Jornada parcial alternativa para estudiantes trabajadores - Núm. 75, Septiembre 2019 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 845553628

Jornada parcial alternativa para estudiantes trabajadores

AutorRicardo Garrido C.
CargoDirector Responsable. Abogado. Magister PUC
Páginas161-162
PROCEDIMIENTOS RELATIVOS AL CONTRATO DE SALUD
161
JORNADA DE TRABAJO
14.- ¿Se considera jornada de trabajo los descansos y esperas?
Para el personal de choferes y auxiliares de la locomoción colectiva interurbana y
de servicios interurbanos de transporte de pasajeros, el tiempo de los descansos a
bordo o en tierra y de las esperas que les corresponda cumplir entre turnos laborales
sin realizar labor, no será imputable a la jornada y su retribución o compensación se
ajustará al acuerdo de las partes.
15.- ¿Y para el personal de choferes de vehículos de carga terrestre interurbana?
El tiempo de los descansos a bordo o en tierra y de las esperas a bordo o en el lugar
de trabajo que les corresponda no será imputable a la jornada, y su retribución o
compensación se ajustará al acuerdo de las partes la que no podrá ser inferior a la
proporción respectiva de 1,5 ingresos mínimos mensuales.
16.- ¿Existe algún límite para los tiempos de espera de los choferes de transporte
de carga?
Los tiempos de espera no podrán exceder de un límite máximo de ochenta y ocho
horas mensuales.
JORNADA PARCIAL ALTERNATIVA PARA ESTUDIANTES TRABAJADORES
17.- ¿Qué se entiende por estudiante trabajador?
Se entenderá para estos efectos como estudiante trabajador a toda persona que
tenga
entre
18 y 24 años de edad inclusive, que se encuentre cursando estudios
regulares o en proceso
de
titulación en una institución de educación superior
universitaria, profesional o técnica
reconocida
por el Estado o en entidades ejecutoras
de programas de nivelación de
estudios.
18.- ¿Cómo se acredita la calidad de estudiante?
La calidad de alumno regular o en proceso de titulación deberá acreditarse dentro
del
plazo para hacer constar por escrito el contrato de trabajo, mediante certicado
emitido por la institución educacional respectiva.
19.- ¿La entidad educacional tienen algún plazo para emitir el certicado?
Tendrá
la
obligación de emitir el certicado para dicho n, de manera gratuita, dentro
del plazo de tres
días
hábiles de solicitado, sin que pueda excusarse de ello ni
aun por encontrarse el estudiante
en
mora o por cualquier otro motivo.
PREGUNTAS Y RESPUESTAS

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