Naturaleza, propósitos y principios de la OEA - El Sistema Interamericano y la Organización de Estados Americanos - Derecho Internacional Público. De acuerdo a las normas y prácticas que rigen en el siglo XXI - Libros y Revistas - VLEX 361136370

Naturaleza, propósitos y principios de la OEA

AutorEdmundo Vargas Carreño
Páginas416-419
416
DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO
se encuentra abocada la Organización de Estados Americanos
los constituyen la protección y promoción de los derechos hu-
manos, la defensa de la democracia y, bajo una nueva concep-
ción, la seguridad hemisférica, incluyendo dentro de ésta la
consideración de los desafíos que ofrecen el narcotráfico y la
corrupción.
Sección II
NATURALEZA, PROPÓSITOS Y PRINCIPIOS DE LA OEA
240. Naturaleza
El artículo 1 de la Carta de la OEA en su párrafo primero señala:
Los Estados americanos consagran en esta Carta la organización in-
ternacional que han desarrollado para lograr un orden de paz y de
justicia, fomentar su solidaridad, robustecer su colaboración y defen-
der su soberanía, su integridad territorial y su independencia. Den-
tro de las Naciones Unidas, la Organización de los Estados Americanos
constituye un organismo regional.
Como puede apreciarse, desde su primera disposición la Car-
ta de la OEA ha querido dejar sentado que se trata de una or-
ganización que pretende cumplir amplios objetivos. Ese párrafo
también ha dejado constancia que la OEA es un organismo re-
gional dentro de Naciones Unidas, lo cual no significa que se
trate de un organismo de esa organización mundial o supedita-
da a ella. La OEA es autónoma respecto de Naciones Unidas;
pero sí, como se estudió anteriormente, le son aplicables las nor-
mas contenidas en el Capítulo VIII de la Carta de las Naciones
Unidas referentes a los acuerdos regionales.
A ese primer párrafo del artículo 1, la reforma adoptada en
Cartagena de Indias en 1985 agregó un segundo, en el cual se
señala que la OEA no tiene más facultades que aquellas que ex-
presamente le confiere la Carta, ninguna de cuyas disposiciones
la autoriza a intervenir en asuntos de la jurisdicción interna de
los Estados. Aunque el objetivo de ese nuevo párrafo resulta fá-
cil de entender, en la práctica pueden surgir dificultades para
precisar cuándo un asunto pertenece exclusivamente a la juris-
dicción interna de los Estados. El asunto se había planteado an-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR