Elección de Gobernadores regionales e implementación de Ley de Transferencia de Competencias. Una cuota de realismo - Núm. 297, Agosto 2018 - Revista Libertad y Desarrollo - Libros y Revistas - VLEX 737187073

Elección de Gobernadores regionales e implementación de Ley de Transferencia de Competencias. Una cuota de realismo

AutorBettina Horst
CargoSubdirectora de Políticas Públicas de LyD
Páginas9-11
Agosto 2018 /Nº 297 9
LA COLUMNA DE
urante los últimos
meses del gobierno
anterior, se aproba-
ron en el Congreso
dos proyectos de
Ley que modican en forma
importante el rol que hoy tie-
nen los gobiernos regionales.
En materia de descentralización
política se aprobó la elección
de la nueva gura de goberna-
dor regional, que viene a ser la
máxima autoridad del gobier-
no regional –rol que a la fecha,
entre otros, ejerce el Intenden-
te Regional, cargo de exclusiva
responsabilidad del Presidente
de la República. La primera elec-
ción se llevará a cargo en octu-
bre del 2020 en conjunto con las
elecciones de alcaldes y conceja-
les municipales. Faltan un poco
más de dos años para ello.
Durante su tramitación legisla-
tiva, surgió con fuerza la idea
de que hoy los gobiernos re-
gionales cuentan con escasas
atribuciones y por ende, para
efectivamente poder validar a
estos nuevos cargos electos,
se les debía dotar de mayores
competencias. En consecuen-
cia, se aceleró el proyecto de ley
que ya llevaba varios años en el
D
ELECCIÓN DE GOBERNADORES
REGIONALES E IMPLEMENTACIÓN
DE LEY DE TRANSFERENCIA DE
COMPETENCIAS.
UNA CUOTA DE REALISMO
Bettina Horst
Subdirectora de Políticas Públicas de LyD
Congreso, el cual establece un
mecanismo mediante el cual el
gobierno central puede transfe-
rir competencias a las instancias
regionales.
Pero la nueva normativa, más
que transferir directamente
competencias, lo que hace es
jar un marco legal para que la
autoridad central transera a los
gobiernos regionales determina-
dos, funciones en los ámbitos de
ordenamiento territorial, fomen-
to productivo y desarrollo social
y cultural. Este traspaso de com-
petencias puede gatillarse por el
propio gobierno central o bien a
solicitud de un gobierno regio-
nal. Para evaluar las solicitudes
de transferencia o impulsarlas
desde la Presidencia de la Repú-
blica se contará con un comité
interministerial el que debe ase-
sorar al Presidente en esta ma-
teria. Este comité está integrado
por el Ministro del Interior, el de
Hacienda, el Secretario General
de la Presidencia y por el o los
ministros sectoriales correspon-
dientes. En el caso de las solici-
tudes iniciadas por el gobierno
regional, se forma además una
comisión de estudios por mate-
rias o competencias a transferir,

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