Un hito en la historia del pensamiento político.La refutación neoescolástica de la tesis del pueblo como sujeto originario del poder - Núm. 3, Octubre 2013 - Revista Derecho Público Iberoamericano - Libros y Revistas - VLEX 648752657

Un hito en la historia del pensamiento político.La refutación neoescolástica de la tesis del pueblo como sujeto originario del poder

AutorSergio Raúl Castaño
CargoDoctor en Derecho y doctor en Filosofía Universidad Abat Oliva, Barcelona
Páginas117-152
117
Octubre 2013 Un hito en la historia del pensamiento político: la refutación neoescolástica...
UN HITO EN LA HISTORIA
DEL PENSAMIENTO POLÍTICO:
LA REFUTACIÓN NEOESCOLÁSTICA
DE LA TESIS DEL PUEBLO COMO SUJETO
ORIGINARIO DEL PODER
A LANDMARK IN THE HISTORY
OF THOUGHT:
THE NEO-SCHOLASTIC REFUTATION
OF THE THESIS OF THE PEOPLE
AS THE ORIGINAL SOURCE OF POWER
Sergio Raúl Castaño*
Resumen
Este estudio se propone demostrar la profunda trascendencia teórica de la
f‌ilosofía política de dos autores de la tercera escolástica, Theodor Meyer y
Louis Billot, así como, en particular, poner de relieve el valor de su crítica
a la tesis de la multitudo como sujeto originario del poder, tal como esa
cuestionable idea fue postulada por la propia tradición escolástica, con
la excepción de Vitoria.
Palabras clave: Poder político, aristotelismo clásico, soberanía del pueblo,
Meyer, Billiot.
Abstract
This monograph aims to demonstrate the deep theoretical weight of the
political philosophy of two authors belonging to Neo-scholasticism, i. e.,
Theodor Meyer and Louis Billot, and particularly to point out the value
of their criticism concerning the thesis that the multitudo is the original
Derecho Público Iberoamericano, Nº 3, pp. 117-152 [octubre 2013]
* Doctor en Derecho y doctor en Filosofía Universidad Abat Oliva, Barcelona.
Investigador del CONICET, Argentina. Artículo recibido el 18 de mayo de 2013 y aceptado
para su publicación el 16 de agosto de 2013. Correo electrónico: sergioraulcastano@
fundacionbariloche.org.ar
RDPI Nº3.indd 117 07-10-13 13:14
118
SERGIO RAÚL CASTAÑO DPI Nº 3 – Estudios
holder of political power, as that questionable idea was posited by the
scholastic tradition itself -except Vitoria.
Keywords: Political power, classical aristotelianism, sovereignty of the
people, Meyer, Billiot.
I. Introducción
La cuestión del origen inmediato del poder, en su precisa signif‌icación,
como tesis acerca del concreto modo de la investidura del gobernante y
del papel que representa la comunidad política como causa inmediata
de la forma de la potestad de régimen, agitó y sigue agitando las aguas
del pensamiento político católico. En ella se encuentra intrínsecamente
involucrada la idea del pueblo como sujeto (originario) de la autoridad
política, en la medida en que una de las respuestas que se ha dado a este
problema pivota sobre tal af‌irmación.
La presente cuestión, a pesar de las sólidas dilucidaciones de que ha
sido objeto contemporáneamente por parte de teólogos políticos (como
Julio Meinvielle1), f‌ilósofos políticos (como Jean Dabin2) y iuspublicistas
(como Germán Bidart Campos3), dista de hallarse cerrada; en efecto, no
hay acuerdo pacíf‌ico a su respecto. Así, el gran jurista Costantino Mortati
sostenía que el desemboque lógico de los presupuestos cristianos referidos
a la organización política no podía ser sino la soberanía popular 4. Mientras
que, por el contrario, un reputado teórico del Estado y de la Constitu-
ción de nuestros días, Josef Isensee, concluye que la idea de soberanía del
pueblo –ante todo bajo su forma contemporánea– es un “mito”, que sería
deseable abandonar5 .
En lo que sigue, tras presentar la posición asumida (casi) unáni-
memente por los doctores escolásticos hasta muy entrado el siglo
XIX
,
expondremos en detalle el análisis de dos grandes neoescolásticos con-
temporáneos (Theodor Meyer y Louis Billot), el segundo de los cuales,
