Jurisprudencia administrativa sobre derechos fundamentales - Núm. 12, Junio 2014 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 702224553

Jurisprudencia administrativa sobre derechos fundamentales

Páginas23-134
Los Derechos
Fundamentales
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JURISPRUDENCIA ADMINISTRATIVA
SOBRE DERECHOS FUNDAMENTALES
Ley Nº20.393. Sobre responsabilidad penal de personas jurídicas. Derechos
fundamentales. Limitación.
ORD. Nº3199/032
Las medidas de control puestas en práctica por la empresa KDM S.A. contenidas
en el Código de Ética, Integridad en el Trabajo y Buenas Prácticas Corporativas, el
Reglamento de Cumplimiento de Deberes de Prevención de Delitos, así como en
los contratos individuales de trabajo no resultan ajustadas a derecho tanto porque
no se encuentran incorporadas en el Reglamento Interno de la empresa, como por
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a los derechos constitucionales de los trabajadores, especialmente la privacidad y
la dignidad.
18-Jul-2012
DEPARTAMENTO JURIDICO
K1.606 (264)/2012
ORD. Nº 3199 / 032 /
MAT.: Ley Nº20.393. Sobre responsabilidad penal de personas jurídicas. Derechos
fundamentales. Limitación.
RDIC.: Las medidas de control puestas en práctica por la empresa KDM S.A.
contenidas en el Código de Ética, Integridad en el Trabajo y Buenas Prácticas
Corporativas, el Reglamento de Cumplimiento de Deberes de Prevención de Delitos,
así como en los contratos individuales de trabajo no resultan ajustadas a derecho
tanto porque no se encuentran incorporadas en el Reglamento Interno de la empresa,
            
que supone a los derechos constitucionales de los trabajadores, especialmente la
privacidad y la dignidad.
ANT.: 1.- Instrucciones de la Sra. Jefa de la Unidad de Dictámenes e Informes en
Derecho, de 01.06.2012, 11.06.2012, 19.06.2012, 25.06.2012 y 06.07.2012.
2.- ORD. Nº2.206, de la Sra. Jefa de la Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho,
de 15.05.2012. 3.- Instrucciones de la Sra. Jefa de la Unidad de Dictámenes e Informes
en Derecho, de 26.03.2012, 17.04.2012 y 08.05.2012. 4.- Respuesta al traslado por
parte del Sr. José Miguel Gutiérrez Sastre, Gerente General de la empresa K.D.M.
S.A., de 05.03.2012. 5.- ORD. Nº0766, de la Sra. Jefa de la Unidad de Dictámenes
e Informes en Derecho, de 20.02.2012. 6.- Pase Nº302, de 13.02.2012, de la Srta.
Jefa de Gabinete de la Sra. Directora del Trabajo. 7.- Presentación del Sr. Luis
Romero Navia, Presidente del Sindicato de Trabajadores de la empresa K.D.M. S.A.,
de 10.02.2012.
FUENTES: Código del Trabajo, artículos 5º inciso 1º, 153, 154 y 154 bis. Ley Nº20.393.
CONCORDANCIAS: No hay.
SANTIAGO, 18.JUL.2012
DE : DIRECTORA DEL TRABAJO A:
SR. LUIS ROMERO NAVIA PRESIDENTE
SINDICATO DE TRABAJADORES DE EMPRESA K.D.M. S.A.
MANUAL EJECUTIVO LA BOR AL
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Por medio de la presentación del ANT. 7) se consulta por lo siguiente: la empresa de
planta de transferencia de residuos domiciliarios y fábricas K.D.M. S.A. bajo presión,
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en la presentación, vulnera los derechos de los trabajadores, desfavoreciendo al
80% de éstos, agregando que respecto de tal código ético la empresa no consultó a
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adjuntando copia del Código de Ética y el anexo de contrato en que se materializa
la medida del empleador recién descrita.
Dando cumplimiento a los principios de contradicción y de igualdad de los interesados
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expresara sus puntos de vista sobre el particular, lo cual hizo, mediante respuesta
de ANT. 4), en los términos siguientes:
“La presente carta tiene por objeto aportar la información pertinente para esclarecer la
situación planteada por nuestro Sindicato de Trabajadores de Empresa K.D.M., el cual
representa el 10,84% de la dotación total de la empresa, relativa a la implementación
por parte de la empresa del Código de Ética, Integridad en el Trabajo y Buenas
Prácticas Corporativas, en cumplimiento de la Ley Nº20.393, sobre responsabilidad
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
en el mes de octubre de 2011, la implementación de un Modelo Prevención de Delitos,
para lo cual se dictó un Código de Ética, Integridad en el Trabajo y Buenas Prácticas
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empresa al cumplimiento de lo dispuesto en el Modelo de Prevención de Delitos. Para
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Delitos, el que contiene las obligaciones, deberes y prohibiciones a las que deben
sujetarse los trabajadores, tanto para dar cumplimiento a las medidas de prevención
contenidas en el Modelo de Prevención de Delitos, como a las disposiciones del

