Inadmisibilidad del requerimiento de inaplicabilidad por falta de fundamento razonable: jurisprudencia del Tribunal Constitucional - Núm. 2, Abril 2013 - Revista Derecho Público Iberoamericano - Libros y Revistas - VLEX 648750093

Inadmisibilidad del requerimiento de inaplicabilidad por falta de fundamento razonable: jurisprudencia del Tribunal Constitucional

AutorPilar Arellano Gómez
CargoMagíster en Derecho Público con mención en Derecho Constitucional por la Pontificia Universidad Católica de Chile
Páginas347-368
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Abril 2013 Inadmisibilidad del requerimiento de inaplicabilidad por falta de fundamento razonable...
Derecho Público Iberoamericano, Nº 2, pp. 347-368 [abril 2013]
INADMISIBILIDAD DEL REQUERIMIENTO
DE INAPLICABILIDAD POR FALTA
DE FUNDAMENTO RAZONABLE:
JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL
CONSTITUCIONAL
Pilar Arellano Gómez*
I. Introducción
En el marco de una acción constitucional, como lo es la acción de inapli-
cabilidad por inconstitucionalidad de la ley, a cuyo respecto el Tribunal
Constitucional ha expedido a la fecha más de 1.650 pronunciamientos,
siempre resulta necesario y provechoso dedicarse a determinar los criterios
y líneas jurisprudenciales contenidos en ellos. Se trata de un desafío de
múltiples aristas, entre las cuales se ha escogido en esta ocasión la referida
a las sentencias de inadmisibilidad.
Como ya lo anuncia su título, este estudio versa específicamente sobre
los criterios referidos a la causal de inadmisibilidad conocida como “falta
de fundamento razonable”, que establece el numeral 6° del artículo 84 de
la Ley N° 17.997 –Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional–.
Ha tenido como base el estudio que he efectuado sobre las causales de
inadmisibilidad en mi calidad de Relatora del Tribunal Constitucional, y la
dedicación a la citada causal se motivó en el hecho de que ésta se ha erigido
como el fundamento de inadmisibilidad de más frecuente aplicación. Por
lo mismo, el pertinente análisis jurisprudencial puede resultar una fuente
de apoyo a la hora de preparar un requerimiento de inaplicabilidad o de
acometer un examen de procesabilidad del mismo.
La circunstancia descrita explica el método de exposición que se
utiliza en las líneas de este trabajo, a saber, la presentación del criterio
jurisprudencial sintetizado seguida del extracto de la sentencia de la que se
desprende, de manera que el lector pueda cotejar el criterio que se reseña.
* Magíster en Derecho Público con mención en Derecho Constitucional por la
Pontificia Universidad Católica de Chile. Relatora del Tribunal Constitucional de Chile.
Correo electrónico: parellano@tcchile.cl
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PILAR ARELLANO GÓMEZ DPI Nº 2 – Comentarios de jurisprudencia
II. Cuestiones previas referidas a la acción
de inaplicabilidad por inconstitucionalidad
Antes de pasar revista a los anunciados criterios jurisprudenciales, conviene
detenerse a recordar el concepto, objeto y características de la acción de
inaplicabilidad por inconstitucionalidad. Lo anterior, desde el momento
que ello permite establecer el marco dentro del cual, como se verá, se
desprenden las pautas que indican cuándo un requerimiento de inapli-
cabilidad no se encuentra razonablemente fundado.
A continuación, se presentan las ideas que sobre estos tópicos se han
acuñado en las sentencias del Tribunal Constitucional.
1. CONCEPTO DE LA ACCIÓN DE INAPLICABILIDAD
De conformidad con lo señalado por el Tribunal Constitucional
“El requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad es la acción
que el ordenamiento supremo franquea para evitar que la aplicación de
uno o más preceptos legales, invocados en una gestión judicial pendien-
te, produzca efectos, formal o sustantivamente, contrarios al Código
Político”1.
2. OBJETO
Sobre este punto, el Tribunal ha expresado reiteradamente que la acción
de inaplicabilidad busca que se proceda a examinar la constitucionalidad
de la aplicación de un precepto legal en una gestión judicial pendiente
determinada, precisando que debe tratarse de un precepto concernido en
ella y que pueda resultar derecho aplicable para su resolución. Lo anterior
lo ha explicitado de la manera que sigue:
“La acción de inaplicabilidad instaura un proceso dirigido a examinar la
constitucionalidad de un precepto legal cuya aplicación en una gestión
pendiente que se siga ante un tribunal ordinario o especial, resulte con-
traria a la Constitución. En consecuencia, la acción de inaplicabilidad
es un medio de accionar en contra de la aplicación de normas legales
determinadas concernidas en una gestión judicial y que puedan resultar
derecho aplicable en ella”2.
1
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE CHILE, (2010): ROL N° 1.390-09.
2
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE CHILE, (2010): ROL N° 1.740-10.
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