en particular, precisó el sentido del afato paulino “Non est enim potestas
nisi a Deo” (Rom.,
XIII
, 1); y demostró con solvencia las falencias de la tesis
canónicamente representada por Bellarmino y, sobre todo, por Suárez.
1 Julio
MEINVIELLE
, Concepción católica de la política, pp. 66-76.
2 Jean
DABIN
, Doctrine générale de l’État. Ëléments de Philosophie Politique
3 Germán J.
BIDART CAMPOS
, El mito del pueblo como sujeto de gobierno, de soberanía
y de representación
4 Costantino
MORTATI
, “La costituente”, p. 58.
5 Josef
ISENSEE
, Das Volk als Grund der Verfassung, p. 106
RDPI Nº3.indd 118 07-10-13 13:14
119
Octubre 2013 Un hito en la historia del pensamiento político: la refutación neoescolástica...
Cabe resaltar que el valor de la tarea teorética de Meyer y Billot en
esta refutación no ha sido debidamente aquilatado y justipreciado, tal vez
por motivaciones que no coinciden con los requerimientos propios de la
búsqueda de la verdad objetiva. Podría verse un ejemplo de ello en la obra
en que A. Messineo S.J. presenta su punto de vista sobre la posición católica
relativa al fundamento del derecho público, obra aparecida en el preciso
momento en que se preparaba la constitución italiana de posguerra: pues
bien, el autor, quien tensa en sentido liberal las doctrinas de Suárez6, des -
carta las razones de Meyer casi sin discutirlas e ignora el trabajo de Billot7 .
II. La teoría de la traslación
1. SUS PRIMEROS GRANDES REPRESENTANTES
DE LA SEGUNDA ESCOLÁSTICA DEL SIGLO XVI
No es nuestro propósito hacer la historia de esta teoría. Mencionaremos
sólo algunos de sus jalones histórico-sistemáticos más signif‌icativos, con
el f‌in de delinear su sentido e ilustrar su vigencia secular8.
La formulación paradigmática de la teoría de la traslación pertene-
ce a Roberto Bellarmino. Dios, decía el gran teólogo jesuita, ha dado el
poder a la comunidad; pero no se lo ha dado a ninguno de sus miembros
en particular; luego, se lo ha dado a la multitud (es decir, a todos –quie-
nes, a su vez, están obligados a trasladarla–9). Se observa cómo el primer
6 Conviene puntualizar desde ahora que la teoría escolástica católica de la traslación
que será discutida aquí no se identif‌ica con la idea democrático-representativa de Sieyès,
fundamento de legitimidad del sistema liberal hoy vigente. Al respecto, una diferencia
fundamental estriba en que esta última –no así la primera– postula una titularidad
inalienable del poder por el pueblo, pero por principio (i.e., de jure) despojada del ejercicio;
nota 25. Es estupefaciente constatar, dicho sea de paso, que el Compendio de Doctrina Social
de la Iglesia (Nº 395), acepta como tesis católica esa idea liberal de soberanía del pueblo.
7 Antonio
MESSINEO
, Il potere costituente, pp. 51-53, 65-70 y 113 y ss.
8 Se h al la u na s ínt esi s il ust rat iva y en gen era l aj ust ada de l a cu est ión en R afa el
TROTTA
,
“Origen concreto de la autoridad civil según la doctrina católica”. Debo el ejemplar de
este raro y útil trabajo a la gentileza del maestro Guido Soaje Ramos.
9 Roberto
BELLARMINO
, Vindiciae pro libro tertio De laicis, sive secularibus, L.
III
, cap.
VI
, p. 11 t.
VII
-. “Secundo nota, hanc potestatem immediate esse tamquam in subjecto,
in tota multitudine: nam haec potestas est de jure divino. At jus divinum nulli homini
particulari dedit hanc potestatem; ergo dedit multitudini. Praeterea sublato jure positivo,
non est major ratio cur ex multis aequalibus unus potius quam alius dominetur Igitur
potestas totius est multitudinis [...] Tertio nota, hanc potestatem transferri a multitudine
in unum vel plures eodem jure naturae: nam Respublica non potest per seipsam exercere
hanc potestatem; ergo tenetur eam transferre in aliquem unum, vel aliquos paucos [...]”
RDPI Nº3.indd 119 07-10-13 13:14

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR