El dolo causal: Su repercusión en el contrato - Núm. 22-2, Junio 2016 - Ius et praxis - Libros y Revistas - VLEX 704625161

El dolo causal: Su repercusión en el contrato

AutorPamela Prado López
Páginas425-455
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El dolo causal: Su repercusión en el contrato*3
FRAUD: EFFECTS ON THE CONTRACT
4PAMELA PRADO LÓPEZ**
RESUMEN
En este trabajo analizaremos la figura del dolo causal como módulo de distribución de riesgos del
contrato, lo que supone que su ocurrencia puede repercutir en el contenido del mismo y justificar
el ejercicio de remedios por incumplimiento. En particular, el centro de atención se situará en
la compatibilidad de la pretensión indemnizatoria con la ineficacia del contrato, potencial o
declarada, y la naturaleza de la responsabilidad que pudiere surgir.
ABSTRACT
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that its occurrence may affect the content of the contract and justify the exercise of remedies for
breach contracts. In particular, the focus will be placed on the compatibility of the claim for damages
with the contract’s avoidance, potential or declared, and the nature of the liability which may arise.
PALABRAS CLAVE
Dolo causal, Incumplimiento contractual, Acción de indemnización por daños
KEYWORDS
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1. Introducción
El propósito de este trabajo consiste en analizar el dolo in contrahendo,
especialmente en su variante dolo causal o determinante. Ciertamente que la
doctrina nacional se ha preocupado en oportunidades anteriores del dolo con
eficacia anulatoria, dolo que se manifiesta en la etapa precontractual y que
se materializa en la forma en que el consentimiento se presta al momento de
celebrar el contrato, pero el énfasis ha sido estudiarlo mayoritariamente con
ocasión de los vicios de la voluntad, como tendremos oportunidad de revisar.
Nuestro centro de atención, en cambio, se sitúa en la potencialidad que tiene
el dolo causal como hipótesis de responsabilidad in contrahendo, sin perjuicio
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doloso del contrato: una reconfiguración en la dogmática chilena”.
** Profesora de Derecho Civil, Escuela de Derecho, Universidad de Valparaíso. Doctora en Derecho
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electrónico: pamela.prado@uv.cl.
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El dolo causal: Su repercusión en el contrato
Pamela Prado López
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ENSAYOS / ESSAYS Pamela Prado López
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de que, además, puede proyectarse en el contenido contractual y configurar, a
la vez, casos de incumplimiento. En esa línea, interesa referir a la articulación
entre los remedios por incumplimiento, en especial la pretensión indemnizatoria,
con la acción de nulidad cuando ella sea procedente.
Por consiguiente, los objetivos que persigue este estudio son:
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como susceptibles de dar lugar a responsabilidad in contrahendo, constituido
precisamente por el dolo que luego tiene efectos en la manifestación de voluntad
de la víctima del mismo a la hora de celebrar el contrato.
2. Para lograr lo anterior, se requiere trazar la frontera entre el dolo y el error
con trascendencia en la voluntad del contratante. Ello, toda vez que, atendido
el desarrollo que ha experimentado el error, es posible que se presenten grupos
de casos en que sea dificultoso llevar a cabo la calificación jurídica en uno u
otro sentido, especialmente si, además, se generan daños a la víctima del error
y el dolo. Como veremos, los problemas se presentarán especialmente al in
tentar delimitar el dolo del error imputable a la otra parte. En muchas de estas
situaciones nos enfrentaremos a hipótesis de compleja calificación.
3. Enseguida será necesario verificar las diferencias entre el dolo causal o
con trascendencia anulatoria, y el dolo incidens. Como se sabe, es más que
discutible el tratamiento diferenciado que muchas legislaciones brindan a
ambas manifestaciones del dolo, como tendremos ocasión de repasar. Esto es
especialmente importante si, además, en los dos casos es posible que el dolo
se proyecte o repercuta en el contenido del contrato, posibilitando el ejercicio
de remedios por incumplimiento.
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coordinan las acciones derivadas de la invalidez del contrato –nulidad relativa
e indemnizatoria– con los remedios derivados del incumplimiento contractual,
para el caso en que también sea posible calificar la situación como tal.
Nuestra percepción es que, debido a la influencia desplegada por el nuevo
derecho de contratos, será cada vez más habitual que confluyan en una misma
situación los problemas derivados de la invalidez del negocio con los que ema
nan de su incumplimiento, por lo que corresponderá al contratante optar por la
vía que le sea más conveniente a sus intereses. Por ello es que nos parece que
el dolo constituye un interesante ámbito de reflexión en esa dirección.
2. El dolo precontractual, su repercusión en la manifestación de voluntad
del contratante y en los perjuicios que éste puede padecer
2.1. El dolo precontractual: una hipótesis de potenciales daños
Como se sabe, uno de los grupos de casos que la doctrina ha identifica
do como susceptible de dar lugar a la responsabilidad precontractual o in
Revista Ius et Praxis, Año 22, Nº 2
2016, pp. 425 - 456

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