Ley Num. 21.010 D.O. 28.04.2017 Extiende y modifica la cotizacion extraordinaria para el seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y crea el fondo que financiara el seguro para el acompañamiento de los niños y niñas - Núm. 48, Junio 2017 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 703830649

Ley Num. 21.010 D.O. 28.04.2017 Extiende y modifica la cotizacion extraordinaria para el seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y crea el fondo que financiara el seguro para el acompañamiento de los niños y niñas

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EL TRABAJO EN REGIMEN DE SUBCONTRATACION Y
DEL TRABAJO EN EMPRESAS DE SERVICIOS TRANSITORIOS
LEYES Y DECRETOS
LEY NUM. 21.010
D.O. 28.04.2017
EXTIENDE Y MODIFICA LA COTIZACION EXTRAORDINARIA PARA EL SEGURO
SOCIAL CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES
PROFESIONALES, Y CREA EL FONDO QUE FINANCIARA EL SEGURO PARA EL
ACOMPAÑAMIENTO DE LOS NIÑOS Y NIÑAS
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
“Artículo 1.- Modifícase la ley Nº 19.578, que concede aumento a las pensiones y
establece su nanciamiento por medio de modicaciones a normas tributarias, en el
siguiente sentido:
1. En su artículo 21:
a) Elimínase el literal a) del punto 1 de la letra A.
b) En el literal b) del punto 1 de la letra A, reemplázase la expresión “, y” por un punto
seguido, y agrégase la siguiente oración: “Dicha suma no podrá ser superior al
4% del ingreso por cotización básica del año anterior, denido en la letra a) del
artículo 15 de la ley N° 16.744.”.
c) Reemplázase en el párrafo nal del número 1 y en el primer párrafo del número
2, ambos de la letra B, el porcentaje “100%” por “65%”.
2. En su artículo sexto transitorio:
a) Reemplázanse en el inciso primero las expresiones “31 de marzo del año 2017”
por “31 de diciembre de 2019” y “del 0,05% de” por la palabra “sobre”.
b) Intercálase el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando el actual inciso segundo
a ser tercero:
“A partir del 1 de abril de 2017, y durante los períodos que a continuación se
establecen, el porcentaje de la cotización extraordinaria señalada en el inciso anterior
corresponderá a:
a) Un 0,04% desde el 1 de abril y hasta el 31 de diciembre de 2017.
b) Un 0,015% desde el 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2018.
c) Un 0,01% desde el 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2019.”.
Artículo 2.- En el inciso segundo del artículo 88 de la ley N° 20.255, que establece
reforma previsional, elimínase la expresión “del 0,05%”.
Artículo 3.- Establécese una cotización del 0,03% de las remuneraciones imponibles
de los trabajadores, de cargo del empleador, destinada a la creación de un fondo cuyo
objetivo será el nanciamiento de un seguro para las madres y padres trabajadores
de hijos e hijas mayores de 1 año y menores de 15 o 18 años de edad, según
corresponda, afectados por una condición grave de salud, para que puedan ausentarse
justicadamente de su trabajo durante un tiempo determinado, con la nalidad de
LeYeS Y decReTOS

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