Mercosur, integración regional y derechos humanos en un proceso multinivel - Núm. 2-2015, Noviembre 2015 - Revista de Estudios Constitucionales - Libros y Revistas - VLEX 644058397

Mercosur, integración regional y derechos humanos en un proceso multinivel

AutorLuiz Guilherme Arcaro Conci
CargoPontificia Universidad Católica de São Paulo
Páginas125-151
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MERCOSUR, INTEGRACIÓN REGIONAL Y DERECHOS
HUMANOS EN UN PROCESO MULTINIVEL*
mERCosuR, REgional intEgRation
and Human RigHts in a multilEvEl pRoCEss
luiz guilHERmE aRCaRo ConCi1
Ponticia Universidad Católica de São Paulo
lgaconci@pucsp.br
Resumen: Los procesos de integración regional se pueden presentar sobre variados aspectos: estructu-
rales, económicos, culturales, entre otros. La integración a partir de los derechos humanos es uno de ellos.
El Mercosur, un bloque económico que no detenta una carta de derechos, exhibe matices reveladores.
El presente artículo enfrenta esa temática a partir de la perspectiva internacional y comparada, con el
objeto de percibir si la ausencia de una carta de derechos implica el entendimiento que no se trata de
un bloque que tiene obligaciones con el tema.
AbstR Act: The processes of regional integration can be presented on various aspects : struc-
tural, economic, cultural, among others. From the integration of human rights it is one of them.
Mercosur, an economic bloc that does not hold a bill of rights, exhibits revealing nuances. This
article confronts this theme from the international and comparative perspective, in order to
discern whether the absence of a bill of rights means understanding that there is a block having
obligations to the topic.
PAlAbRAs clAve: Integración regional derechos humanos; Mercosur.
Key woRds: Regional integration, human rights, Mercosur.
* Trabajo recibido el 11 de abril de 2015 y aprobado el 2 de septiembre de 2015.
1 Profesor de la Facultad de Derecho y Coordinador del Curso de Especialización en Derecho Constitucional
de la Pontificia Universidad Católica de São Paulo (PUC-SP) y del Programa de Maestría de la Facultad
de Derecho de Universidad Federal de Mato Grosso do Sul (UFMS). Doctor y Máster en Derecho por la
PUC-SP con estudio postdoctoral en el Instituto de Derecho Parlamentario de la Universidad Complutense
de Madrid. Profesor titular de Teoría del Estado de la Facultad de Derecho de São Bernardo do Campo-
Autarquía Municipal. Presidente de la Coordinación del Sistema Internacional de Protección de los Derechos
Humanos del Consejo Federal de la Orden de los Abogados de Brasil. Miembro del grupo de investigaciones
en derechos fundamentales, PUC-SP.
Estudios Constitucionales, Año 13, Nº 2
2015, pp. 125-152
Estudios Constitucionales, Año 13, Nº 2, 2015, pp. 125-152
ISSN 07180195
Centro de Estudios Constitucionales de Chile Universidad de Talca
“Mercosur, integración regional y derechos humanos en un proceso multinivel”
Luiz Guilherme Arcaro Conci
126 Estudios Constitucionales, Año 13, Nº 2
2015, pp. 125-152
Luiz GuiLherme ArcAro conci
1. pREsEntaCión dEl pRoblEma2-3
Los procesos de integración entre estados, que se acentúan en la segunda mitad
del siglo XX, pueden ser vistos sobre diversas ópticas.
En el presente artículo quisiera observar estos procesos a partir de dos lentes,
enfocándome en la última de ellas: la primera, dice relación con los procesos de
integración basados en diversos temas, como economía, política, infraestructura,
entre otros. La segunda es respecto a procesos de integración basados en derechos
humanos, o sea, en que el objeto/resultado de la unión de intereses entre los es-
tados nacionales esté enfocado en la protección internacional de los derechos de
la persona humana y, por consiguiente, en los efectos internos e internacionales
de ese proceso. A los efectos de la integración en el primer grupo, las denomina-
remos de integración estructural; a los del segundo, de integración sustancial4.
Mostraré, también, que es bastante común la existencia de cláusulas, en los
primeros, que a pesar que no presentan catálogos de derechos humanos, abren
puertas para su protección. Son las denominadas cláusulas democráticas.
Esas cláusulas democráticas funcionan como puentes entre los sistemas que
conviven en un mismo espacio continental, sin embargo, están separados por las
normas jurídicas que los conforman.
Por medio de ellas, como veremos, se formula una posibilidad de contacto
más profundo con los sistemas de integración sustancial, es decir, armaré que no
hay protección de estándares democráticos sin la protección de derechos humanos,
vale decir, esas cláusulas son el punto de contacto entre los sistemas internacio-
nales de protección de derechos humanos (integración sustancial) y los bloques
de integración que se colocan (integración estructural).
En función de la extensión del presente artículo, me limitaré a tratar dos efectos
de ese proceso en el ámbito sur del continente americano, especialmente en el
Mercosur. Las referencias a los casos europeos son mera fuente de comparación
pero no el centro de mis atenciones.
2 Agradecimientos a Konstantin Gerber (grupo de investigaciones en derechos fundamentales, PUC-SP)
por colaborar con las investigaciones.
3 Traducción de la edición en portugués por Jennifer Alfaro Montecinos.
4 Hay estudios que tratan el tema que se entrega como integración por derechos humanos, como REvEnga
sánCHEz, Miguel (2012). “Posibilidades y límites de la integración a través de derechos”. Revista da Faculdade
de Direito de São Bernardo do Campo, n. 18, São Bernardo do Campo, pp. 245-58. En sentido semejante,
Cippitani, Roberto (2011). “La jurisprudencia de las Cortes de Latinoamérica como instrumento de integración
regional”. Diritto e Processo. Perugia, pp. 67

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