Corte Suprema, 10 de octubre de 2000. Luis Enrique Marambio Bravo (recurso de casación en el fondo) - Núm. 3-2000, Septiembre 2000 - Revista de Derecho y Jurisprudencia y Gaceta de los Tribunales - Libros y Revistas - VLEX 227335882

Corte Suprema, 10 de octubre de 2000. Luis Enrique Marambio Bravo (recurso de casación en el fondo)

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Conociendo del recurso interpuesto,

LA CORTE:

Vistos:

En estos autos número 34.295-5 del Tercer Juzgado del Crimen de Antofagasta, seguido contra Luis Enrique Marambio Bravo por el cuasi delito de lesiones graves en perjuicio de Germán Olmos González, por sentencia de primera instancia dictada el 27 de noviembre del año pasado a fojas 125, se le condenó a sesenta y un días de reclusión menor en su grado mínimo, pena corporal remitida, a la suspensión de licencia para conducir vehículo motorizado por el término de seis meses y al pago de las costas de la causa.

En lo civil declara que no se hace lugar a la demanda civil de indemnización de perjuicios intentada por el abogado Luis Hernán Pavez Chateau en representación de Patricia América González Gajardo en contra de Luis Enrique Marambio Bravo e Iván Alberto Muñoz Quiroz, por lo principal de fojas 71, sin costas. Declara, asimismo, que se acoge la demanda civil deducida por el abogado Luis Hernán Pavez Chateau en representación de Germán Stalin Olmos González y condena a Luis Enrique Marambio Bravo e Iván Alberto Muñoz Quiroz a pagar solidariamente a favor del actor $ 70.485 por concepto de daño emergente, suma que deberá solucionarse debidamente reajustada por los demandados conforme a la variación experimentada por el Indice de Precios al Consumidor entre la fecha de la comisión del cuasi delito de que se trata y la de su pago efectivo, con más los intereses corrientes que se devenguen en igual período, y a $2.000.000 por concepto de indemnización por el daño moral, suma que deberá ser solucionada por los demandados con más los intereses corrientes que se devenguen a contar de la fecha de la presente sentencia y hasta la de su pago efectivo, y que se condena a los demandados a pagar solidariamente las costas de la causa.

Este fallo fue apelado en la parte civil por Luis Hernán Pavez Chateau en representación de la actora civil Patricia América González Gajardo y por José Veizaga González en representación de demandado civil Iván Muñoz Quiroz. Una sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta dictó el 22 de mayo recién pasado, a fojas 158, sentencia de segunda instancia por la que se revoca la de primera instancia en la parte en que no se hace lugar a la demanda civil de indemnización de perjuicios interpuesta por Patricia América González Gajardo, y en su lugar se declara que se hace lugar a ella sólo en cuanto los demandados Luis Enrique Marambio Bravo e Iván Alberto Muñoz Quiroz quedan obligados solidariamente a cancelarle a ella la suma dePage 52un millón doscientos cincuenta mil pesos ($ 1.250.000) por concepto de daño emergente y...

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