El efecto de la sentencia condenatoria del procedimiento abreviado en el juicio indemnizatorio por responsabilidad civil ex delicto - Núm. 23-1, Enero 2017 - Ius et praxis - Libros y Revistas - VLEX 704627009

El efecto de la sentencia condenatoria del procedimiento abreviado en el juicio indemnizatorio por responsabilidad civil ex delicto

AutorIgnacio Ried Undurraga
Páginas579-626
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El efecto de la sentencia condenatoria
del procedimiento abreviado en el juicio indemnizatorio
por responsabilidad civil ex delicto
THE CRIMINAL CONVICTION OF THE PLEA BARGAINING
AND THE EFFECT IN THE CIVIL COMPENSANTION TRIAL
IGNACIO RIED UNDURRAGA*
RESUMEN
La sentencia condenatoria penal pronunciada en un juicio abreviado o en uno simplificado
en que existió admisión de responsabilidad del imputado, no resulta una vía idónea para el

que permite hacer valer la sentencia condenatoria penal en el juicio civil de indemnización de
perjuicios. Esto, porque se trata de una verdad consensuada, no adversarial ni tampoco fruto de
un juicio jurisdiccional. Sin embargo, la admisión de los hechos en el juicio abreviado, por parte
del imputado, podrá ser considerada como una confesión extrajudicial en el proceso civil, bajo
determinadas circunstancias.
ABSTRACT
The criminal conviction pronounced in an plea bargaining is not a suitable way to discover the

Procedure, which allows to enforce the criminal conviction in the civil compensation trial. The
conviction of the plea bargaining is a consensual truth, not adversarial, nor the result of a court
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regarded as an extrajudicial confession in civil proceedings, under certain circumstances.
PALABRAS CLAVE
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KEYWORDS
Plea bargaining, res judicata of Civil Procedure,
procedural truth, extrajudicial confession.
* Abogado, licenciado en Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile. Máster en Derecho
Penal y Ciencias Penales de la Universidad de Barcelona y Universidad Pompeu Fabra, Barcelona,
España. Profesor del curso de Litigación y Estrategia Civil de la Facultad de Derecho de la Universidad
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electrónico: iried@bmaj.cl. El autor agradece los comentarios y aportes del profesor Aldo Mascareño
Lara en la elaboración del capítulo V de este trabajo.
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El efecto de la sentencia condenatoria del procedimiento abreviado
en el juicio indemnizatorio por responsabilidad civil ex delicto
Ignacio Ried Undurraga
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ENSAYOS / ESSAYS Ignacio Ried Undurraga
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1. Planteamiento del problema
Los procedimientos abreviado y simplificado autorizan al Ministerio
Público a negociar con el imputado y su defensa; el persecutor obtiene gene
ralmente colaboración para la investigación –información importante, hechos
reveladores respecto de otros imputados, una reparación a la víctima– y el
imputado, a su vez, obtiene una rebaja en la pena que se solicitará aplicar.
Muchas veces lo que se negocia por el imputado es una pena no privativa de
libertad. Este intercambio, sin embargo, tiene un precio para ambos intervi
nientes. El Ministerio Público renuncia a la pena máxima que puede solicitar
respecto del imputado que negocia; el imputado renuncia, a su vez, a su pre
sunción de inocencia reconociendo los hechos o la responsabilidad materia
de la investigación. Por su parte, el Tribunal de Garantía evita seguir adelante
con el proceso, limitándose a dictar sentencia sobre la base de lo investigado
por el Ministerio Público, de la pena pedida por éste, y del reconocimiento
efectuado por el imputado. Se ahorran así recursos para el Estado, y el impu
tado evita tener que afrontar las consecuencias negativas que el proceso penal
necesariamente ocasiona, siendo quizás la más importante la incertidumbre
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dad, el juicio abreviado, esto es, el proceso seguido ante un juez de garantía,
en que se dicta sentencia sólo con mérito de los antecedentes de la carpeta
investigativa, una vez que el imputado ha reconocido los hechos, siempre que
se trate de “hechos respecto de los cuales el fiscal requiriere la imposición de
una pena privativa de libertad no superior a cinco años de presidio o reclusión
menores en su grado máximo [entre tres años y un día y cinco años], o bien
cualesquiera fuere su entidad o monto, ya fueren ellas únicas, conjuntas o
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el procedimiento simplificado “respecto de los hechos constitutivos de simple
delito para los cuales el Ministerio Público requiriere la imposición de una
pena que no excediere de presidio o reclusión menores en su grado mínimo
[entre sesenta y uno y quinientos cuarenta días]”, respecto del cual el artí
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permitiendo incluso al fiscal modificar la pena requerida originalmente. En
cualquier caso, esta admisión de responsabilidad obliga al juez de garantía
a dictar sentencia inmediatamente, limitado por la pena solicitada en el re
querimiento del fiscal. Si se comparan ambas normas, las diferencias saltan
a la vista inmediatamente: el juicio abreviado procede respecto de delitos
de mayor gravedad que el simplificado; y respecto del primero, el imputado
sólo admite los hechos de la imputación, mientras que en el simplificado
reconoce derechamente su responsabilidad. Esta última diferencia parece
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El efecto de la sentencia condenatoria del procedimiento abreviado en el juicio indemnizatorio

