Se dice que el año 2015, la Ley N° 20.845 -llamada por sus autores como de inclusión- prohibió la realización de procesos de admisión - Núm. 307, Julio 2019 - Revista Libertad y Desarrollo - Libros y Revistas - VLEX 798374809

Se dice que el año 2015, la Ley N° 20.845 -llamada por sus autores como de inclusión- prohibió la realización de procesos de admisión

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se dice que
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COMPROBADO
l año 2015, la
Ley N° 20.845
-llamada por sus
autores como de
inclusión- prohi-
bió la realización de procesos
de admisión en los estable-
cimientos nanciados por el
Estado (públicos y particulares
subvencionados) y, a cambio,
los sustituyó por un sistema
único centralizado en el Minis-
terio de Educación (MINEDUC),
que se ha denominado SAE.
Éste estableció que mientras
haya vacantes sucientes
todos quienes postulen a
un colegio deberán ser
admitidos en él, y que
en caso de que los
postulantes superen
los cupos disponibles,
la asignación no podrá
basarse en los criterios
elegidos por cada escuela, sino
que se realizará primordialmen-
te a partir del azar y otros crite-
rios de priorización denidos
en la ley. Esto, con el objeto de
“acabar decididamente con la
marcada segregación escolar”,
como se lee en el mensaje del
proyecto de ley presentado.
LO CIERTO ES QUE
E
¿Ha habido una reducción de
la segmentación económica
atribuible al nuevo sistema
de admisión? Para responder
esta pregunta realizamos una
comparación de la segmen-
tación socioeconómica en el
sistema escolar entre los años
2017 y 2018, es decir, antes de
la entrada en vigencia del SAE
y después. La idea es medir la
evolución de ésta en las regiones
en que se implementó el nuevo
sistema de admisión y contras-
tarla con lo que ocurrió en las
regiones en las cuales no se
implementó dicho mecanismo
en todo el período. De esta
forma, buscamos identicar la
existencia de algún cambio en la
segmentación que sea atribuible
al nuevo sistema de admisión.
Para llevar a cabo este ejercicio,
en primer lugar, tomamos a la
cohorte de alumnos que el
año 2017 se encontraban
asistiendo a 8° básico y
en 2018 a 1° medio. Para
medir la segmentación
socioeconómica, calcula-
mos Índices de Disimilitud
de Duncan , que lo que hacen
básicamente es medir qué tan
pareja es la distribución de un
grupo determinado de la pobla-
ción entre los establecimientos
de un territorio. En nuestro
análisis consideramos la distribu-
ción de los alumnos denomina-
dos como prioritarios según la
Subvención Escolar Preferencial
(SEP), que son los que pertene-
cen aproximadamente al 40% de
las familias de menores ingresos
del país. De esta forma, este índi-
ce toma el valor de 0 cuando los
alumnos prioritarios están distri-
buidos de forma pareja en todos
los establecimientos del territorio
(segmentación nula), mientras
que toma el valor de 1 en caso
que éstos estén concentrados
en tan sólo un establecimiento
(segmentación total).
Estos resultados sugieren que,
para la cohorte examinada, no
se registra una caída abrupta e
inmediata en la segmentación
socioeconómica que sea posible
atribuir a la implementación del
nuevo sistema de admisión, y
en particular, a la eliminación
de la selección por parte de los
colegios. Ello, pues no se observa
una relación que indique que
en aquellas regiones en que se
implementó el SAE la segmen-
tación de alumnos prioritarios
cayó de manera sistemática en
comparación a las restantes.
La segmentación socioeconómi-
ca del sistema escolar es un fenó-
meno mucho más complejo, que
posiblemente tenga que ver con
cómo se distribuye la población
en el territorio, así como con el
tipo de colegio al cual postulan
las familias. Pensar que se trata
de un problema de exclusiva
responsabilidad de las escuelas
fue una sobre simplicación, que
tuvo además como consecuencia
un preocupante debilitamiento
de las conanzas.
De esta forma, creemos que,
tal como está proponiendo el
Gobierno a través de sus dos
proyectos de ley, sería positi-
vo avanzar en la entrega de
mayores atribuciones para que,
en determinadas circunstancias,
las escuelas puedan decidir sobre
los criterios para la asignación de
sus propios cupos. Ello permiti-
ría fortalecer ciertos proyectos
educativos que requieren de una
comunidad comprometida y
afín y sería además una señal de
conanza que haría muy bien a
nuestro sistema escolar. En ese
sentido, es importante señalar
que lo que se está pretendiendo
no es echar abajo el sistema
centralizado de admisión, sino
que introducir más criterios que
lo guíen, los que sólo se podrán
aplicar en casos en que exista
sobredemanda por las vacantes
de un determinado proyecto
educativo. Se trata, por tanto,
de una iniciativa moderada que
esperamos los legisladores de
oposición se abran a debatir.
Año REGIONES
CON SAE
REGIONES SIN SAE
Todas las
regiones Región
Metropolitana Demás regiones
sin SAE
2017
Índice de Duncan 33.0% 38.7% 37.9% 37.4%
N° establecimientos  , , ,
N° alumnos , , , ,
2018
Índice de Duncan 32.6% 37.4% 35.8% 36.2%
N° establecimientos  , , ,
N° alumnos , , , ,
Cambio en Índice de
Duncan (2018 – 2017) . PP . PP . PP . PP

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