Ley 20.780. Modificaciones al cálculo de la gratificación (utilidad liquida) introducidas por la reforma tributaria. Vigencia 01.10.2014 - Núm. 18, Diciembre 2014 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 702558413

Ley 20.780. Modificaciones al cálculo de la gratificación (utilidad liquida) introducidas por la reforma tributaria. Vigencia 01.10.2014

Páginas74-74
Manual EjEcutivo la bor al
74
“DisposicionesTransitorias.”
“Artículoprimero.-Lapresenteleyentraráenvigencianuevemesesdespuésdesu
publicaciónenelDiarioOcial,salvolasdisposicionescontenidasenelCapítuloIX
ylanormadelartículo344,lasqueseajustaránalodispuestoenelnumeral8del
artículo tercero transitorio de esta ley. Las quiebras, convenios y cesiones de bienes
en actual tramitación y aquellas que se inicien antes de la entrada en vigencia de la
presenteleyse regiránpor lasdisposiciones contenidasenelLibroIV delCódigo
de Comercio.”
Comoelartículo350enestudiodelaleyNº20.720noseencuentraenelCapítulo
IXdeésta,yelartículo344trataotrasmaterias,yestassonlasúnicasdisposiciones
quetienenvigenciaespecialsegúnlasalvedaddelaley,seinerequeelartículo350
objetodeestedictamenregiráapartirdelareglageneraldevigenciaantesindicada,
es decir, el 09 de octubre de 2014.
Enconsecuencia,conelméritodeloexpuesto,cúmplemeinformaraUd.queelsentido
yalcancedelodispuestoenelartículo350yprimerotransitoriodelaleyNº20.720,
quehamodicadoelCódigodelTrabajoenlaformaanalizada,eselcontenidoenel
cuerpodelpresente dictamen,sinperjuicio delajurisprudenciaadministrativaque
sepudiereirgenerandoconmotivodesuaplicación.
IX.-LEY 20.780. MODIFICACIONES AL CÁLCULO DE LA GRATIFICACIÓN
(UTILIDAD LIQUIDA) INTRODUCIDAS POR LA REFORMA TRIBUTARIA.
VIGENCIA 01.10.2014
LEY NÚM. 20.780
REFORMA TRIBUTARIA QUE MODIFICA EL SISTEMA DE TRIBUTACIÓN DE LA
RENTA E INTRODUCE DIVERSOS AJUSTES EN EL SISTEMA TRIBUTARIO
TeniendopresentequeelH.CongresoNacionalhadadosuaprobaciónalsiguiente
Proyectodeley:
3)Enelincisoprimerodelartículo 48artículo 48 del Código del Trabajo, cuyo texto
refundido, coordinado y sistematizado se encuentra contenido en el decreto con
fuerzadeleyN°1,de2003,delMinisteriodelTrabajo y Previsión Socialdecreto con
fuerzadeleyN°1,de2003,delMinisteriodelTrabajoyPrevisiónSocial,incorpórase,
acontinuacióndelafrase “determinación del impuesto a la renta,”, la expresión
“aplicandoelrégimendedepreciaciónnormalqueestableceelnúmero5delartículo
31delaleysobreImpuestoalaRenta,”yagrégase,acontinuacióndelpuntoaparte,
quepasaaserpuntoseguido, lasexpresionessiguientes: “Paraestosefectos, no
seconsideraráncomopartedelcapital propiolosajustesqueordenanefectuar los
números8°y9°delartículo41delareferidaley,pordisposicióndelincisosegundo
delreferidonúmero8°.
Artículodecimoctavotransitorio.-No obstantelodispuesto enelincisoprimerodel
artículo17, lasmodicaciones introducidas porsus números3) y 12)entrarán en
vigenciaacontardelprimerdíadelmessiguientealdesupublicación.

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