Se dice que tras una serie de postergaciones en los plazos autoimpuestos, el Ejecutivo finalmente ingresó el esperado mensaje de una nueva Ley de Migraciones - Núm. 287, Septiembre 2017 - Revista Libertad y Desarrollo - Libros y Revistas - VLEX 693440861

Se dice que tras una serie de postergaciones en los plazos autoimpuestos, el Ejecutivo finalmente ingresó el esperado mensaje de una nueva Ley de Migraciones

Páginas26-26
revista Nº287 / septiembre 2017
26
C
OMPROBADO
SE DICE QUE
LO CIERTO ES QUE
Tras una serie de
postergaciones en los
plazos autoimpuestos,
el Ejecutivo finalmente
ingresó el esperado mensaje
de una nueva Ley de
Migraciones. Se trata de
una iniciativa que genera
gran expectación dado que
el fenómeno migratorio
es un tema que ha
adquirido gran relevancia
en la opinión pública.
Esto, principalmente
porque la inmigración
ha experimentado un
crecimiento acelerado
en los últimos años,
triplicándose el número de
extranjeros en Chile en la
última década, pasando
de 154.643 en 2006 a
465.319 en 2015 conforme
a los datos de la última
encuesta CASEN.
No cabe duda que nue stro marco regulatorio para la migr ación
requiere ser ac tualizado. Existe un consenso t ransversal respecto
de algunas limit antes que la actual instituc ionalidad posee a
la hora de responder a las necesidades actuales del fenómeno
migratorio, particularmente en aquellos pasajes que dicen relación
con categorías mig ratorias excesivamente rígida s y no siempre
en sintonía con las impli cancias sociales, polític as y económicas
del fenómeno migr atorio actual. Sin embargo, no es p lenamente
ajustado a la rea lidad el describir un panorama en el cua l se
le atribuya a la l egislación un rol detonador de una situa ción
migratoria que es caparía a la normalidad. Al resp ecto, la proporción
de población inmigrante en Chile continúa siendo inferior al
promedio mundial , que se ubica en torn o al 3,3% de la población,
conforme a datos de la O rganización Mundial de Migración (OI M).
Esta situa ción da cuenta de un sistema migrator io perfectible
y actualizable a los tiempos y tendencias migratorias
contemporáneas, pero no desbordado.
En materia de conteni dos, no es claro si el p royecto se orienta de
manera denida hac ia una exibilización estric ta o si posibilita
mayor control migr atorio, en la medida q ue tiene disposiciones que
se orientan ha cia una y otra direcció n y en áreas fundament ales se
deriva la decisión a disposiciones reglamentarias que deberán ser
resueltas en un p róximo gobierno.
Así, por un lado, e l proyecto es bastante ríg ido en las causales
imperativas y facultativas de las prohibiciones de ingresos pero por
otro, es más laxo a la hora de ge nerar nuevas categorías migrato rias
como la de visita nte. Esta última permitir ía que una persona ingrese
al país con la intención d e desempeñar una activida d económica
-sujeta a un regl amento por denir- por has ta 2 años, con la
posibilidad de cambiar posteriormente de categoría a una residencia
de carácter más estable, como una residencia temporal.
Respecto a la po sibilidad de cambio de categoría mig ratoria
dentro de Chile, ésta también aplicaría a aquellos que ingresen
bajo modalidad d e turistas, en casos calicados por la autori dad
migratoria.

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