La equidad - Las Fuentes del Derecho Internacional - Derecho Internacional Público. De acuerdo a las normas y prácticas que rigen en el siglo XXI - Libros y Revistas - VLEX 361136138

La equidad

AutorEdmundo Vargas Carreño
Páginas107-109
107
LAS FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL
acuerdos o resoluciones colectivas de instituciones científicas,
como el Instituto de Derecho Internacional o la International
Law Association, y aun más que éstos, los trabajos de los órga-
nos intergubernamentales encargados de la codificación y de-
sarrollo progresivo del derecho internacional, como la Comisión
de Derecho Internacional de las Naciones Unidas.
La razón de la incorporación al Estatuto de la Corte de las
doctrinas de los publicistas de mayor competencia obedeció es-
pecialmente a la enorme influencia que ejercieron los grandes
tratadistas clásicos en la formación del derecho internacional.
El profesor Edwin Dickinson, por ejemplo, ha recordado que
Grocio, Bynkersheck y Vattel en el solo período entre 1789 y
1820 fueron citados once, dieciséis y treinta y ocho veces, res-
pectivamente, por los tribunales norteamericanos en decisiones
judiciales relativas a asuntos de derecho internacional.21
Pero, en la actualidad, la mayor difusión y precisión con que
cuenta el derecho internacional ha reducido la importancia de
la doctrina como medio para determinar las reglas de derecho.
Por ello, los tribunales internacionales, por lo general, no invo-
can la doctrina en sus decisiones y en los casos en que lo hacen
no se refieren a determinados tratadistas, sino que emplean tér-
minos como la “doctrina generalmente aceptada” o la “doctri-
na prevaleciente”.
Sección V
LA EQUIDAD
56. Concepto de equidad
En términos generales, se entiende por equidad la aplicación de
la justicia a un caso concreto. En un sentido más estricto se suele
emplear el término equidad para contraponerlo al derecho posi-
tivo, es decir, para indicar que un determinado asunto deba ser
resuelto con prescindencia de las fuentes formales de derecho y
sobre la base exclusiva de las consideraciones de la justicia.
21 Citado por Arthur Nussbaum. Historia del Derecho Internacional. Madrid.
1949. Pág. 177.

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