Ley núm. 20.338 Diario oficial 01.04.2009 crea el subsidio al empleo
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SUBSIDIO AL
EMPLEO JOVEN
SUBSIDIO AL EMPLEO JOVEN
El Subsidio al Empleo Joven, SEJ, es un aporte monetario otorgado por el Estado para
mejorar el sueldo de los trabajadores y trabajadoras entre 18 y menos de 25 años de
edad que perciben bajos salarios (es decir, que pertenecen al 40% más vulnerable de
la población). El benecio apoya además a quienes los contratan (sus empleadores).
El Subsidio se mantiene en la medida que el beneciario siga teniendo entre 18 y
menos de 25 años de edad, su remuneración no supere el límite legal establecido y
no trabaje en una institución del Estado o en una empresa con aporte estatal superior
al 50%.
Tendrán derecho a pedir plazo adicional:
• Las trabajadoras por cada hijo nacido vivo entre sus 18 años y antes de los 25
años de edad. El plazo adicional será equivalente al descanso maternal, tanto pre
como post natal, correspondiendo en total a 18 semanas.
• Trabajadores/as que hayan cursado estudios regulares entre los 18 y antes de los
25 años, en una Institución de Educación Superior del Estado o reconocida por
éste podrán solicitar un plazo adicional para acceder al subsidio al empleo joven.
El plazo adicional se contará a partir del primer día del mes siguiente de aquel en
que el trabajador cumpla 25 años, y sólo se podrá extender hasta el mes en que el
trabajador cumpla 27 años de edad.
El subsidio al empleo joven, se otorga hasta el último día del mes en que el trabajador
tenga 24 años de edad. Por tanto, transcurrido dicho plazo el trabajador deja de ser
beneciario (a) del Subsidio.
LEGISLACION POSITIVA
Diario Ocial 01.04.2009
CREA EL SUBSIDIO AL EMPLEO
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo 1º.- Establécese un subsidio al empleo de los trabajadores dependientes
regidos por el Código del Trabajo y a los trabajadores independientes, el que será
de cargo scal. El subsidio al empleo beneciará a dichos trabajadores y a los
empleadores, de conformidad a lo dispuesto en la presente ley. Tendrán derecho al
subsidio al empleo aquellos empleadores respecto de sus trabajadores dependientes
señalados en el inciso anterior que cumplan con los siguientes requisitos: a) Que el
trabajador tenga entre 18 y menos de 25 años de edad; b) Que el trabajador integre
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