Elementos constitutivos del municipio - Derecho Municipal Chileno - Libros y Revistas - VLEX 350394774

Elementos constitutivos del municipio

AutorJosé Fernández Richard
Cargo del AutorProfesor de Derecho Urbanístico, Universidad de Chile
Páginas19-21

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C A P Í T U L O T E R C E R O

ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL MUNICIPIO

1. tErritorio

El municipio para ser tal necesita un territorio determinado en el cual ejerza su acción. Esto es, un término jurisdiccional en que ejerce su potestad administrativa y en el cual su autoridad tiene vigencia.

En la actualidad se denomina comuna el territorio jurisdiccional en que la respectiva municipalidad tiene a su cargo la administración local.

Es así que en el art. 101, inciso , de la Constitución Política de 1925 se expresaba que “la administración local de cada comuna o agrupación de comunas establecidas por la ley, reside en una municipalidad y, a su vez, el art. 118 de la Constitución Política de 1980 dispone que “la administración local de cada comuna o agrupación de comunas que determine la ley reside en una municipalidad, la que estará constituida por el alcalde, que es su máxima autoridad, y por el concejo”.

2. poblAcióN

La población es otro de los elementos esenciales del municipio y se encuentra íntimamente ligada al territorio. Se ha dicho que este elemento está constituido por el conjunto de habitantes, tanto nacionales como extranjeros, que viven en un determinado territorio y sobre los cuales se ejerce la jurisdicción municipal. Ello no es completamente exacto, ya que la jurisdicción municipal se ejerce igualmente en muchas materias sobre la población que

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DERECHO MUNICIPAL CHILENO

podríamos denominar “flotante”, caso que se da en las ciudades metropolitanas y turísticas; por ejemplo, las normas sobre tránsito obligan exactamente igual al residente como al transeúnte. La población es un elemento determinante para considerar la planificación de la labor municipal, los recursos con que debe contar, etc., porque es precisamente a esta comunidad local a quien debe dar satisfacción el municipio en sus necesidades (art. 1º, Ley Nº 18.695).

3. AutoridAdEs muNicipAlEs

El municipio ejerce su acción preponderantemente por medio de su potestad reglamentaria, imperativa, ejecutiva y sancionadora. Estas potestades son ejercidas tradicionalmente por los alcaldes y el concejo municipal, según lo dispuesto en el art. 2º de la Ley Nº 18.695.

Existen otras autoridades municipales menores, que por efectos del principio de desconcentración poseen determinados poderes; por ejemplo, el Director de Obras Municipales, a quien le corresponde privativamente adoptar diversas resoluciones que producen efectos jurídicos...

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