especialmente en la
cuantía exacta, que repite factores sin regla alguna.
3 La idea se refuerza en el “Mensaje” de la ley de agosto de 2002 (Nº 68-347). “El
presente Proyecto de Ley tiene el propósito de reformar radicalmente la respuesta del Esta-
do ante los actos que revisten carácter de crimen o simple delito cuando ellos son cometidos
por personas menores de dieciocho años [...]”.

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