Los mitos del derecho 'moderno contemporáneo' en Grossi - Núm. 7, Diciembre 2007 - Revista Corpus Iuris Regionis - Libros y Revistas - VLEX 693903893

Los mitos del derecho 'moderno contemporáneo' en Grossi

AutorHugo Vilches Fuentes
CargoProfesor de Historia del Derecho. Doctorando en Derecho en la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile
Páginas127-133
127
LOS MITOS DEL DE RECHO “MODERNO CONTEMPORÁNEO” EN GROS SI*
H V F**
Universidad Arturo Prat
A este lugar de reflexión y debate acerca de la naturaleza del Derecho me ha parecido
útil traer, para su conocimiento y comentario crítico, una pequeña obra intitulada Mitología
jurídica de la Modernidad, del italiano historiador del Derecho, Paolo G. Primero,
porque me han provocado profundamente sus ideas al analizar la ontología del Derecho
actual y, segundo, porque a través de ellas también nosotros podríamos someter a rigurosa
prueba nuestras ideas y creencias acerca del Derecho “moderno-contemporáneo2.
Estimo que esta obra permite, sin necesariamente estar de acuerdo con el pensamiento
de su autor, hacer filosofía del Derecho combinándola con las coordenadas metodológicas
más elementales de la ciencia historiográfica: el tiempo y el espacio, a pesar que pueda resultar
intelectualmente denso combinar Derecho, Filosofía e Historia.
No entrego aquí un panorama demasiado detallado del contenido de esta obra,
sino una síntesis de sus ideas más esenciales para, a partir de ahí, hacer algunas reflexiones
pertinentes para nuestro tiempo y realidad jurídico-social más inmediatas. Nuestro autor
plantea unas ideas que condensamos en los siguientes acápites:
Primero. Que el historiador del Derecho debe ser hoy (o ha de convertirse) en la conciencia
crítica del estudioso del derecho positivo descubriéndole la complejidad a aquello que en su
visión unilateral puede parecerle simple y relativizando sus certezas.
* Estas notas fueron elaboradas para ser presentadas al Claustro de profesores de la Escuela de Derecho de
la Universidad Arturo Prat de Iquique el 6 de septiembre de 2006. Hoy se publican aquí, con leves retoques y
acomodos, omitiendo las palabras de circunstancia ahí señaladas.
** Profesor de Historia del Derecho. Doctorando en Derecho en la Facultad de Derecho de la Pontificia
Universidad Católica de Chile. Correo electrónico: hvilches@unap.cl
1 G, Paolo, Mitología jurídica de la modernidad, Editorial Trotta (Madrid, 2003), 93 pp.Título original:
Mitologie giuridiche della modernità.
2 He preferido usar este neologismo para referirme a una época, que no he encontrado en uso entre los
cultores del mundo de las ciencias sociales y/o humanidades. Entre los historiadores genera desconcierto. Casi todos
entienden que por modernidad nos referimos a aquella edad de la historia europea cuyos orígenes se encuentran
en el Siglo XVI, que coincide con quien originalmente acuñó la expresión, Keller o Cellarius. No obstante, en lo
que no hay consenso es acerca de su época de término. Para muchos lo sería con la emergencia de las revoluciones
liberales (como la norteamericana o francesa) ocurridas en la segunda parte del siglo XVIII, y para otros lo sería
en la segunda par te del siglo XX, con la desaparición de los grandes metarrelatos histórico-políticos y “el fin de la
historia” proclamada al fin de la Guerra Fría; y para otro grupo, en fin, aún estaríamos en la modernidad. Parece
que el mundo moderno en nuestro autor, Grossi, tiene sus orígenes en el siglo XVI y se extiende hasta nuestros
días. Por otro lado, lo contemporáneo es, para otros historiadores, la etapa histórica que se inicia con las señaladas
revoluciones liberales y que se extiende también hasta hoy. De allí nuestra intención de hacer inteligible con la
expresión “moderno-contemporáneo” todo tiempo histórico que viene en desarrollo desde el siglo XVI europeo hasta
el presente, que coincide con lo que es la modernidad en Grossi, y abarcante, para otros, lo que es equivalente a lo
contemporáneo. Entonces, algo tiene aún de moderno eso que ya es contemporáneo y/o algo dejó de ser moderno
porque ya es contemporáneo.
Corpus Iuris Regionis.
Revista Jurídica Regional y Subregional Andina 7
(Iquique, Chile, 2007) pp. 127-133

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