Dia del censo; feriado obligatorio e irrenunciable; horario de inicio y termino del descanso; trabajadores del comercio; trabajadores de restaurantes, pubs, casino de juegos y otros; horario de espectaculos publico y actividades al aire libre; complementa Dictamen N°1599/40, De 11.04.17; Ordinario N°1626/42, de 11.04.2017 - Núm. 48, Junio 2017 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 703830613

Dia del censo; feriado obligatorio e irrenunciable; horario de inicio y termino del descanso; trabajadores del comercio; trabajadores de restaurantes, pubs, casino de juegos y otros; horario de espectaculos publico y actividades al aire libre; complementa Dictamen N°1599/40, De 11.04.17; Ordinario N°1626/42, de 11.04.2017

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EL TRABAJO EN REGIMEN DE SUBCONTRATACION Y
DEL TRABAJO EN EMPRESAS DE SERVICIOS TRANSITORIOS
De acuerdo con dicha norma reglamentaria, no obstante que los docentes y asistentes
de la educación que prestan servicios en las Corporaciones Municipales, detentan la
calidad de trabajadores del sector privado, el legislador contempla la posibilidad de que
estos últimos participen activamente en el Censo Abreviado 2017, para cuyos efectos
la Corporación Municipal tiene que haber incluido como actividad extraescolar, dentro
de su respectivo Plan Anual, la participación de sus trabajadores en el referido Censo
y luego, con posterioridad a ello, haber obtenido el consentimiento expreso o tácito
de sus trabajadores en orden a participar en dicho Censo no pudiendo, por tanto, la
referida entidad edilicia imponer unilateralmente tales funciones a sus trabajadores.
Compleméntese, en tal sentido, el dictamen N°908/49 de 22.03.2002 de este Servicio.
Es todo cuanto puedo informar.
Saluda a Ud.,
CHRISTIAN MELIS VALENCIA
ABOGADO
DIRECTOR DEL TRABAJO
20.- DIA DEL CENSO; FERIADO OBLIGATORIO E IRRENUNCIABLE; HORARIO
DE INICIO Y TERMINO DEL DESCANSO; TRABAJADORES DEL COMERCIO;
TRABAJADORES DE RESTAURANTES, PUBS, CASINO DE JUEGOS Y OTROS;
HORARIO DE ESPECTACULOS PUBLICO Y ACTIVIDADES AL AIRE LIBRE;
COMPLEMENTA DICTAMEN N°1599/40, DE 11.04.17;
MATERIA: Complementa dictamen N°1599/040 de 11.04.2017, en lo referido al
inicio del descanso por feriado legal obligatorio e irrenunciable el día del Censo.
ORDINARIO N°1626/42, DE 11.04.2017
Por necesidades del Servicio, se ha estimado pertinente complementar lo dispuesto
en dictamen N° 1599/040, de 11.04.2017, en el sentido que se indica.
Como se ha señalado, el artículo 43 de la Ley N° 17374 dispone que tendrá el carácter
de feriado legal el día en que deba procederse al levantamiento de los censos ociales.
La Resolución Exenta N° 4119 de 26.11.2016, del Ministerio de Economía, Fomento
y Turismo, ja como fecha para el Censo abreviado 2017, el día 19 de abril del año
en curso.
Por su parte, el artículo 44 de la Ley N° 17374 establece:
“Quedan prohibidas, desde las 00:00 horas hasta las 20:00 horas del día en que se
realice el censo, las actividades, espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en
recintos cubiertos, funciones teatrales, exhibiciones cinematográcas, competencias
deportivas y eventos similares a los indicados.
JURISPRUdencIA de LA
dIReccIOn deL TRABAJO

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