La individualidad ontológica de la persona humana - Filosofía - El aborto. Perspectivas filosófica, jurídica y médica - Libros y Revistas - VLEX 699379209

La individualidad ontológica de la persona humana

AutorMaite Aguirrezabal Grünstein/Soledad Bertelsen Simonetti
Páginas67-103
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FERRER DEL VALLE: LA INDIVIDUALIDAD ONTOLÓGICA DE LA PERSONA HUMANACUADERNOS DE EXTENSIÓN JURÍDICA (U. DE LOS ANDES) Nº27, 2015, pp. 67-101
LA INDIVIDUALIDAD ONTOLÓGICA
DE LA PERSONA HUMANA
ÁLVARO FERRER DEL VALLE
Doctor en Derecho (c) por la Pontificia Universidad Católica de Chile
Profesor de Fundamentos Filosóficos del Derecho y Derecho Natural
Pontificia Universidad Católica de Chile
Se dice persona de aquella substancia individual de naturaleza racio-
nal1. Existe y ha existido controversia respecto de qué seres merecen ser
considerados como personas2. La discusión tiene muchas aristas, y en
este breve estudio queremos abordar una que consideramos de particu-
lar relevancia: ¿cómo podría un individuo humano no ser una persona
humana? Pues no siendo un individuo humano3.
Diversos autores4 sostienen que no es posible considerar como per-
sona humana a aquel miembro de la especie que aún no se manifiesta
inequívocamente como individuo, es decir, como sujeto que subsiste en
sí, que es actualmente indiviso, permanentemente uno e idéntico a sí y,
por ello, numéricamente uno y distinto de todo otro5.
1 Cfr. BOETHIUS, De duabus naturis et una persona Christi, III, y Contra Eutyche et Nestorium,
III, en SANTO TOMÁS DE AQUINO, Suma Teológica, I, q29, a1.
2 Vid� GRISEZ, Germain, When do People Begin?, Proceedings of the American Catholic
Philosophical Quarterly, 63 , 1990.
3 Cfr. MCCORMICK, Richard, S.J., Who or What is the Preembryo?, Kennedy Institute of Ethics
Journal, Marzo 1991, p.8.
4
Vid� DONCEEL, Joseph, Abortion: Mediate v� Immediate Animation, Continuum, 5, 1967;
DONCEEL, Joseph, Immediate Animation and Delayed Hominisation, Theological Studies,
31, 1970; D
ONCEEL
, Joseph, A Liberal Catholic View, en H
ALL
, R. (editor), Abortion in a
Changing World, Columbia, New York, 1970; FORD, When When Did I Begin? Conception
of the Human Individual in History, Philosophy and Science, Cambridge University Press,
Cambridge, 1988; MCCORMICK, Richard, S.J, op�cit�; PASNAU, Robert, Thomas Aquinas on
Human Nature, Cambridge University Press, Cambridge, 2001; SINGER, Peter, Unsanctifying
Human Life, Blackwell Publishers, 2002; entre otros.
5 Vid� FAITANIN, Paulo, El individuo en Tomás de Aquino, Cuadernos de Anuario Filosófico,
Universidad de Navarra, Pamplona, 2001.
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CUADERNOS DE EXTENSIÓN JURÍDICA
En apoyo de dicha tesis mencionan, entre otras, la posibilidad y
ocurrencia del surgimiento de gemelos monocigóticos en el proceso de
desarrollo embriológico, evento que manifestaría la carencia de individua-
lidad ontológica en el cigoto humano durante un tiempo más o menos
determinado: si del cigoto pueden surgir dos o más individuos humanos
–y estos poseen la misma identidad genética entre sí–, luego el cigoto
no sería actualmente un individuo, sino más bien un conjunto de células
carentes de individualidad humana, a partir del que, en un tiempo pos-
terior, podrá surgir uno o más individuos humanos. Por ello, decir que el
cigoto es originariamente un individuo implicaría sostener que este sería
a la vez uno y potencialmente más de un individuo6, lo que es lógica y
ontológicamente imposible, pues ser individuo implica no ser ni poder
ser otro distinto del que ya se es.
En consecuencia, la posibilidad que desde el cigoto surjan dos o más
individuos demostraría la existencia de discontinuidad entitativa entre el
cigoto surgido de la unión de los gametos y los posteriores individuos
surgidos de o desde él: no existiría individualidad ontológica, pues el ser
originario aún no estaría definido como uno y numéricamente distinto de
otros, pues podría ser dos o más. Por tanto, no habría individuo ni persona
mientras no esté cumplido el plazo luego del cual la gemelación resultaría
imposible, el cual se fija en aproximadamente 15 días desde la concepción.
Resolver esta objeción es relevante, pues de ella depende nada menos
que la afirmación de la existencia de un ser personal desde su concep-
ción, o en un tiempo posterior; y desde tal afirmación se desprenderá el
juicio moral acerca del trato debido a ese ente: a esa persona en acto, o
a esa persona en potencia7. Algunos8 sostienen que la diferencia no es
importante, pues el juicio moral, cualquiera sea el caso, sería equivalente:
basta la posibilidad de estar frente a una persona inocente para abstenerse
de causarle cualquier daño deliberado y directo. El problema, a nuestro
juicio, es que otros afirman categóricamente que antes del plazo luego
