Ley núm. 21.142. do 01.03.2019. Incorpora en el Código del Trabajo el Contrato de Teleoperadores - Núm. 70, Abril 2019 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 795810089

Ley núm. 21.142. do 01.03.2019. Incorpora en el Código del Trabajo el Contrato de Teleoperadores

Páginas109-111
DESCRIPCION GENERAL DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES
DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES
109
LEYES Y DECRETOS
LEY NÚM. 21.142
DO 01.03.2019
INCORPORA EN EL CÓDIGO DEL TRABAJO EL CONTRATO DE TELEOPERADORES
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al proyecto
de ley originado en moción de los exsenadores señora Soledad Alvear Valenzuela y
señor Camilo Escalona Medina.
Proyecto de ley:
“Artículo único.- Agrégase, en el Título II del Libro I del Código del Trabajo, el siguiente
Capítulo VIII:
Capítulo VIII
Del contrato de los teleoperadores
Artículo 152 quáter.- Se regirán por las normas del presente Capítulo los contratos de
trabajo cuyo objeto sea la prestación de servicios para contactar o ser contactados
con terceros, sea por la vía telefónica, medios telemáticos, aplicación de tecnología
digital o cualquier otro medio electrónico, para la atención, información o asesoramiento
de soporte técnico, comerciales o administrativos, venta o promoción de productos
o servicios, en un lugar habilitado por el empleador, denominado centro de contacto
o llamadas.
Artículo 152 quáter A.- El contrato de los trabajadores regidos por este Capítulo deberá
contener las estipulaciones que señala el artículo 10.
Todas las operaciones por las cuales el trabajador perciba remuneraciones jas o
variables deberán ser acordadas por las partes y estar contenidas en el contrato
de trabajo. Las remuneraciones variables deberán construirse sobre la base de
parámetros individuales, objetivos y vericables, sin perjuicio de las metas colectivas
que se puedan pactar. No se podrá imponer al trabajador el cumplimiento de metas,
servicios o tareas que no reúnan tales condiciones, ni aun bajo promesa de la entrega
de bonos o premios especiales.
Tampoco se podrán efectuar descuentos arbitrarios o perjudicar cualquier clase de
calicación del trabajador por el incumplimiento de obligaciones objetivas que no se
encuentren acordadas en conformidad a este inciso.
Toda modicación de la remuneración variable y de su base de cálculo deberá quedar
establecida en un anexo al contrato de trabajo, la que empezará a regir al mes siguiente
de suscrito dicho anexo.
LEYES Y DECRETOS

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