Ley corta en descentralización: modificaciones necesarias antes de la elección de gobernadores - Núm. 1407, Julio 2019 - Temas Públicos - Libros y Revistas - VLEX 799316557

Ley corta en descentralización: modificaciones necesarias antes de la elección de gobernadores

LIBERTAD Y DESARROLLO
TEMAS PÚBLICOS
www.lyd.org
1407 - 2
12 de julio de 2019
ISSN 0717-1528
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LEY CORTA EN DESCENTRALIZACIÓN:
MODIFICACIONES NECESARIAS ANTES DE LA ELECCIÓN
DE GOBERNADORES
Todo indica que la primera elección de gobernadores regionales será en octubre del
próximo año, en conjunto con las elecciones de alcaldes y concejales. Si bien desde
distintos sectores se planteó la posibilidad de posponer la elección, hasta que las
nuevas autoridades regionales electas cuenten con un marco legal que les entregue
mayores recursos y atribuciones, esta idea no tuvo una acogida mayoritaria entre
senadores y diputados. Por consiguiente, la fecha se mantiene.
No se puede olvidar que la aspiración desde regiones de contar con autoridades
regionales electas ha sido histórica -a pesar de no saber bien qué harán- y por ende,
desde el Congreso la viabilidad política de posponer la elección es nula. En ese
contexto, los esfuerzos debieran dedicarse a perfeccionar la actual legislación para
minimizar el riesgo de que esta reforma se transforme en una de las peores
reformas de nuestra historia.
La primera elección de gobernadores regionales -a pesar de los intentos por posponerla- será
en octubre del próximo año, junto a la de alcaldes y concejales. Por ende, quedan 15 meses
para perfeccionar la actual legislación y evitar los problemas que se prevé ocurrirán, toda vez
que se elegirán autoridades con amplio respaldo ciudadano pero poca injerencia en las
decisiones de la región.
Hay al menos cuatro ámbitos en los cuales se deben realizar modificaciones legales: autonomía
en la administración y ejecución de recursos; asignación no discrecional de recursos hacia los
gobiernos regionales; responsabilidad fiscal; y transparencia y rendición de cuentas.
También es esencial que el mecanismo de transferencia de competencias lo fije reglamento
que establezca las condiciones, plazos y materias ya que se anticipa que desde regiones las
demandas siempre serán mayores a las que el nivel central está dispuesto a entregar.

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