¿Es la separación de funciones un estándar justiciable para el régimen de sanciones administrativas? La inaplicabilidad de la atribución de declarar prisión por no pago de multa debido a infracción sanitaria - Núm. 7, Enero 2011 - Sentencias destacadas - Libros y Revistas - VLEX 706650897

¿Es la separación de funciones un estándar justiciable para el régimen de sanciones administrativas? La inaplicabilidad de la atribución de declarar prisión por no pago de multa debido a infracción sanitaria

AutorJosé Francisco García García
Páginas101-131
101
* Doctor y Máster en Derecho, Universidad de Chicago. Magíster en Derecho Público
y Licenciado en Ciencias Jurídicas, P. Universidad Católica. Coordinador de Políticas
Públicas de Libertad y Desarrollo y Profesor de Derecho Constitucional de la Univer-
sidad del Desarrollo y de la P. Universidad Católica de Chile.
** Máster en Derecho, Universidad de California, Berkeley. Magíster en Derecho Pú-
blico, P. Universidad Católica. Licenciado en Ciencias Jurídicas, Universidad del
¿ES LA SEPARACIÓN DE FUNCIONES
UN ESTÁNDAR JUSTICIABLE
PARA EL RÉGIMEN DE SANCIONES
ADMINISTRATIVAS?
LA INAPLICABILIDAD DE LA
ATRIBUCIÓN DE DECLARAR
PRISIÓN POR NO PAGO DE MULTA
DEBIDO A INFRACCIÓN SANITARIA
JOSÉ FRANCISCO GARCÍA GARCÍA*
SERGIO VERDUGO RAMÍREZ**
RESUMEN: los autores comentan la sentencia del Tribunal Constitucional que
declara la inaplicabilidad de un precepto del Código Sanitario que le permite
al director del Instituto de Salud Pública solicitar al intendente respectivo la
privación de libertad de infractores que no hayan pagado multas cursadas con
anterioridad, frente a lo cual no existe un posible control judicial que impida la
aplicación efectiva de la medida cárcel. Los autores argumentan que el caso es, en
realidad, acerca de la separación de funciones, y que el fallo persigue un equilibrio
entre el respeto a los derechos de los regulados y el adecuado diseño de políticas
públicas en materia sancionatoria. Frente a ello, el trabajo trata algunos aspectos
vinculados con el diseño regulatorio y el análisis económico del Derecho. Los au-
tores denuncian la ausencia de una perspectiva amplia del régimen de sanciones, e
intentan entregar algunas directrices para investigaciones futuras.
SUMARIO: Introducción. 1. Síntesis del caso y de la decisión. 2. Contexto jurí-
dico del fallo. 3. Futuro del precepto legal cuestionado. ¿Inconstitucionalidad en
abstracto? 4. La sentencia y políticas públicas en materia sancionatoria. 4.1. El
sancionador carece de imparcialidad por tener interés en la sanción. 4.2. Problema
de la imputación de la sanción al individuo responsable. 4.3. Falta de reglas claras
en la de nición constitucional de los “matices”. 4.4 Enforcement y análisis econó-
mico del Derecho. 5. Conclusiones. Bibliografía.
Sentencias Destacadas 2010
102
INTRODUCCIÓN
Comentaremos la regla jurisprudencial que emana de la sentencia del
Tribunal Constitucional (el “TC”) que declaró la inaplicabilidad del
art. 169 del Código Sanitario (en adelante, la “sentencia” o el “fallo”)1.
En dicho caso, el TC declaró la inaplicabilidad de la facultad del
director del Instituto de Salud Pública (el “ISP”) para solicitar al in-
tendente la detención de infractores sanitarios que no han pagado las
multas cursadas, con el objeto de que sean sometidos a prisión como
medida de apremio y sustitución (la denominada “conversión”).
Por tratarse de una sentencia relativamente reciente, aún es difícil
visualizar el tratamiento que la jurisprudencia futura hará de ella2.
Sin perjuicio de lo anterior, parte de la doctrina ha entendido tem-
pranamente la importancia de este fallo, razón por la cual ya existen
algunos comentarios académicos3 y opiniones autorizadas publica-
das en medios electrónicos4.
Podría pensarse que la sentencia que se comentará se encuadra den-
tro de la línea jurisprudencial que aplica al Derecho Administrativo
Sancionador (el “DAS”) el estatuto de garantías que el Derecho
Penal constitucional reconoce cuando hay una manifestación del
ius puniendi estatal5. Argumentaremos que la a rmación anterior
es relativa, ya que (y aunque la propia decisión invoca las garantías
del Derecho Penal constitucional) esta sentencia simpatiza con la
idea de la separación de funciones que un sector de la doctrina ha
defendido. Como se verá, existe una eventual contradicción (para el
caso) entre la doctrina de la separación de funciones y la aceptación
1 TC, rol 1518, 21 de octubre de 2010.
2 Aún no existen fallos que hayan utilizado la doctrina de esta sentencia. Lo anterior
es sin perjuicio de que otras acciones de inaplicabilidad se hayan presentado respecto
del mismo art. 169 del Código Sanitario, las que, sin embargo, fueron declaradas
inadmisibles (véase por ejemplo TC, rol 1976, 25 de mayo de 2011); o de la existencia
de una prevención aislada de la ministra Marisol Peña, en el fallo del TC, rol 2055, 1
de septiembre de 2011, que cita el fallo que comentamos.
3 Véanse los comentarios favorables a la sentencia de Eduardo S K (2011) y
Julio A (2011).
4 Ello ha ocurrido, por ejemplo, con la columna de Mario V (2010) y con el
comentario crítico de José Miguel V (2010).
5 Así parece entenderlo la ministra Marisol Peña en su prevención a la sentencia TC, rol
2055, 1 de septiembre de 2011.
Desarrollo. Profesor de Derecho Constitucional e investigador del Centro de Justicia
Constitucional de la Universidad del Desarrollo.
Agradecemos la colaboración del ayudante de investigación de la Facultad de Derecho
de la Universidad del Desarrollo, Nicolás Galli B.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR