Corte de Apelaciones de Santiago, 1º de agosto de 1997. Moreno Bunster, Juan Luis contra Intendente de la Región Metropolitana (reclamo de ilegalidad / Ley Nº 19.175 art. 102 letra d) - Núm. 3-1997, Septiembre 1997 - Revista de Derecho y Jurisprudencia y Gaceta de los Tribunales - Libros y Revistas - VLEX 228651498

Corte de Apelaciones de Santiago, 1º de agosto de 1997. Moreno Bunster, Juan Luis contra Intendente de la Región Metropolitana (reclamo de ilegalidad / Ley Nº 19.175 art. 102 letra d)

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Recurrida de queja esta sentencia, ha sido rechazado el recurso por la Corte Suprema el 29.9.1997 (Rol 2599).


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LA CORTE

Vistos:

  1. Que don Juan Luis Moreno Bunster, industrial, domiciliado en Juan Vicuña 1490, Santiago, deduce el Recurso de Reclamación del artículo 102, letra d), de la Ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regionales, en contra del Intendente de la Región Metropolitana, por su Resolución Exenta Nº 126, dictada con fecha 23 de febrero de 1996, en virtud de la cual rechaza en todas sus partes el Recurso de Ilegalidad interpuesto en contra de la resolución Nº 53 del Gobierno Regional Metropolitano que "Aprueba Modificaciones del Plano y Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Santiago", publicada en el Diario Oficial con fecha 4 de enero de 1996.

    Solicita que en definitiva se resuelva: 1º) que se acoge la reclamación interpuesta y se deje sin efecto la Resolución Exenta Nº 126, y

  2. ) que se anula en todas sus partes la Resolución Nº 53 del Gobierno Regional Metropolitano, publicada en el Diario Oficial de fecha 4 de enero de 1996.

  3. Que el reclamante fundamenta su recurso en:

    i) Cuestiones de Forma, y

    ii) Cuestiones de Fondo.

    Las cuestiones de forma consisten en:

    a) omisión de la publicación en el Diario Oficial de la resolución del SEREMI de Vivienda y Urbanismo que aprueba el Plan Regulador Comunal y el texto íntegro de la ordenanza local pertinente, y

    b) falta de requisitos en las publicaciones en extracto de la resolución anteriormente mencionada, en diario de mayor circulación.

    Las cuestiones de fondo consisten en que por la modificación efectuada al plan regulador comunal por la resolución 53 del Gobierno Regional, se cambia de destino un área que de mixta, esto es, industrial y residencia, pasa ser residencial, dejándose subsistentes una serie de corredores industriales en el sector comprendido desde la avenida Manuel Antonio Matta al Sur. Esto vulnera los artículos 34 inciso 1º y el artículo 41 de la Ley General de Urbanismo y Construcción, en cuanto se debe promover el desarrollo armónico del territorio comunal, en especial de sus centros poblados, en concordancia con las metas regionales de desarrollo económico y social, por cuanto se produce una mezcla arbitraria entre zonas mixtas y residenciales que beneficia a las industrias, talleres y bodegas ubicados en los llamados "corredores", en perjuicio de los ubicados en calles y avenidas no comprendidas en esos...

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