La incorporación de la cláusula Claims Made en el contrato de seguro de responsabilidad civil según la nueva visión Italiana - Núm. 27, Diciembre 2016 - Revista Chilena de Derecho Privado - Libros y Revistas - VLEX 687167701

La incorporación de la cláusula Claims Made en el contrato de seguro de responsabilidad civil según la nueva visión Italiana

AutorAlfredo Ferrante
CargoUniversidad Alberto Hurtado
Páginas229-234
Doctrina y jurisprudencia
comparada
229
DICIEMBR E 2016 LA INCORPORACIÓN D E LA CLÁUSULA CLAI MS MADE EN EL CONTRATO DE SEGU RO...
1. INTRODUCCIÓN
Una omisión de diagnosis crea daños
y perjuicios a Andrea, que reclama
judicialmente frente al hospital del
médico, que lo ha visitado no detec-
tando una enfermedad. El hospital
llama a juicio su compañía asegura-
dora para mantenerla indemne del
pago1.
El caso parecería y es uno de los
más comunes en responsabilidad
médica, sin embargo, lo peculiar se
caracteriza por algunos aspectos, ya
que en la práctica y sobre todo en
los seguros de responsabilidad pro -
fesional, las partes introducen las
llamadas cláusulas claims made, que
tienen la función de modificar la cober -
tura aseguradora que por defecto la
1 Corte di Cassazione a sezioni unite Nº
9140/2016, de 6 de mayo, en Corriere giuridico
Nº 7, 2016, p. 921; en Danno e responsabilità,
n. 8-9, 2016 p. 753; en Danno e responsabilità,
n. 10, 2016 p. 929; Contratti, n. 8-9, p. 753.
Para un comentario a la sentencia véase
ALLAVENA
(2016);
CALVO
(2016), Carnevali
(2016);
GAZZA RA
(2016);
HAZAN
(2016);
MAZZOLA
(2016). En el caso concreto había
más de una compañía aseguradora siendo la
parte de la sentencia comentada delegataria
de otras compañías de seguro.
normativa establece para el contrato
de responsabilidad civil.
Efectivamente en el caso de la
responsabilidad profesional –o en
otros prototipos de daños (como,
por ejemplo, en el caso de los am-
bientales)– la tipología del daño se
caracteriza, a veces, por ser un daño
no inmediato, sino que se manifiesta
posteriormente en la verificación del
hecho ilícito que lo ha provocado.
En este sentido, asumen importan-
cia tres momentos temporales que
deben relacionarse con la duración
de la póliza. Por un lado, la fecha
del hecho ilícito que ha provocado
el daño, por otro, la fecha en la que
se ha verificado o manifestado el
daño y, finalmente, la fecha en que
se ha reclamado el daño.
Ahora bien en las pólizas de
responsabilidad civil profesional
existen determinadas cláusulas que
derogan al principio general prees-
tablecido (en este caso en el Código
Civil italiano) y modifican la respon-
sabilidad de la compañía de seguro
en función de los tres factores, o
fechas, que he identificado.
A tenor del art. 1917 del CC ita-
liano la póliza opera según el princi-
LA INCORPORACIÓN DE LA CLÁUSULA
CLAIMS MADE EN EL CONTRATO DE SEGURO
DE RESPONSABILIDAD CIVIL
SEGÚN LA NUEVA VISIÓN ITALIANA
Alfredo Ferrante
Universidad Alberto Hurtado
Revista Chilena de Derecho Privado, Nº 27, pp. 229-234 [diciembre 2016]

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