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más aparente que real, desde que es el tribunal el único órgano competente
para adjudicar responsabilidad penal a una persona, siendo indiferente que
la persona la admita.
Estas importantes innovaciones procesales no estuvieron acompañadas,
sin embargo, de una adecuación de la ley procesal civil que regula los efectos
patrimoniales de la condena así obtenida para los efectos de establecerse una
indemnización por la responsabilidad civil ex delicto.
En este trabajo se responderá a la siguiente pregunta: ¿puede la sentencia
condenatoria penal en un juicio abreviado o en un simplificado, en que el im
putado reconoce responsabilidad, ser invocada por la víctima del ilícito en un
proceso civil diverso, para reclamar una reparación patrimonial que sea con
secuencia del mismo, alegando el efecto de cosa juzgada? Desde ya adelanto
que la respuesta a esta pregunta es negativa. Sin perjuicio de ello, se propondrá
una validación de la admisión de los hechos o de responsabilidad –no de la
condena– en el proceso civil, en el sentido de ser tenida como una confesión
extrajudicial. Asimismo, se tratará el caso de los coimputados en los mismos
hechos, y el efecto que genera la aprobación de un juicio abreviado sólo res
pecto de algunos de ellos. Respecto de todos estos temas, será pertinente revisar
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de cosa juzgada de la sentencia condenatoria penal, y hacer una revisión de la
doctrina elaborada a propósito del juicio abreviado.
En la discusión parlamentaria del actual Código Procesal Penal se dejó
intacto el régimen vigente sobre el efecto de las sentencias penales en el
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decisión resultó, en cierto modo, paradójica si se tiene en cuenta que el
actor civil prácticamente fue expulsado del nuevo proceso penal. Esta mar
ginación se manifestó en que, por un lado, se acotó el ejercicio de la acción
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procesal a la que arriba una ínfima parte de los procesos. Por otro lado, se
redujo sustancialmente la nómina de posibles legitimados activos y pasivos
de la acción civil, pudiendo sólo la víctima ejercerla y únicamente contra el

in fine dispone lo siguiente: “la sentencia [del juicio abreviado]
no se pronunciará sobre la demanda civil que hubiere sido interpuesta”. Por

disponer solamente el “comiso de los instrumentos o efectos del delito o su
 
por un crimen o un simple delito, lleva consigo la pérdida de los efectos que de él provengan y de los
instrumentos con que se ejecutó, a menos que pertenezcan a un tercero no responsable del crimen o

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