Modernización del sistema de evaluación de impacto ambiental - Núm. 309, Septiembre 2019 - Revista Libertad y Desarrollo - Libros y Revistas - VLEX 811532225

Modernización del sistema de evaluación de impacto ambiental

Páginas21-21
Digno de aprobación sin modicaciones
Digno de aprobación con modicaciones menores
Requiere mejoras sustanciales
debe ser reformulado íntegramente
No debiera ser aprobado (idea de legislar objetable)
MODERNIZACIÓN DEL SISTEMA DE
EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
n junio de este año el
Ejecutivo decidió re-
tirar el proyecto que
ingresó el año pasa-
do para modicar el
Sistema de Evaluación de Impac-
to Ambiental (SEIA) y presentar
un nuevo proyecto de ley con el
objeto de agilizar los procesos de
evaluación ambiental y otorgar
una mayor certeza jurídica para
los inversionistas y la ciudadanía.
La iniciativa en actual tramitación
mantiene algunos elementos de
la propuesta original, pero modi-
ca otros aspectos que fueron más
controvertidos durante la tramita-
ción de dicha iniciativa en la Co-
misión de Medio Ambiente de la
Cámara de Diputados.
Entre las principales modica-
ciones de la actual iniciativa, se
propone reducir el componente
político, eliminando la gura del
Comité de Ministros y las instan-
cias de revisión administrativa,
con el objeto de disminuir los pla-
zos de tramitación. Sin embargo,
esta medida también alerta sobre
la posible sobrecarga que se po-
dría imponer a los Tribunales Am-
bientales, teniendo en cuenta que
la mayoría de los casos concluye
en instancias administrativas.
Otra medida que se propone es la
eliminación de la potestad invali-
Edatoria administrativa y se esta-
blece para los terceros ajenos al
proceso la posibilidad de reclamar
directamente ante los Tribunales
Ambientales de las decisiones
dentro de un plazo acotado. Ello
viene a otorgar más certeza jurí-
dica frente a los diversos criterios
de interpretación en torno a la
potestad invalidatoria administra-
tiva, sin perjuicio de que conviene
precisar la norma, de tal manera
que quede bien denido el legiti-
mado activo.
Asimismo, si bien este proyecto
no establece la posibilidad de una
participación ciudadana anticipa-
da, como lo hacía la iniciativa an-
terior, propone de todas formas
ampliar los espacios de participa-
ción ciudadana, haciéndola obli-
gatoria para las Declaraciones de
Impacto Ambiental en la medida
que veinte personas naturales o
dos organizaciones con perso-
nalidad jurídica lo soliciten, y sin
exigir que se trate de proyectos
que generen cargas ambientales
para las comunidades. Asimismo,
el proyecto establece como nue-
va función del Servicio de Evalua-
ción Ambiental la de poner a dis-
posición una oferta de programas
y cursos gratuitos que tengan
por objeto orientar dicha partici-
pación, medida que tiene un im-
pacto scal signicativo. Sobre el
particular, debe considerarse que
una participación ciudadana muy
extendida puede también trabar
proyectos que pueden traer gran-
des benecios para la misma co-
munidad.
Por último, se echa de menos la
incorporación de ciertas medidas
que traía la iniciativa anterior
que son claves para promover la
inversión, tales como establecer
al SEIA como ventanilla única, el
Entre las principales
modificaciones de la actual
iniciativa, se propone reducir
el componente político,
eliminando la figura del Comité
de Ministros y las instancias de
revisión administrativa, con el
objeto de disminuir los plazos
de tramitación.
carácter vinculante de las con-
sultas de pertinencia y la divisi-
bilidad de las Resoluciones de
Calicación Ambiental. Su omi-
sión puede deberse a que éstas
fueron incorporadas también
en el Proyecto Pro Inversión in-
gresado por el Ejecutivo, que
ya se encuentra en segundo
trámite constitucional, pero no
debieron omitirse en este pro-
yecto que es la reforma central
al SEIA.
CONGRESO
Septiembre 2019 / Nº 309 21

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