Fernández Martínez contra España: Caso sobre neutralidad religiosa con implicancias para Chile y el sistema interamericano - Núm. 23-1, Enero 2016 - Revista de Derecho Universidad Católica del Norte - Libros y Revistas - VLEX 657195429

Fernández Martínez contra España: Caso sobre neutralidad religiosa con implicancias para Chile y el sistema interamericano

AutorAlvaro Paúl Díaz
CargoDoctor en Derecho, Trinity College, Irlanda
Páginas269-287
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R  D U C  N - A 23 Nº 1 (2016)
Revista de Derecho
Universidad Católica del Norte
Sección: Comentarios de Jurisprudencia
Año 23 - Nº 1, 2016
pp. 269-287
FERNÁNDEZ MARTÍNEZ CONTRA ESPAÑA:
CASO SOBRE NEUTRALIDAD RELIGIOSA CON IMPLICANCIAS
PAR A CHILE Y EL SISTEMA INTERAMERICANO
ÁLVAR O PAÚL DÍAZ*
INTRODUCCIÓN
Las discusiones sobre asuntos religiosos han llegado con frecuencia a
oídos de la autoridad civil. Tales discusiones se re eren, en muchas oca-
siones, a cuestiones sobre la administración interna o las doctrinas de una
cierta religión. Atendido que el derecho humano a la libertad de religión
es muy relevante en este tipo de discusiones, suele suceder que la autori-
dad civil encargada de resolver estos asuntos sea un tribunal de garantías
fundamentales. Es así como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos
(TEDH) se vio llamado a decidir sobre el caso Martínez Fernández con-
tra España, relativo a un profesor a quien se le impidió seguir enseñando
religión católica en un colegio estatal, en virtud de la decisión adoptada
por el obispo respectivo1. Parte del comentario que a continuación se pre-
senta se re ere al razonamiento y las conclusiones plasmadas en la senten-
cia del TEDH.
El caso Fernández Martínez no solo presenta un interés académico,
sino que también una importancia práctica para nuestro país, pues la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos se encuentra conocien-
do de un caso bastante similar ocurrido en Chile. En este, una profesora
de religión chilena fue considerada inadecuada para seguir enseñando re-
* Doctor en Derecho, Trinity College (I), Máster en Derecho, U. de Oxford (I-
), Abogado (U. de los Andes). Profesor de Derecho Internacional y Derechos Hu-
manos en la Ponti cia Universidad Católica de Chile (C). Agradezco las preguntas y
comentarios que fueron formulados durante la presentación de este comentario en los Cuar-
tos Coloquios de Derecho Internacional, realizados en la UCN, sede Coquimbo. Correo
electrónico: alvaro.paul@uc.cl.
1 T E  DD.HH. 12 de junio de 2014. Rol Nº 56030/07. “Asunto Fernán-
dez Martínez c. España”. Versión en español disponible en: http://hudoc.echr.coe.int/sites/
eng/pages/search.aspx?i=001-148097 [fecha de visita: 7 de diciembre de 2014]. En términos
generales, la cuestión religiosa ha sido tratada extensamente por el TEDH. Resúmenes de tal
contenido, elaborados por instancias del mismo sistema europeo, pueden observarse en E-
 C  H R, Press Unit (2015), Freedom of Religion (Factsheet), dis-
ponible en: http://www.echr.coe.int/Documents/FS_Freedom_religion_ENG.pdf [fecha de
visita: 11 de junio de 2015], y en E C  H R, Research Division
(2013), Overview of the Court’s Case-Law on Freedom of Religion, disponible en: http://www.
echr.coe.int/Documents/Research_report_religion_ENG.pdf [fecha de visita: 11 de junio de
2015].
Álvaro Paúl Díaz
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ligión, por el hecho de convivir con su pareja lésbica2. Es por ello que este
comentario se referirá también a este caso seguido contra Chile, el asunto
Sandra Pavez. El interés del caso Fernández Martínez para este último
viene dado por el hecho de que el sistema interamericano suele dar un
valor casi prescriptivo a las decisiones tomadas en el sistema europeo de
derechos humanos.
1) CASO FERNÁNDEZ MARTÍNEZ CONTRA ESPAÑA
(1.1.) HECHOS DEL CASO
El caso Fernández Martínez contra España se re ere a la situación
de José Antonio Fernández, un sacerdote secularizado, casado y con cin-
co hijos, que se desempeñaba como profesor de religión católica en una
escuela pública española3. En noviembre de 1996 la prensa divulgó la
participación de Fernández Martínez en un acto de protesta del Movi-
miento Pro Celibato Opcional (Moceop). Este es un grupo que abogaría
por la permisión de que los sacerdotes contraigan matrimonio, así como
también por la reforma eclesiástica en otras materias (v.gr., sexualidad,
anticoncepción, divorcio y aborto)4. Como puede observarse, el mensaje
del Moceop está reñido con el magisterio de la religión que Fernández
enseñaba. Ahora bien, España cuenta con una norma civil según la cual
los profesores de religión deben ser designados de entre quienes posean
una certi cación de idoneidad emitida por la autoridad religiosa respecti-
va5. Este tipo de normas busca proteger la separación entre la Iglesia y el
Estado, de modo que no sea este el que determine quiénes son aptos para
enseñar una determinada religión, pues ello implicaría entrar a discernir
sobre cuáles son las doctrinas de tal credo. Dichas normas buscan tam-
bién proteger el derecho de los padres a elegir la educación de sus hijos.
Ello, por cuanto los padres solo pueden conocer en forma previa cuál será
el contenido de las clases de religión, cuando estas se ajusten al magisterio
o cial, y no a lo que piense un profesor u otro. Sobre la base de la norma
ya referida, la autoridad eclesiástica revocó la autorización que tenía Fer-
nández Martínez para enseñar religión. Esta acción provocó la protesta
del director del instituto donde trabajó Fernández, así como el claustro
2 C I  DD.HH. 21 de julio de 2015. Informe de Admisibilidad,
N° 30/15. “Sandra Cecilia Pavez Pavez - Chile”. Este caso es comentado, desde el punto de
vista del proceso nacional y el Derecho eclesiástico del Estado, en P P, Jorge
(2008) “Idoneidad del Profesor de Religión”. Revista Chilena de Derecho, Vol. 35, Nº 3, pp.
521-524.
3 TEDH, Rol N° 56030/07 (2014), párrs. 12, 13 y 16.
4 TEDH, Rol N° 56030/07 (2014), párr. 15.
5 TEDH, Rol N° 56030/07 (2014), párr. 14.

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