¿Por qué es importante el fallo Promel para el Derecho Público? - Núm. 1, Mayo 2009 - Justicia Ambiental. Revista de Derecho Ambiental de la ONG FIMA - Libros y Revistas - VLEX 648248209

¿Por qué es importante el fallo Promel para el Derecho Público?

AutorJosé Miguel Valdivia Olivares
CargoAbogado, Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad de Chile
Páginas279-289
¿P OR QUÉ ES IMPORT ANTE EL FALLO PR OMEL PAR A E L DERECHO P ÚBLIC O?
279
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE EL FALLO
PROMEL
PARA EL DERECHO PÚBLICO?
José Miguel Valdivia Olivares
*
El fallo Promel zanja un asunto complejo de responsabilidad civil en que confluían el
estatuto ambiental de la responsabilidad, la responsabilidad privada de una empresa a
quien podía atribuirse autoría en la contaminación por plomo en Arica, y la
responsabilidad del Estado concretada en la del Servicio de Salud Arica por su
incapacidad de reacción frente a esa contaminación. El objeto de estas observaciones
se limit a sólo a este último aspecto.
1
El análisis se centra en la sente ncia de la Corte de
Apelaciones de Aric a, de 16 de mayo de 2005, reproducida c asi en su integridad por la
Corte Suprema en fallo de 30 de mayo de 2007.
El inte rés del fallo Promel no proviene sólo del hecho de s u carácter pionero en la
materia. Nadie ignora que la res ponsabilidad pública es en Chile una disciplina
relativamente reciente; aquí confluye, además, con la responsabilidad ambiental,
reconoc ida legalmente apenas desde me diados de la década de 1990. El fallo
interviene, e ntonces, en un terreno muy poco explorado hasta ahora. Lo r elevante es
que lo hace con una sensatez digna de nota.
No es sencillo definir las c ondiciones para que el Estado res ponda por lo que hace o
deja de hacer en el terreno del medio ambiente. A falta de una definición legal precisa,
el juez debe sobre todo evitar el estable cimiento de una política jur isprudencial que
haga recaer sobre la colectividad pública la totalidad de los riesgos ambientales. Se
recordará en efecto, que por decisión de la jurisprudencia al Estado ya le ha cabido
pagar un precio s ignificativo por llevar adelante una política de conservación forestal.
2
Frente a esa experiencia, el fallo Promel podría generar la impresión errada de que,
como en las circunstancias de este caso un organismo de la adminis tración del Estado
no adoptó ninguna decis ión positiva, actúe o no actúe el Estado siempre pagará los
platos rotos en este terreno. En verdad un mecanismo en que el Estado tenga que
responder siempre, obedecería s bien a una lógica asistencialista ajena a la realidad
nacional. Si se pretende que la responsabilidad ambiental del Estado sea pr opiamente
*
Abogado, Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, Universid ad de Chile. Máster en Derecho Universidad de
Paris II Panthéon-Assas. Profesor de Derecho Administrativo de la Universidad Adolfo Ibáñez.
Abreviaciones: AJDA: Actu alité juridique-Droit admin istratif; Ass.: Asamblea del contencioso (forma ción solemne del Conseil
d’État); CA: fallo de una Corte de Apelaciones; CE: fallo del Conseil d’État; CS: fallo de la Corte Suprema ; GJ: Gaceta
Jurídica; n.: nota (de jurisprudencia); RDJ: Revista de Der echo y Jurisprudencia; RFDA: Revue fra nça ise de droit
administratif; Sect.: Sección del contencios o (formación solemne del Conseil d’Éta t).
1
El autor agrade ce a la revista l a gentileza d e permitir el acceso al co mentario de los profesores Dominique Hervé y
Carlo s Pizarro, cuyo contenido no es objeto de cuestionamiento en esta nota.
2
CS, 07.08.1984, Comu nidad Galletué c/ Fisco, RDJ (1984) 81.II.5.181, GJ (1984) 50.37, Fallos del Mes (1984)
309.384, Revista Ch ilena de Derecho (1985) 1 2.3 63, n. José Pablo Vergara. Tras el fallo Lolco (CA Santiago, 21.11 .2003,
GJ [2003] 281 .123, conf. CS, 30.12 .2004 , Rol N° 381 -2004), cf. VALDIVIA José Mig uel, ¿Es justo que el Esta do
indemnice a quienes tienen prohibido explotar sus bosques de araucaria?, en Conferencias Santo Tomás de Aquino, La
responsabilidad del Estado-Administración, Santiago, Universidad Santo Tomás, 2 007.

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