Estacionamiento de automóviles y otros vehículos en playas de estacionamiento u otros lugares destinados con el mismo fin - Núm. 61, Julio 2018 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 794897789

Estacionamiento de automóviles y otros vehículos en playas de estacionamiento u otros lugares destinados con el mismo fin

Páginas205-213
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HECHOS GRAVADOS
ESPECIALES DEL IVA
I.- ESTACIONAMIENTO DE AUTOMÓVILES Y OTROS VEHÍCULOS EN PLAYAS
DE ESTACIONAMIENTO U OTROS LUGARES DESTINADOS CON EL MISMO FIN.
ARTICULO 8º.- El impuesto de este Título afecta a las ventas y servicios. Para estos
efectos serán consideradas también como ventas y servicios, según corresponda:
……………………………….
i) El estacionamiento de automóviles y otros vehículos en playas de estacionamiento
u otros lugares destinados a dicho n;
1.- ANTECEDENTES PARA CONFIGURAR EL HECHO GRAVADO.
Hecho gravado Destino de un lugar para
servir de aparcamiento
de vehículos. Lugares
especialmente demarcados
y señalizados.
De este modo, fluye
claramente que el hecho
gravado dispuesto en el
artículo 8°, letra i), del D.L.
N° 825, grava con IVA el
servicio de estacionamiento
desarrollado no sólo en
playas de estacionamiento,
sino que también en todos
aquellos lugares que se
encuentren destinados a
dejar un vehículo o automóvil
detenido.
En todo caso se señala que
le corresponde al SII en cada
caso en particular determinar
si los lugares utilizados para
estacionar vehículos en la
vía pública cuentan con los
elementos sucientes para
entender que dichas vías
se encuentran destinadas a
dicho n.

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