Diagnóstico sobre la composición de la comisión - Núm. 55, Noviembre 2019 - Serie Informe Legislativo - Libros y Revistas - VLEX 827452481

Diagnóstico sobre la composición de la comisión

AutorJohn Henriquez O.
CargoAbogado de la Pontificia Universidad Católica de Chile
Páginas14-15
Serie Informe Legislativo 55 14
3. DIAGNÓSTICO SOBRE LA COMPOSICIÓN
DE LA COMISIÓN
a normativa vigente que establece la conforma-
ción de la Comisión Antidistorsiones, compuesta
mayoritariamente por personas que detentan car-
gos de conanza política en el Poder Ejecutivo, no
es la adecuada. Al efecto, la doctrina señala la existencia
de dos grandes defectos en el diseño vigente.
En primer lugar, la presencia de los representantes del Ban-
co Central responde a una razón histórica, derivada del rol
que desempeñó en la antigua Comisión de Subvenciones.
Coincidiendo con el profesor Juan José Romero46, quien
enfatiza en que “las materias que conoce la Comisión son
ajenas a la misión fundamental del Banco Central, cual es
procurar la estabilidad de la moneda y el normal funcio-
namiento del sistema de pagos internos y externos”47. Es
conveniente adver tir sobre un riesgo que se ha ido acre-
centando en el último tiempo, dado el prestigio del que me-
recidamente goza el Banco Central de Chile. En el marco
de discusiones políticas de una tremenda relevancia, se ha
esbozado la intención de otorgarle al Banco Central res-
ponsabilidades ajenas a su naturaleza, tales como una
participación más activa en el sistema de pensiones48 o un
rol protagónico en la jación de las dietas de las altas au-
toridades nacionales49. Dichas propuestas, reconociendo
y valorando el rol que el Banco Central desempeña en la
actualidad en instituciones como la Comisión Antidistor-
siones, conllevan altos riesgos para el el cumplimiento
del mandato constitucional asignado al órgano encargado
de la política monetaria. La misión fundamental del Banco
Central es razón suciente para promover una reforma en
este sentido.
LEn segundo lugar, se crítica del mismo modo la presencia
de comisionados pertenecientes a ministerios o reparticio-
nes públicas. Al efecto, es menester realizar dos conside-
raciones previas.
Por una parte, se advierte la inconveniencia de su presen-
cia en casos en que estos “pueden contaminar el análisis
técnico de las materias sometidas a conocimiento de la
comisión, en especial los de competencia desleal”50. En
dicho contexto, es preciso señalar que se entiende por
competencia desleal “aquella maniobra desleal, que tiene
por n la eliminación de sus competidores y que consiste
en que una rma venda sistemáticamente bajo sus costos
con el n de provocar la quiebra o el cese de concurrencia
por parte de uno o más competidores”51. En efecto, esta
crítica es procedente para los casos en que se aplican de-
rechos antidumping y derechos compensatorios, estando
exceptuado -por su naturaleza- las salvaguardias, ya que
no están concebidas para hacer frente a una eventual
práctica de comercio desleal. En los casos de competen-
cia desleal, entonces, la ventaja obtenida por el infractor
se origina por una situación ilegítima y se debe aplicar un
examen técnico con el objetivo de vericar la concurrencia
de los requisitos establecidos por la normativa chilena y
por la normativa emanada de la OMC. Las consideraciones
políticas o de interés público debieran estar excluidas en el
análisis particular efectuado por la Comisión. En denitiva,
la posible desigualdad de influencia entre las partes some-
tidas a un conflicto comercial justica la modicación de la
integración de la Comisión.
El profesor Romero, además de sostener que la composición de la Comisión
Antidistorsiones no es la adecuada, concluye lo siguiente: a) la Comisión es
precaria desde el punto de vista institucional; b) existe espacio para mejorar la
calidad de las decisiones de la Comisión, así como sus niveles de transparencia;
c) se aprecia una inadecuada evaluación de las razones de interés público por
parte de la Comisión, existiendo un riesgo de desigualdad de influencia por
parte de los diferentes grupos de interesados; d) existe falta de visibilidad y
proactividad de la Comisión, de modo que se facilite la utilización de este tipo
de medidas y que existe dicultad por parte de esta para generar la debida
acumulación de conocimiento interno; y e) que nuestra legislación no ha
aprovechado todas las posibilidades de defensa comercial que la OMC ofrece.
46
Romero, Juan José (2013). Comisión Antidistorsiones: Diagnóstico y Algunas
Soluciones. Estudios de Libre Competencia, Consumidor y Regulación. Centro
de Libre Competencia UC. Librotecnia. Santiago, p. 15.
47
En el marco de la discusión de la Reforma Previsional (Boletín N° 12.212-13),
un grupo de parlamentarios -Rincón, Silber y Jiménez- propuso encargar al
Banco Central la administración la cotización obligatoria adicional. Dicha idea,
en denitiva, no prosperó.
48
La discusión sobre la rebaja del sueldo de las altas autoridades y la forma de
determinarla aún se encuentra pendiente.
49
Romero, Juan José (2013). Comisión Antidistorsiones: Diagnóstico y Algunas
Soluciones. Estudios de Libre Competencia, Consumidor y Regulación. Centro
de Libre Competencia UC. Librotecnia. Santiago, p. 15 y 16.
50
Aimone Gibson, Enrique. Derecho Económico Internacional. Ediciones
Universitarias de Valparaíso. Valparaíso, 1980. p. 155.
51

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR