Mitos y verdades sobre el fallo del TC respecto a la Ley de Educación Superior - Núm. 1349, Mayo 2018 - Temas Públicos - Libros y Revistas - VLEX 716798321

Mitos y verdades sobre el fallo del TC respecto a la Ley de Educación Superior

LIBERTAD Y DESARROLLO
TEMAS PÚBLICOS
www.lyd.org
1349 - 1
04 de mayo de 2018
ISSN
1
MITOS Y VERDADES SOBRE EL FALLO DEL TC
RESPECTO A LA LEY DE EDUCACIÓN SUPERIOR
El Tribunal Constitucional (TC) dio a conocer la esperada sentencia respecto del
proyecto de ley sobre Educación Superior. En ella determinó que resultaba
inconstitucional la exigencia impuesta a las personas jurídicas controladoras de las
instituciones de educación superior, consistente en que fueran personas jurídicas
sin fines de lucro.
El alcance de la decisión es claro, en el sentido que se refiere a los controladores
de las instituciones de educación superior. Por ello, no afecta en modo alguno la
prohibición de lucro impuesta sobre las propias instituciones de educación
superior. A pesar de lo anterior, diversas fueron las voces que, desde ciertos
sectores políticos, y junto con criticar el actuar del TC, salieron a proclamar que
esta sentencia vendría a echar por tierra esa prohibición. El fallo del TC en nada
altera la prohibición de lucro de las instituciones de educación superior. Instalar la
idea contraria constituye una posverdad. Por su parte, las críticas efectuadas al rol
del TC en materia de control preventivo de constitucionalidad, deben ser objeto de
una reflexión más ponderada.
A fines de la semana pasada, se dio a conocer el texto completo del fallo del Tribunal
Constitucional (TC) que declaró i nconstitucional el artículo 63 de la ley de educación
superior. La norma exigía a los controladores de estas instituciones -constituidas como
personas jurídicas sin fines de lucro- ser, a su vez, personas jurídicas sin fines de lucro.
Más allá de la calificación de orgánica constitucional de la norma en comento y el
consecuente respeto a los quórums de aprobación, el TC basa su sentencia en el resguardo
de las garantías constitucionales sobre libertad de enseñanza y libertad de asociación,
sancionando la discriminación arbitraria.
La sentencia no sepulta la prohibición de lucro impuesta por la Ley de Educación Superior a
estas instituciones, como algunos han querido instalar.

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