Leyes de quórum calificado y el debate constituyente - Núm. 5, Octubre 2014 - Revista Derecho Público Iberoamericano - Libros y Revistas - VLEX 648787661

Leyes de quórum calificado y el debate constituyente

AutorSergio Verdugo Ramírez
CargoProfesor de Derecho Constitucional e investigador del Centro de Justicia Constitucional de la Facultad de Derecho, Universidad del Desarrollo
Páginas251-270
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Octubre 2015 Leyes de quórum calif‌icado y debate constituyente
LEYES DE QUÓRUM CALIFICADO
Y DEBATE CONSTITUYENTE
THE LAWS OF QUORUM
AND CONSTITUTIONAL DEBATE
Sergio Verdugo R.*
Resumen
El autor examina la discusión académica y política nacional relativa a la legi-
timidad de las leyes de quórum calif‌icado. Luego de revisar la literatura y las
propuestas institucionales que se han formulado, se analizan los argumentos
teóricos por los cuales dicha categoría de ley podría o no ser de carácter
contramayoritario. En seguida, se revisan algunos benef‌icios que la regla de
mayoría absoluta de los parlamentarios en ejercicio podría producir en el
sistema democrático, promoviendo más accountability del Poder Legislativo.
Palabras clave: Ley de quórum calif‌icado, supermayorías legislativas, regla
de mayoría absoluta
Abstract
The author examines the academic and political Chilean discussion re-
garding the legitimacy of the special quorum statutes (leyes de quórum
calif‌icado). After reviewing the literature and the institutional proposals,
the paper analyzes the theoretical arguments concerning the supposed
counter-majoritarian nature of that kind of statute. Then, the author re-
views some benef‌its that the absolute majority rule may produce in the
democratic system, promoting more accountability of the legislative power.
Key w ords : Spec ial Q uoru m Sta tute, L egis lati ve su perm ajo riti es, Abso lute
majority rule.
Derecho Público Iberoamericano, Nº 5, pp. 251-270 [octubre 2014]
* Profesor de Derecho Constitucional e investigador del Centro de Justicia Cons-
titucional de la Facultad de Derecho, Universidad del Desarrollo. Estudiante del doctorado
en Derecho, NYU. Máster en Derecho, Universidad de California, Berkeley. Magíster en
Derecho Público, P. Universidad Católica de Chile. Abogado. Licenciado en Ciencias
Jurídicas, Universidad del Desarrollo. Correo electrónico: sergio.verdugo@law.nyu.edu
Agradezco la colaboración de Constanza Brillouet, ayudante de la Dirección de
Investigación de la Facultad de Derecho de la Universidad del Desarrollo.
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SERGIO VERDUGO R. DPI Nº 5– Ensayos
Introducción
En el debate constituyente actual se están criticando fuertemente las
leyes orgánicas constitucionales debido a la regla de quórum superma-
yoritaria de reforma que establece1. Varios de sus críticos han sostenido
que la regla supermayoritaria contenida en ellas le permite a una mi-
noría parlamentaria vetar proyectos de ley impulsados por la mayoría,
afectando la igualdad en el voto, haciendo irrelevantes las elecciones y
menoscabando la democracia mayoritaria. Esta idea ha estado presente
tanto en propuestas políticas de cambio constitucional2 como en trabajos
académicos3. Por otro lado, se ha sostenido que algunas leyes orgánicas
constitucionales sirven instrumentalmente algunos f‌ines valiosos y son
compatibles con la democracia4. La demanda por una nueva Constitución
ha hecho que el problema de los quórums legislativos (y también los de
reforma constitucional) sea una materia de interés en el debate público.
No obstante lo anterior, la literatura ha prestado poca atención a otra
categoría de normas legales que tienen un quórum especial: se trata de
las LQC o LQCs. En general, y como mostraré en la sección siguiente,
la literatura constitucional ha tratado las LQCs de una manera funda-
mentalmente descriptiva, y las propuestas institucionales que se ref‌ieren
a ellas adolecen de ciertas contradicciones. Por lo anterior, el primer ob-
jetivo de este trabajo es revisar y sistematizar (aunque de forma breve)
la literatura académica y política respecto de ellas, para luego explicar, a
1 También se critica el control preventivo forzoso de ellas, aunque la polémica ha
tenido más asidero respecto del quórum. Sobre los problemas del control preventivo
obligatorio de las leyes orgánicas constitucionales, pueden verse los siguientes trabajos:
PFEFFER
(1998),
BORDALÍ
(2005),
ALDUNATE
(2005),
BUCHHEISTER
y
SOTO
(2005),
ZAPATA
(2008) pp. 432-448, y
VERDUGO (2010).
Sobre una crítica democrática al control
preventivo obligatorio de las leyes orgánicas, puede verse, entre otros, a
CORREA (2005)
y
ATRIA (2013)
p. 54.
2 A modo de ejemplo, la propuesta de cambio constitucional del ex candidato
presidencial Eduardo Frei, derivada de la comisión respectiva de Océanos Azules, proponía
eliminar tanto las LOCs como las LQCs. Véase www.archivochile.com/Chile_actual/
elecciones_2009/frei/doc_part/frei_part0032.pdf [Fecha de consulta: 15 de julio de
2014] p. 5.
3 Entre otros autores que han escrito en contra de las LOCs, véanse especialmente
los siguientes: Grupo de los 24 (1981) p. 1 y p. 6
, CORREA (2008)
p. 740
, MUÑOZ
(2006),
ZAPATA (2008)
pp. 402-403,
HENRÍQUEZ (2009)
pp. 63-71
, COUSO
y
CODDOU,
pp. 198-
199
, BASSA (2010)
p. 37,
SIERRA (2011), GARCÍA (2011)
p. 176,
FUENTES (2012)
pp. 39-41,
SZMULEWICZ (2012), ATRIA
(2013) pp. 46-51,
ATRIA (2014)
pp. 20-26,
BUSCH
y
QUEZADA
(2013),
JIMÉNEZ
et al (2013),
ZÚÑIGA (2014)
pp. 11-12 y
URQUIETA (2014)
pp. 57-61
4 Esta idea la he desarrollado con mayor extensión en otros trabajos previos. Véase
VERDUGO (2012) (2014) (2014-A)
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