del cual la gemelación es imposible sencillamente no hay persona –y,
6 Vid� FORD, op�cit�, pp.119-120; 121-122, 135, 170-172.
7 Sin perjuicio de tal distinción, estimamos que el juicio moral no debiese ser diferente, pues
aún tratándose de una persona en potencia –cosa que negamos–, la interrupción deliberada
del proceso natural por el que habría de llegar a ser persona en acto importa una acción
ilícita, pues se estaría impidiendo la actualización de una potencia activa según su mismo
orden y disposición natural.
8 Cfr. C
APONETTO
, Mario, Santo Tomás y el problema de la generación humana, E-Aquinas, año
4, Instituto Santo Tomás, 2006, p.22; también EBERL, Jason T., The beggining of personhood:
a Thomistic biological analysis, Bioethics, Volumen 14, Nº2, 2000, pp.134-157. Es de justicia
notar cómo Eberl modificó casi por completo su postura luego de la crítica que le hiciera
DEKERS, Jan, Why Eberl is wrong� Reflections on the beggining of personhood, Bioethics,
Volumen 21, Nº5, 2007, pp.270-282. En efecto, Eberl suscribía la tesis de F
ORD
según la cual
no puede existir persona humana desde la concepción en razón de la falta de individualidad
ontológica del embrión ante la posibilidad de surgimiento de gemelos monocigóticos, tesis
que desechó respondiendo a Deckers en EBERL, Jason T., A thomistic perspective on the
beggining of personhood: Redux, Bioethics, Volumen 21, Nº5, 2007, pp.283-289.
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FERRER DEL VALLE: LA INDIVIDUALIDAD ONTOLÓGICA DE LA PERSONA HUMANA
por eso, utilizan la expresión “preembrión”– y, por tanto, no hay sujeto
de derecho, por ello todo acto que deliberadamente cause daño a tal
entidad no merece reproche moral ni jurídico alguno.
Este breve estudio pretende demostrar que sí existe individuo y per-
sona humana desde el instante de la concepción; dicho de otro modo,
que la individualidad ontológica de la persona humana existe desde su
concepción o no en un tiempo posterior
9
. Tal tesis es de naturaleza onto-
lógica, y no corresponde a las ciencias biológicas ni jurídicas determinar
según sus causas últimas qué es aquello que existe desde el instante de la
concepción, pues sencillamente carecen de competencia epistemológica
adecuada para ese cometido10. Solo desde la filosofía de la naturaleza y
la metafísica será posible emprender este esfuerzo, y desde tales ciencias
intentaremos probar, según dijimos, que la causa de la individualidad
ontológica de la persona está presente desde la concepción, por esto
desde ese instante hay individuo y persona humana.
El camino será el siguiente: primero, resumiremos muy brevemente
los datos pertinentes y relevantes aportados por las ciencias biológicas;
segundo, haremos una exposición de los principios filosóficos que explican
la estructura, generación, cambio e individualidad de un ser substancial
vivo; tercero, nos abocaremos a resolver el problema de la gemelación
monocigótica11 a la luz de los principios desarrollados en los capítulos
anteriores. Finalmente expondremos algunas conclusiones.
9 Nuestros argumentos no son del todo originales, pues se basan en principios metafísicos
universales; asimismo, no pretenden ni podrían, en caso alguno, reemplazar los estudios más
serios y rigurosos ya realizados acerca de la materia, especialmente: UGARTE, José Joaquín,
El Derecho de la Vida, Editorial Jurídica de Chile, Santiago, 2006; y SERRA, Angelo, Per un
analisi integrata dello status dell` embrione umano, en Nascita e norte dell` uomo, Marietti,
Génova, 1993. El objetivo es complementar tales estudios, profundizando algunas razones
filosóficas relevantes.
10
En efecto, las ciencias biológicas ciertamente pueden y deben aportar los datos de la realidad
que es materia de estudio, pero la constatación de esos datos y su descripción fenoménica
no es suficiente para dar cuenta de las causas últimas de dichas realidades. Por su parte, la
ciencia jurídica, como parte de la ciencia moral, es de índole práctico, y teniendo en cuenta
la realidad previamente demostrada, deberá prescribir el modo racional y justo de actuar
respecto de la misma realidad. La filosofía de la naturaleza, en cambio, permite alcanzar la
inteligibilidad real de los fenómenos que prueban y describen las ciencias biológicas, y la
metafísica, por su parte, permite alcanzar la inteligibilidad última de lo real.
11
Sin perjuicio de que analizaremos con algo de detención solo esta materia, estimamos que los
principios aquí desarrollados, precisamente por su abstracción filosófica y correspondiente
universalidad, son suficientes para resolver cualquiera de las objeciones que niegan la
individualidad ontológica y existencia de un ser humano personal desde su concepción.

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