Economistas y juristas en la pugna entre estado social, estado de derecho: recuperación de un debate - Núm. 14-1, Junio 2018 - Ars Boni et Aequi - Libros y Revistas - VLEX 741338833

Economistas y juristas en la pugna entre estado social, estado de derecho: recuperación de un debate

AutorJosé Eugenio Soriano García
CargoJosé Eugenio Soriano García, Catedrático de Derecho Administrativo. Correo electrónico: <jsorgar@gmail.com>
Páginas49-82
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ECONOMISTAS Y JURISTAS EN LA PUGNA
ENTRE ESTADO SOCIAL, ESTADO DE
DERECHO: RECUPERACIÓN DE
UN DEBATE
Economists and jurists in the struggle between the
Social State & the Rule of Law: recovery of a debate
J E S G
*
Universidad co
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* José Eugenio Sor iano García, Cate drático de Derecho Adm inistrativo. Cor reo electrónico:
.
Artículo recibi do el 22 de enero de 2017 y aceptado para publicación el 16 de mar zo
de 2018.
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RESUMEN: No cabe democracia fuera del Es tado de Derecho. Todo
intento de evitar la ley acaba en puro a sambleísmo. En consecuencia,
Economía y Derecho han de caminar juntos porque no hay ef‌icien-
cia en contra de la ley. Por ello es importante mostrar la s diferencias
entre una y otra ciencia. La clave para unir en sus objetivos a estas
dos débiles ciencias es la dignidad de la persona, a cuyo ser vicio
han de cooperar resueltamente amba s.
PALABRAS CLAVE: economistas y juristas, diferencias, Estado Social,
Intervención económica, Es tado de Derecho, dignidad de la persona.
ABSTR ACT: T here is no democracy outside the Rule of Law. Any attempt
to avoid the law, ends in pure populism. Accordingly Economy and Law
have to walk together, because there is no eff‌icienc y against the law. The-
refore it is important to show the dif ferences between one and another
science. The key to uniting these two weak sciences in their obje ctives is
the dignity of the person, in whose service bot h will cooperate resolutely.
KEYWORDS: economists and jurist s, differences, Social State, economic
intervention, Rule of Law, dignity of the person.
ARS BONI E T AEQUI (A ÑO 14 N° 1): PP. –

“¿Entonces debo adherirme al Partido Laboris-
ta? Superf‌icialmente esto es más atractivo. Pero
si bien se mira hay grandes dif‌icultades. Para
empezar, es un partido de clase, y la clase no es
la mía. Si he de perseguir intereses sectoriales,
perseguiré el mío propio. Cuando se llega a la
lucha de clases como tal, mi patriotismo local
y personal, como los de cualquier otro, excepto
algunos entusiastas desagradables, está vincu-
lado a mi propio ambiente. Puedo estar inf‌lui-
do por lo que me parece ser de justicia y buen
sentido, pero la guerra de clases me encontrará
del lado de la bougeaisie ilustrada” .
. La relación entre estas dos ciencia s débiles o desmayadas, Economía y
Derecho, es de por sí problemática ya que entre el dogma y la racionali-
dad existe en la práctic a —y es obvio— un campo de valoración y examen
que corre siempre el peligro de caer en la tentación de la mera opinión.
Y ello, cuando sucede, desvaloriza el juicio ofrecido. Y es clave examinar
las relaciones entre ambos órdenes académicos desde el momento en
que en el fondo, de alguna manera, responden a la tensión propia entre
la regla de justicia y la de ef‌iciencia, y con ello, aun dando pasos dema-
siado grandes, también entre el Es tado y el mercado. Estado que no puede
actuar en el mundo occidental si no es a tr avés del Derecho, frente a un
mercado, global, que no vacila en crear sus propias reglas no siempre
coincidentes con las del orden jurídico.
Este riesgo se produce además con mayor frecuencia de la esperada, ya
que con la invasión de la política (con minúscula), los medios (especial-
1 M () p. .
2 Admito de forma meramen te retórica que pueda ha blarse del Derecho como c iencia; en
realidad no es a sí como pienso. Más bie n entiendo que es un ar te, consistente en log rar la
realizaci ón de una virtud dif‌ic ilísima de teorizar, la Ju sticia. Y hacerlo c on técnicas como la
interpret ación, la lógic a, la historia , etc., lo que no quit a un ápice para su mayo r importan cia,
ya que esta co nvención en que el De recho consis te es la que disti ngue resuelt amente entr e un
mundo civili zado y otro que, s implemente, no lo e s. Economía y Dere cho, no obsta nte, aport an
racionalida d cuando son metodoló gicamente bien em pleadas, sin fut uribles ni contr aseñas
vacías de con tenido traspa sadas de contr abando como si fuer an parte de la ar gumentación,
intentando q ue no sea meramente la p asión y la emoción la s que determinen como f uerzas
incontrola bles la organiz ación y el funcionam iento de la sociedad.

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