Migraciones
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CONGRESO
MIGRACIONES
ecientemente el Eje-
cutivo ha propuesto
modicaciones a un
proyecto de ley pre-
sentado el año 2013,
durante el primer gobierno de
Sebastián Piñera, con el objeto
de establecer un nuevo estatuto
para las migraciones y extranjería
que remplazará la actual ley de
extranjería que es de 1975. En ese
año, el país presentaba un per-
l muy distinto al actual, por lo
que dicha legislación ya no tiene
relación alguna con la realidad
vigente.
El proyecto crea un Servicio Na-
cional de Migraciones, un Conse-
jo de Política Migratoria y efectúa
diversos perfeccionamientos a la
legislación en vigor, especialmen-
te en cuanto al ingreso y residen-
cia de los extranjeros en el país.
Tiene un objetivo claro en mate-
ria migratoria y se hace cargo de
las nuevas tendencias jurídicas
para tratar el tema: instalar un
régimen abierto, sin discrimina-
ciones, que vele por los derechos
y obligaciones de los extranjeros
que se avecinen en el país e in-
centive una migración ordenada,
regulada y segura. Además, in-
cluye la posibilidad de expulsar
en forma expedita a quienes res-
pecto de los cuales se hubiere
acreditado que atentan contra
el bien común; e introduce nove-
dades en materia de medidas de
control y sanciones.
REl proyecto, entonces, se hace
cargo de la situación coyuntural
de nuestro país, que está siendo
objeto de una corriente inmigra-
toria descontrolada y observable
a simple vista. Adicionalmente se
han adoptado medidas adminis-
trativas (al margen del proyecto
de ley) dentro de las atribuciones
legales del Ejecutivo, para enca-
rar las situaciones más urgentes,
sin necesidad de esperar el des-
pacho del proyecto.
Por otra parte, se crea un Re-
gistro Nacional de Extranjeros,
a cargo de la Subsecretaría del
Interior, de carácter reservado,
que contendrá el nombre de
los extranjeros y demás infor-
mación relativa a su calidad
migratoria (visas, prohibiciones,
infracciones, etcétera). Pero al
mismo tiempo, son aplicables
a los extranjeros las garantías
y obligaciones constitucionales
y legales, comunes para todos
los chilenos, con ciertas restric-
ciones según permanencia míni-
ma y otros requisitos, especial-
mente en materia laboral, salud
(embarazo, parto, atención de
salud de menores), seguridad
social, educación, reunicación
familiar, así como envío y recep-
ción de remesas al y desde el
extranjero. Se regula, asimismo,
la situación de los solicitantes
de asilo político, los que no po-
drán ser expulsados hacia el país
donde peligre su libertad.
Para ejercer el derecho de su-
fragio, los extranjeros avecinda-
dos en Chile, contarán el plazo
constitucional de 5 años desde
que obtengan un permiso de re-
sidencia, temporal o denitiva.
Las universidades acreditadas
por más de 6 años tendrán la
atribución de revalidar los títu-
los otorgados en el extranjero;
también podrá existir revalida-
ción automática, según un lis-
tado que efectuará el Ministerio
de Educación y que será público.
Dadas las condiciones ventajo-
sas que Chile posee con respec-
to a sus vecinos, con una eco-
nomía, instituciones y políticas
sólidas y estables, y la creciente
diferencia en remuneraciones,
servicios sociales y seguridad
respecto del promedio en la re-
gión, nuestro país es conocido
como un lugar atractivo para
inmigrantes. De este modo, las
características de Chile y su ne-
cesidad de capital humano en
las distintas industrias, -como
agricultura, minería, construc-
ción y servicios-, hacen reco-
mendable la adopción de un sis-
tema donde primen criterios de
fronteras abiertas, aunque con
elementos de selectividad de
inmigrantes. Dicha política es la
que ha dado mejores resultados
a nivel internacional.
Por tales razones, se puede ar-
mar que el proyecto constitu-
ye un aporte signicativo en la
materia, que podría concitar un
apoyo político transversal para
contar prontamente con una
legislación que dé soluciones en
algunas situaciones que no pue-
den esperar.
Digno de aprobación sin modicaciones
Digno de aprobación con modicaciones menores
Requiere mejoras sustanciales
debe ser reformulado íntegramente
No debiera ser aprobado (idea de legislar objetable)
Tiene un objetivo claro en
materia migratoria y se hace
cargo de las nuevas tendencias
jurídicas para tratar el tema:
instalar un régimen abierto, sin
discriminaciones, que vele por
los derechos y obligaciones de los
extranjeros que se avecinen en
el país e incentive una migración
ordenada, regulada y segura.
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