Estándares recursivos del sistema interamericano de derechos humanos y experiencia comparada en el proceso penal chileno - Núm. 6, Enero 2017 - Estudios Jurídicos. Democracia y Justicia - Libros y Revistas - VLEX 754836133

Estándares recursivos del sistema interamericano de derechos humanos y experiencia comparada en el proceso penal chileno

AutorJaviera Paz Carsalade Martínez
CargoEstudiante de décimo semestre de Derecho, Universidad de Talca. Pasante Corte Interamericana de Derechos Humanos, período enero-abril 2017
Páginas60-77
Estudios Jurídicos Democracia y Justicia, Año 5, Nº 5, 2016, pp. 60-77.
ISSN 0719-4064
Centro de Estudios Democracia y Justicia
Estándares recursivos del Sistema Interamericano de Derechos
Humanos y experiencia comparada en el proceso penal Chileno
Javiera Carsalade Martínez.
“ESTÁNDARES RECURSIVOS DEL SISTEMA INTERAMERICANO DE
DERECHOS HUMANOS Y EXPERIENCIA COMPARADA EN EL PROCESO
PENAL CHILENO”
“RECURSIVE STANDARDS OF THE INTER-AMERICAN SYSTEM OF HUMAN
RIGHTS AND COMPARATIVE EXPERIENCE IN CRIMINAL PROCEEDINGS
CHILE”
Javiera Paz Carsalade Martínez*
Universidad de Talca
javieracarsaladem@gmail.com
RESUMEN: Por medio de este trabajo, pretendemos hacer una exposición respecto de los estándares que se han
establecido en materia de recursos procesales, en la Convención Americana de Derechos Humanos y en
sentencias emitidas por la honorable Corte Interamericana de Derechos Humanos. Además, buscamos dar a
conocer cuál es la situación actual en materia recursiva en Chile y el por qué no estamos de acuerdo con el
modelo por nulidad adoptado en los procesos penales.
ABSTRACT: Through this work, we intend to make an exposition regarding the standards that have been
established in matters of procedural recurses, in th e American Convention of Human Rights and in veredicts
issued by the Inter-American Court of Human Rights. In addition, we seek to show what the current recursive
situation is in Chile and why we do not agree with the model for nullity adopted in criminal proceeding s.
PALABRAS CLAVE: Derecho al recurso judicial Segunda instancia Tutela judicial efectiva.
KEY WORDS: Right to judicial recourse Second hearing Right to legal protection.
* Estudiante de décimo semestre de Derecho, Universidad de Talca. Pasante Corte Interamericana de Derechos
Humanos, período enero-abril 2017 (Las opiniones son personales, y no reflejan las de la Corte o su secretaría).
Correo electrónico: javieracarsaladem@gmail.com
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ESTÁNDARES RECURSIVOS DEL SISTEMA INTERAMERICANO DE DERECHOS HU MANOS Y
EXPERIENCIA COMPARADA EN EL PROCESO PENAL CHILENO
Javiera Carsalade Martínez
Estudios Jurídicos Democracia y Justicia, Año 7, Nº 6, 2018, pp. 60 -77.
I. Introducción
Etimológicamente la palabra recurso deriva del latín recursus, una expresión latina que
significa volver a andar, transformándose así los recursos en una reiniciación del proceso,
con ciertas limitaciones
118
.
El derecho al recurso es uno de aquellos que integran lo que se conoce como debido
proceso, entendiendo por este, el “conjunto de requisitos que deben observarse en las
instancias procesales a efectos de que las personas estén en condiciones de defender
adecuadamente sus derechos ante cualquier acto del Estado, adoptado por cualquier autoridad
pública, sea administrativa, legislativa o judicial, que pueda afectarlos.”
Una necesaria prevención consiste en aclarar que en este trabajo se hablará de debido
proceso y no de due process of law. Cabe señalar que, no podemos hablar indiferentemente
de uno y otro, porque ambos provienen de tradiciones diametralmente distintas, siendo el
primero originario del derecho continental y el segundo del common law o derecho
anglosajón.
Así también, es preciso efectuar una distinción previa entre las ideas de debido proceso
y tutela judicial efectiva. Mientras el primero, envuelve comprensivamente el desarrollo
progresivo de prácticamente todos los derechos fundamentales de carácter procesal o
instrumental, como conjuntos de garantías de los derechos de goce
119
, la tutela judicial
efectiva, a su vez, refiere más bien, al derecho que posee toda persona a reclamar en sede
judicial. Se relaciona por tanto, la tutela judicial efectiva más bien al derecho de acción, a la
tutela cautelar, a la cosa juzgada, derecho a un proceso sin dilaciones indebidas, a la
publicidad de los actos jurisdiccionales y a obtener una sentencia motivada
120
.
II. Regulación del Derecho al recurso
Realizando una mirada histórica, es posible darse cuenta que el Derecho a recurrir de una
sentencia que produce agravio no es algo exclusivo en nuestros tiempos, sino que, como bien
relata el profesor Vallespín: “La apelación
121
es y ha sido siempre en todo el mundo
118
VALENZUELA (2013), p. 7.
119
Corte IDH. Caso Baena Ricardo y otros Vs. Panamá. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 2 de
febrero de 2001. Serie C No. 72. P. 92.
120
CONTRERAS y GARCÍA (2013) p.237
121
Se debe hacer la aclaración que al utilizar el concepto apelación en tal contexto, la posición adoptada en este
trabajo es que el profesor Vallespín se referiría a la idea de doble instancia, más que de apelación.
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