Generalidades - 4ª Parte. La partición de bienes desde el punto de vista civil - Derecho sucesorio - Libros y Revistas - VLEX 834732409

Generalidades

AutorRubén Celis Rodríguez - Eric Andrés Chávez Chávez
Páginas265-266
Derecho Sucesorio
265
4ª Parte
LA PARTICIÓN DE BIENES DESDE EL PUNTO
DE VISTA CIVIL 8
Capítulo I
GENERALIDADES
NOCIONES GENERALES.
La partición tiene por objeto poner fin al ESTADO DE INDIVISIÓN
que se presenta cuando dos o más personas tienen derecho de cuota sobre
una misma cosa, siempre que dichos derechos sean de la MISMA
NATURALEZA.
Así, si dos personas adquieren un inmueble en común, existe copro-
piedad respecto de él, pero, por ejemplo, en el usufructo no existe copro-
piedad, pues, el nudo propietario y el usufructuario tienen derechos de natu-
raleza distinta.
La indivisión se clasifica en:
1.- A título singular.
2.- A título universal.
Esta clasificación está enunciada precisamente en el art.1317 del
Código Civil (que encabeza el título: "De la partición de bienes"), al decir:
"ninguno de los coasignatarios de una cosa universal o singular...".
Cuando la indivisión recae sobre COSA SINGULAR, hablamos de co-
propiedad.
En tanto que si recae sobre una UNIVERSALIDAD, se habla de co-
munidad.
Para el Código Civil, esta indivisión es un estado transitorio que
termina a través de la partición de bienes, llegando al dominio individual.
Durante la indivisión, cada indivisario tiene derecho de cuota sobre
los bienes indivisos,derecho que no se radica en bien determinado ni
parte determinada.
CONCEPTO.
8Para ver la práctica forense, formularios o escritos, referente a esta m ateria nos remitimos al texto PARTICIÓN
DE BIENES. PRÁCTICA FORENSE, Eric Andrés Chávez Chávez, 3ª Edición, 2018, Tofulex Ediciones Jurídicas.

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