Insolvencia y reemprendimiento - Núm. 3, Enero 2021 - Industria Legal - Libros y Revistas - VLEX 856758669

Insolvencia y reemprendimiento

AutorM. Ignacia Contador
Páginas32-33
Industria Legal
ignaciacontador@ncrabogados.cl
M. Ignacia Contador
Avenida Alonso de Córdova 5870, piso 15, Vitacura, Santiago
www.nelsoncontador.cl
La antigua Ley Concursal regulada en el
Libro IV del Código de Comercio,
contaba con número muy reducido de
normas en materia derecho
internacional privado. Solo se refería a
los acreedores extranjeros, para citarlos
a comparecer con los documentos
justificativos de sus créditos, con el
objeto de intervenir en el concurso. En
razón de lo anterior, la Ley 20.720 sobre
Reorganización y Liquidación de
Empresas y Personas, estableció en el
capítulo VIII sobre Insolvencia
Transfronteriza, toda una normativa
para adecuar las antiguas normas del
derecho internacional chileno, a las
actuales exigencias del mercado
globalizado.
Cabe señalar que, en materia
internacional, esta Ley Concursal sigue
los lineamientos establecidos en la Ley
Modelo de Insolvencia Transfronteriza
de la UNCITRAL, que tiene como
fundamento principal establecer
mecanismos eficaces para la resolución
de los casos de insolvencias
transnacionales. Como no es novedad
que la crisis económica mundial, y la
globalización en que nos encontramos
inmersos, va a generar un aumento de
procedimientos de Insolvencia
Transfronteriza en nuestro país, nos
encontraremos ante un escenario
complejo, porque en Chile existe poco
conocimiento sobre la aplicación
práctica de estas nuevas normas
internacionales.
La poca práctica, sumado a las diferentes
interpretaciones de los términos regulados y
la evidente cautela de los acreedores,
entorpecerá y dilatará los procedimientos. Lo
anterior no es menor, dado que para una
empresa que busca reestructurar sus
pasivos, el valor más importante para el éxito
de su continuidad operativa, es el tiempo.
Conforme a lo anterior, se debe potenciar la
práctica en nuestro país de este tipo de
procedimientos, y así lograr el objetivo
señalado en el mensaje del ejecutivo cuando
se promulgó la referida Ley: “(..) que Chile
sea considerado como un país aún más
serio, cabal y confiable”.
INSOLVENCIA Y
REEMPRENDIMIENTO
La Insolvencia Transfronteriza

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