Juzgado civil de Santiago condenó a bancoestado a pagar una indemnización a víctima de fraude informático del año 2011 - Núm. 9-2018, Septiembre 2018 - Artículos de Derecho, Empresa y Tecnología - Libros y Revistas - VLEX 842598361

Juzgado civil de Santiago condenó a bancoestado a pagar una indemnización a víctima de fraude informático del año 2011

AutorAndrés Pumarino Mendoza
CargoAbogado. UAI,Magister en Negocios UAI, Profesor Fac. Ingeniería PUC, Derecho, empresa y tecnología

El Vigésimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago condenó a BancoEstado a pagar una indemnización total de $13.200.000 (trece millones doscientos mil pesos) a cuentacorrentista que fue víctima de fraude informático en 2011.

En el fallo (causa rol 16.384-2015), la magistrada Patricia Ortiz von Nordenflycht acogió la acción judicial deducida, tras establecer el actuar negligente del banco, el que deberá pagar $12.000.000 (doce millones de pesos), por daño moral, y $1.200.000 (un millón doscientos mil pesos), por lucro cesante, a la demandante.

(…) las obligaciones del banco en los contratos de cuenta corriente bancaria y de sobre giro, resulta de manifiesto y conforme lo prevenido en el artículo 1546 del Código Civil, que el hecho de permitirse en los mismos operaciones electrónicas, obliga al banco, de acuerdo al principio de buena fe y de las obligaciones que emanan de la naturaleza del contrato, a tomar todas las providencias que fueren necesarias, para evitar que terceros extraños hicieran uso o se aprovecharan de los fondos custodiados por el banco, que pertenecieren al comitente, o de la línea de sobregiro asignada a la actora, debiendo por su parte, la cuentacorrentista, tomar las providencias para resguardar sus claves de acceso a los medios electrónicos

, sostiene el fallo.

La resolución agrega que: «por otra parte, debe considerarse, también, lo establecido en el Capítulo 1-7 de la Recopilación Actualizada de Normas de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financiera que regula, en forma especial, la transferencia electrónica de...

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