Dos proyecciones de la teoría del delito en la imposición de medidas cautelares personales en el proceso penal chileno - Núm. 53, Julio 2019 - Revista de Derecho - Libros y Revistas - VLEX 851668065

Dos proyecciones de la teoría del delito en la imposición de medidas cautelares personales en el proceso penal chileno

AutorGuillermo Oliver Calderón
Páginas140-160
177Dos proyecciones De la teoría Del Delito en la imposición De meDiDas cautelares personales...reviSta de derecho liii (SegUndo SemeStre de 2019) 177
* Doctor en Derecho por la Universidad de Barcelona. Profesor de Derecho
penal y Derecho procesal penal en la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso.
Dirección electrónica: guillermo.oliver@pucv.cl. Dirección postal: Avenida Brasil,
2950, Valparaíso, Chile.
El autor agradece a la ayudante de investigación del Departamento de Derecho
Penal y Derecho Procesal Penal de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso,
Michelle López Arancibia, y al abogado asesor de la Fiscal Regional del Ministerio
Público de Valparaíso, Daniel Polanco Valdés, por su colaboración en la búsqueda
de jurisprudencia pertinente para este trabajo.
doS ProyeccioneS de la teoría del delito en la
imPoSición de medidaS caUtelareS PerSonaleS en el
ProceSo Penal chileno
[Two projections of the Theory of Crime in the imposition of Personal
Precautionary measures in the chilean Criminal Process]
gUillermo oliver calderón*
R A
El principal objetivo de este ar-
tículo es determinar el significado y
alcance de la voz “delito” en la regula-
ción de la detención por flagrancia y
de la prisión preventiva, en el Código
Procesal Penal chileno. El método
usado es, básicamente, sistemático,
analizando varias disposiciones del
sistema procesal penal de este país.
El principal resultado es la atribución
a dicha palabra de un significado y
alcance distinto, según se trate de la
detención por flagrancia o de la prisión
preventiva.
The main objective of this article is to
determine the meaning and scope of the
word “crime” in the regulation of deten-
tion for flagrante delicto and pretrial de-
tention in the Chilean Code of Criminal
Procedure. The method used is basically
systematic, analyzing various provisions
of the criminal procedure system of this
country. The main result is the attribu-
tion to that word of a different meaning
and scope, depending on whether it is a
question of detention for flagrante delicto
or pretrial detention.
P  K
Derecho procesal penal – delito
– detención – flagrancia – prisión
preventiva – medidas cautelares.
Criminal Procedure Law– crime –
arrest – flagrante delicto – pretrial deten-
tion – precautionary measures.
Revista de Derecho
de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso
53 (segundo semestre de 2019)
[pp. 177-197]
Guillermo oliver Calderón178 reviSta de derecho 53 (SegUndo SemeStre de 2019)
R el 2 de septiembre de 2019 y A el 27 de noviembre de 2019.
i. introdUcción
A pesar de que autores clásicos del Derecho penal, como Feuerbach,
en su Lehrbuch des gemeinen in Deutschland geltenden Peinlichen Rechts
(Gieben, 1801) y Carrara, en su Programma del corso di diritto criminale
(Pisa, 1864), trataban en sus obras no solo materias penales, sino también
procesales penales1, lo cierto es que, tal vez como consecuencia del proceso
de codificación, que separó las normas tipificadoras de delitos y penas de
las normas procedimentales, reuniendo aquéllas en Códigos penales y
éstas en Códigos procesales, a partir de dicho proceso ha sido usual que
la ciencia del Derecho penal y la ciencia del Derecho procesal penal se
ignoren mutuamente2. Esto ha hecho que algunos contenidos de la teoría
del delito, que influenciada fuertemente por la dogmática alemana ha
alcanzado un muy alto nivel de elaboración, no hayan recibido aplicación
práctica, y que en los operadores jurídicos sea notoria una comprensión
del Derecho procesal penal puramente ritual o procedimental.
Tal indiferencia mutua es más evidente en aquellas Facultades de
Derecho en las que, tras la separación de las asignaturas de Derecho penal
y Derecho procesal penal, los profesores encargados de impartir el ramo
de Derecho penal no abordan aspectos procesales penales, y quienes
enseñan Derecho procesal penal, usualmente, después de haber impartido
ellos mismos los cursos de Derecho procesal civil, no tratan contenidos
penales3-4. Esto último ha propiciado la dedicación de varios procesalistas
1 En este sentido, zaffaroni, Eugenio Raúl – alagia, Alejandro – SloKar,
Alejandro, Derecho Penal. Parte General (2ª edición, Ediar, Buenos Aires, 2003), p.
166.
2 ragUéS i vallèS, Ramon, Derecho penal sustantivo y Derecho procesal penal: hacia
una visión integrada, en hUrtado Pozo, José (dir.), Anuario de Derecho Penal. La
reforma del proceso penal peruano (Lima, Pontificia Universidad Católica del Perú,
Fondo editorial-Universidad de Friburgo Suiza, 2004), pp. 129-130.
3 ragUéS i vallèS, cit. (n. 2), p. 130, quien, aludiendo al caso español, recalca
el hecho de que, en su Manual de Derecho Penal, José Antón Oneca afirma que
el estudio del juicio dentro de los tratados de Derecho penal “debe considerarse
deficiencia técnica de épocas ya superadas”.
4 Esta es, por cierto, la tónica en el actual panorama académico chileno. Sin
embargo, en los últimos años se ha percibido un cambio en algunas universidades
de este país, probablemente debido a la Reforma Procesal Penal del año 2000. Por
ejemplo, la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, en el año 2007, sustrajo
la asignatura de Derecho procesal penal del Departamento de Derecho Procesal y
la adscribió al nuevo Departamento de Derecho Penal y Derecho Procesal Penal.
Desde entonces, en dicha casa de estudios, en general, los cursos de Derecho procesal

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