Ley Sernac ¿Quo vadis? - Núm. 1350, Mayo 2018 - Temas Públicos - Libros y Revistas - VLEX 724006181

Ley Sernac ¿Quo vadis?

LIBERTAD Y DESARROLLO
TEMAS PÚBLICOS
www.lyd.org
1350 - 1
11 de mayo de 2018
ISSN 0717-1528
1
LEY SERNAC ¿QUO VADIS?
Largo ha sido el camino que ha tenido que recorrer el proyecto de ley del Servicio
Nacional del Consumidor (SERNAC) para ver la luz, y aún está por verse cuándo
ello, en definitiva, ocurrirá. A comienzos de la semana pasada, la Contraloría
General de la República representó el decreto promulgatorio de la iniciativa,
devolviéndolo al Ejecutivo sin darle curso.
Más allá de lo inédito de la situación, la controversia suscitada tras el dictamen de
la Contraloría no representa, en realidad, una novedad. Ello porque la iniciativa
nunca estuvo exenta de polémica, fundada ésta, en todo caso, en sólidos
argumentos jurídicos y de política pública que aconsejaban una reflexión más
profunda sobre el proyecto de ley en comento, cuestión que no ocurrió.
En efecto, los argumentos relativos a los defectos y posibles vicios de
constitucionalidad de diversas normas y de gran parte del diseño institucional que
pretendía dársele al SERNAC fueron reiteradamente expuestos en el debate
público, sin que ellos fueran objeto de enmienda oportuna en la tramitación
legislativa de la iniciativa. La Administración anterior, contando con las mayorías
Dice el refrán que lo que mal comienza, mal termina. Esta frase bien podría resumir el
devenir de la conocida “Ley SERNAC”, que hoy paga -y con ella los consumidores-, las
consecuencias de una iniciativa cuyos fundamentos fueron, desde su origen y durante su
trámite en el Congreso Nacional, cuestionados.
Más allá de cómo concluya este asunto, lo cierto es que la protección del consumidor es un
pilar fundamental del Orden Público Económico, de manera que la controversia amerita una
pronta solución que respete el marco institucional vigente, el fallo del Tribunal
Constitucional y las bases mismas del Estado de Derecho.
El desconcierto o malestar de algunos sectores políticos con el fallo del Tribunal
Constitucional, y con lo resuelto por el Contralor, no puede dar pie a entorpecer el buen
funcionamiento de nuestra institucionalidad, como así tampoco a generar un clima de
desencuentro permanente entre distintos poderes públicos y organismos
constitucionalmente autónomos. Se genera una dinámica perversa que no favorece a nadie y
que debe terminar.

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