Emite pronunciamiento sobre los efectos de las medidas dispuestas por la resolucion exenta n° 202 del ministerio de salud, de fecha 22.03.2020; especificamente, la cuarentena para la ciudad de puerto williams, el cordon sanitario en torno a las comunas de chlllan y chillan viejo, y la medida de aislamiento o toque de queda dispuestas por la autoridad en el marco de la emergencia sanitaria por brote del coronavirus covid-2019, en el pago de las remuneraciones y otras prestaciones ordinario n°1283/006, de 26.03.2020 - Núm. 83, Mayo 2020 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 845632143

Emite pronunciamiento sobre los efectos de las medidas dispuestas por la resolucion exenta n° 202 del ministerio de salud, de fecha 22.03.2020; especificamente, la cuarentena para la ciudad de puerto williams, el cordon sanitario en torno a las comunas de chlllan y chillan viejo, y la medida de aislamiento o toque de queda dispuestas por la autoridad en el marco de la emergencia sanitaria por brote del coronavirus covid-2019, en el pago de las remuneraciones y otras prestaciones ordinario n°1283/006, de 26.03.2020

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PROTECCION AL EMPLEO,
TELETRABAJO Y OTRAS NORMAS
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del cumplimiento de las obligaciones que le impone el contrato de trabajo, como,
por ejemplo, la de pagar la remuneraci6n pactada. Lo anterior, teniendo presente
que dicha medida seria adoptada unilateralmente por el empleador, en el marco de
su deber de protecci6n de la vida y salud de sus trabajadores que le impone la ley.
En consecuencia, sobre la base de las disposiciones legales citadas y dernas
consideraciones ya expuestas, cumplo con informar a Ud. que se complementa la
doctrina contenida en Dictamen N°1116/004 de 06.03.2020 de esta Direcci6n, en los
terrninos indicados en el cuerpo del presente informe.
Saluda atentamente a Ud.
CAMILA JORDÁN LAPOSTOL
DIRECTORA DEL TRABAJO (S)
2.- EMITE PRONUNCIAMIENTO SOBRE LOS EFECTOS DE LAS MEDIDAS
DISPUESTAS POR LA RESOLUCION EXENTA N° 202 DEL MINISTERIO DE SALUD,
DE FECHA 22.03.2020; ESPECIFICAMENTE, LA CUARENTENA PARA LA CIUDAD
DE PUERTO WILLIAMS, EL CORDON SANITARIO EN TORNO A LAS COMUNAS
DE CHLLLAN Y CHILLAN VIEJO, Y LA MEDIDA DE AISLAMIENTO O TOQUE
DE QUEDA DISPUESTAS POR LA AUTORIDAD EN EL MARCO DE LA
EMERGENCIA SANITARIA POR BROTE DEL CORONAVIRUS COVID-2019, EN
EL PAGO DE LAS REMUNERACIONES Y OTRAS PRESTACIONES.
MATERIA: Complementa doctrina contenida en dictarnenes N°1116/004 de
06.03.2020 y N° 1239/005 de 19.03.2020, que ja criterios y orientaciones sobre
el impacto, en materia laboral, de la emergencia sanitaria provocada por el virus
Covid-19, en el sentido que indica.
ORDINARIO N°1283/006, DE 26.03.2020
Atendida las diversas consultas de nuestros usuarios relacionadas con la situacion
de emergencia motivada por el brote del denominado coronavirus Covid-19,
se hace necesario precisar los efectos laborales que derivan de la aplicacion de las
medidas dispuestas por la resolucion exenta 202 del Ministerio de Salud, de fecha
22.03.2020, especicamente, la cuarentena para la ciudad de Puerto Williams, el
cordon sanitario en torno a las comunas de Chillan y Chillan Viejo, y la medida de
aislamiento o toque de queda, ordenada para todos los habitantes de la Republica,
entre las 22:00 y las 05:00 horas, a contar del 22 de marzo del presenteao.
Un primer elemento para considerar es que, mediante Dictarnenes N°s. 1116/004 y
1239/005, de 06.03.2020 y 19.03.2020, este Servicio rearmo las obligaciones que
corresponden al empleador en materia de salud y seguridad en el trabajo, asi
como los correlatives derechos que le asisten a los trabajadores con el n de precaver
los riesgos de contagio en los lugares de trabajo y colaborar con las medidas de
contencion destinadas a evitar su propaqacion.
A su turno, cabe en este ambito tener presente que el empleador, en el cumplimiento
de este deber general de protecci6n en el marco de la ya referida emergencia, se
encuentra obligado a respetar los protocolos o recomendaciones que la autoridad
JURISRUDENCIA DE LA
DIRECCION DEL TRABAJO

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