Disposiciones transitorias - Curso de Derecho de Minería - Libros y Revistas - VLEX 327165255

Disposiciones transitorias

AutorSamuel Lira Ovalle
Cargo del AutorProfesor de Derecho de Minería, Escuela de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile
Páginas275-283
275
Párrafo I
NORMAS RELATIVAS A SITUACIONES ESPECIALES
365. Generalidades. Las normas transitorias que pasaremos a estudiar
están contempladas en la Constitución Política, en la Ley 18.097,
Orgánica sobre Concesiones Mineras y en el Código de Minería.
Ellas se refieren a diversas materias relacionadas, principalmen-
te, con la subsistencia de las concesiones mineras constituidas con
anterioridad al Código; con la solución del problema creado con
la prohibición de constitución de concesiones superpuestas y con
la necesidad impuesta por el catastro de concesiones mineras, de
determinar en coordenadas U.T.M. los vértices de las pertenencias
mensuradas en coordenadas arbitrarias.
Aparte de las anteriores, también nos referiremos a otras situa-
ciones tratadas en las disposiciones transitorias del Código, aun
cuando algunas han perdido actualidad.
Por último, hacemos presente que el artículo 3º transitorio del
Código, que regula las relaciones de los titulares de pertenencias y
de concesiones administrativas de explotación superpuestas, no es
propiamente una norma transitoria y ella ya fue objeto de nuestro
estudio en el Nº 91.
366. Subsistencia de las concesiones mineras constituidas de acuerdo
con la legislación anterior. La Constitución Política, en su disposición
2ª transitoria, estableció que los derechos mineros subsistirían bajo
el imperio del nuevo Código de Minería, pero en cuanto a sus goces
C A P Í T U L O D E C I M O C T A V O
DISPOSICIONES TRANSITORIAS

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