La legitimidad democrática de la restricción de derecho fundamental en la teoría del consenso de Jürgen Habermas - Núm. 7, Julio 2015 - Revista de Derecho - Libros y Revistas - VLEX 643508789

La legitimidad democrática de la restricción de derecho fundamental en la teoría del consenso de Jürgen Habermas

AutorEdimar Carmo da Silva
CargoAbogado. Alumno regular en el curso para doctorado, en Derecho Constitucional, de la Universidad de Buenos Aires-UBA (ARG)
Páginas103-119
Revista de Derecho · Escuela de Postgrado Nº 7, julio 2015
Páginas 103 - 120
ISSN 0719 - 1731
DOCTRINA
LA LEGITIMIDAD DEMOCRÁTICA DE LA
RESTRICCIÓN DE DERECHO FUNDAMENTAL EN LA
TEORÍA DEL CONSENSO DE JÜRGEN HABERMAS*
deMocRatic legitiMacy of the RestRiction of the fundaMental
Right in the theoRy of the consensus of JüRgen habeRMas
légitiMité déMocRatique de la RestRiction du dRoit
fondaMental dans la théoRie du consensus de JüRgen habeRMas
ediMaR caRMo da silva**
resumen
Los derechos humanos, según la literatura autorizada, contienen un papel central en tribunales
internacionales y especializados. La dimensión fundamental de estos derechos se proyecta en el
orden interno de cada país por medio de las Constituciones. En el Estado democrático de Derecho,
los derechos fundamentales son formados por las fuerzas políticas y democráticas. Asimismo, para
la restricción de estos derechos, en el proceso penal, es esencial la participación del interesado
en la formación de la decisión del Tribunal. La democracia requiere la participación de la
persona interesada en la elaboración de las decisiones de Estado. Esta comprensión se proyecta
en la jurisdicción para adaptarla a la democracia y superar la “jurisdição-soberania”, de los
Estados autoritarios, para lograr la “jurisdição-participação”, de los Estados democráticos. Según
la teoría de Habermas, el discurso entre los participantes busca el consenso. Además, asegura
que la restricción de derechos fundamentales ocurra con la participación de los interesados,
rechazando cualquier decisión autoritaria.
palabras clave: Derechos Humanos – Derechos Fundamentales – Estado Democrático –
Consenso
abstract
Human rights, according to the authoritative literature, contain a central role in international
and specialized Courts. The fundamental dimension of these rights is projected in the internal
order of each country through the constitutions. In the democratic rule of law, fundamental
rights are formed by political and democratic forces. Also, for the restriction of these rights in
the criminal process, the participation of the interested party in the formation of the decision
of the Court is essential. Democracy requires the participation of the person concerned in the
elaboration of decisions of State. This understanding is projected in the jurisdiction to adapt to
democracy and overcome the “jurisdição-soberania”, authoritarian States, to achieve the “juris-
dição-participação”, of the democratic States. According to the theory of Habermas, discourse
among participants seeks consensus. In addition, it ensures that the restriction of fundamental
rights occur with the participation of interested parties, rejecting any authoritarian decision.
* Artículo recibido el 16 de abril de 2015 y aceptado para su publicación el 30 de junio de 2015.
** Abogado. Alumno regular en el curso para doctorado, en Derecho Constitucional, de la Universidad
de Buenos Aires-UBA (ARG). Maestría en Ciencias Criminales – PUC/RS (BRA). Promotor de Justicia
del Ministerio Público del Distrito Federal y Territorios (BRA). Profesor invitado de Posgrado del Centro
Universitario Estácio/ Facitec-DF (BRA). Correspondencia a: Correo electrónico ecdse@hotmail.com.
Revista de Derecho Escuela de Postgrado Nº 7, julio 2015
Páginas 103 - 120
ISSN 0719 - 1731
104 Edimar Carmo da Silva
DOCTRINA
Keywords: Human Rights – Fundamental right – Democratic State – Consensus
résumé
Droits de l’homme, selon la littérature faisant autoritaire, contiennent un rôle central dans les
tribunaux internationaux et spécialisés. La dimension fondamentale de ces droits est prévue
dans l’ordre interne de chaque pays à travers les constitutions. Dans l’état de droit démocratique,
les droits fondamentaux sont formés par des forces politiques et démocratiques. En outre, la
restriction de ces droits dans la procédure pénale, la participation de l’intéressé à la formation
de la décision de la Cour est essentielle. La démocratie exige la participation de la personne
concernée dans l’élaboration des décisions de l’État. Cette compréhension est projetée dans la
compétence voulue pour s’adapter à la démocratie et de surmonter la «jurisdição-soberania», les
États autoritaires, pour atteindre le «jurisdição-participação», des États démocratiques. Selon
la théorie d’Habermas, discours parmi les participants à la recherche d’un consensus. Assure,
en outre, à la restriction des droits fondamentaux se produisent avec la participation des parties
intéressées, rejetant toute décision autoritaire.
mots clés: Droits de l’Homme – Fondamentaux – État Démocratique – Consensus
intRoducción
El presente artículo tiene por f‌inalidad analizar, en breves consideraciones, la
legitimidad de la restricción de los derechos fundamentales a la luz de la teoría del
consenso de Jürgen Habermas en el Estado democrático de derecho.
Es conveniente aclarar que el sentido de la palabra restricción de derechos
fundamentales, diferente del signif‌icado de violación de derecho, dice relación
respecto a la acción estatal que, obedeciendo las normas del debido proceso, legal
y constitucional, en la persecución penal, tenga como consecuencia la mitigación
del goce de algunos bienes fundamentales de la persona, tales como el patrimonio,
la libertad, etcétera. Por su parte, la violación consiste en el acto de agresión pro-
ducido contra la persona, sea por lo Estado o por particulares, en inobservancia
de la cláusula del debido proceso.
Inicialmente será abordada la posición actual de los derechos humanos, así
considerados, no sólo en la óptica internacional, sino también en el orden jurídico
interno de un plan inspirado y guiado bajo el Estado democrático de derecho.
Se realizarán algunas observaciones sobre el Estado democrático de derecho,
destacando sus aspectos distintivos en lo referente a un Estado de derecho, guiado
por las reglas antidemocráticas. También se tendrá en cuenta la posible conver-
gencia entre las normas democráticas la teoría del consenso concebida por Jürgen
Habermas.
Finalmente, se hará un planteamiento sobre la legitimidad de la restricción
de los derechos fundamentales de la persona a la luz de la teoría del consenso en
el Estado democrático de derecho. En este sentido, conviene distinguir entre las
decisiones estatales adoptadas por consenso de los sujetos afectados con decisiones
autoritarias, en el que la jurisdicción actúa de of‌icio, es decir, sin la participación
de las personas contra quien es solicitada la restricción de un derecho fundamental,
como ocurre en la persecución penal.

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