“En el mes de octubre de 2011 se procedió a la entrega e información a los
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su parte el correspondiente comprobante de recepción conforme. Adicionalmente,
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trabajo, en los cuales se explican sumariamente las razones y el contenido de los
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“En relación con lo antedicho, cabe destacar que la generación de este anexo de
contrato de trabajo y su suscripción por parte de nuestros trabajadores ha tenido lugar
sin ningún tipo de presión por parte de la empresa, como erróneamente señala el
Sindicato en su presentación. Es más, al momento de la suscripción de los anexos
que generan la presentación del Sindicato, los trabajadores ya habían recepcionado
los documentos y suscrito conformemente su recepción. Por lo mismo, la empresa
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anexo a su contrato de trabajo, podía no hacerlo, toda vez que los documentos a
los cuales hace referencia ya estaban recepcionados conforme, siendo este anexo
únicamente una forma de constancia anexa en los contratos de trabajo de la recepción

Los Derechos
Fundamentales
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“Por otro lado, la empresa ha tenido siempre la mejor disposición para orientar
a sus trabajadores con información tanto del Código de Ética como del Modelo
de Prevención de Delitos y su correspondiente Reglamento. Así, y a modo
ejemplar, otro de nuestros sindicatos, el Sindicato Nº1 de KDM, por medio de su
presidente y secretario, los señores Gregorio Sepúlveda Smok y Hugo Videla Véliz,
respectivamente, se acercaron a consultar sobre dichos documentos, instancia en
la cual se le comentaron todos los aspectos relativos a éstos y a la generación del
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“Adicionalmente, tener (sic) presente que la incorporación de estos documentos
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expresamente en la ley Nº20.393, sobre Responsabilidad de las Personas Jurídicas.
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la cual se emitieron los documentos en comento, los cuales en nada menoscaban
a los trabajadores. Es por lo mismo que nos resulta difícil entender el motivo de la
presentación del Sindicato, toda vez que con la suscripción del anexo de contrato
de trabajo la empresa no ha hecho más que cumplir con lo que prescribe la ley, no
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“Finalmente, podemos informar que a la fecha hemos entregado y recepcionado la
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Respecto del anexo de contrato de trabajo en cuestión, a la fecha no tenemos un
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Al respecto, cumplo con informar a Usted lo siguiente:
De lo aseverado por la empresa KDM S.A. aparece que ésta dictó el Código de Ética,
Integridad en el Trabajo y Buenas Prácticas Corporativas (en adelante, Código de

responsabilidad penal de las personas jurídicas y que lo propio hizo con el denominado
Reglamento de Deberes de Prevención de Delitos, el cual contiene las obligaciones,
deberes y prohibiciones a las que deben sujetarse los trabajadores, tanto para dar
cumplimiento a las medidas de prevención contenidas en el Modelo de Prevención
de Delitos, como a las disposiciones del referido Código de Ética.
   

acreditar dicha entrega se consignaron en los contratos de trabajo, sin que esto se
haya hecho por medio de presión alguna.
Antes de comenzar el examen del referido anexo del contrato de trabajo y de las
normas pertinentes del Código de Ética y el Reglamento de Deberes de Prevención
de Delitos, se previene que (tanto por la falta de facultades para ponderarlas, como

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expresa o tácita a derechos irrenunciables) no se hará referencia a la efectividad o

los referidos documentos, así como para rubricar el anexo del contrato de trabajo. Así
también, se previene que la representación del sindicato solicitante no tiene relevancia
alguna y, por ello, no condiciona el derecho que le asiste en representación de sus
     
derechos de sus socios en el desempeño de sus labores.

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