La mediación familiar, una necesidad impostergable para la solución de los conflictos familiares en Cuba
Autor | Lisandra Suárez Fernández - Iris María Méndez Trujillo |
Cargo | Académica de la Universidad de Matanzas Camilo Cienfuegos, Cuba - Académica de la Universidad de Matanzas Camilo Cienfuegos, Cuba |
Páginas | 143-179 |
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La mediación familiar, una necesidad
impostergable para la solución de los conflictos
familiares en Cuba
The Family Mediation, an unpostponable need to solve family
conflicts in Cuba
lis a ndra s uár ez f erná ndez *
iri s marí a mén dez t ruj illo **
Universidad de Matanzas, Cuba
recepción: 30/09/2012 taceptación: 22/03/2013
RE SU ME N El presente estudio se centra en fundamentar la necesidad de in-
cluir en el ordenamiento jurídico cubano una regulación sustantiva y pro-
cesal que permita emplear la mediación como vía alternativa de solución
de los conflictos familiares. Bajo tal pretensión se impone en primer orden
sistematizar presupuestos teóricos y conceptuales en relación con la media-
ción familiar. Tributando a la esencia de este estudio y dada la ausencia de
una regulación en Cuba al respecto es ineludible examinar en igual medida
el comportamiento y utilización de métodos alternativos de resolución de
conflictos familiares en el ámbito internacional y analizar la problemáti-
ca actual cubana desde una perspectiva práctica, que apunta hacia el re-
conocimiento legal de la mediación familiar como variante alternativa de
DO I 1 0.7770/ RC HD YCP -V 4N1-A RT 434
* Académica de la Universidad de Matanzas Camilo Cienfuegos, Cuba. Correo elec-
trónico: lisandra.suarez@umcc.cu.
** Académica de la Universidad de Matanzas Camilo Cienfuegos, Cuba. Correo
electrónico: iris.mendez@umcc.cu.
SU ÁRE Z FE RNÁ ND EZ Y MÉ NDE Z TRU JI LLO
LA M EDI AC IÓ N FA MI LI AR , U NA NE CE SI DA D I MP OS TER GA BL E PARA L A RES OL UCI ÓN D E L OS CO NF LI CTO S
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conflictos de familia desde las propuestas efectivas de otros ordenamientos
jurídicos factibles a aplicar a nuestro sistema.
PAL ABR AS CLAV E Mediación familiar, voluntariedad, solución de conflictos.
AB ST RAC T This study focuses on the need to include support of the Cuban
legal substantive and procedural regulation allowing use mediation as an
alternative way of resolving family conflicts. Under such a claim is imposed
on first-order theoretical and conceptual systematization regarding family
mediation. Taxed to the essence of this study and given the absence of regu-
lation in Cuba is about equally inescapable examine the behavior and use
of alternative methods of dispute resolution in the international family and
analyze the current problems from a practical perspective Cuban, pointing
to the legal recognition of family mediation as an alternative variant of fa-
mily conflicts effective proposals from other jurisdictions feasible to apply
to our system.
KE YW OR DS Family mediation, voluntary, dispute resolution.
Lo que caracteriza el grado de civilización de una sociedad no es la mayor o menor
conflictividad de sus integrantes, sino el modo en que sus conflictos se solucionan.
William Ury
Introducción
El conflicto es un elemento inevitable en la vida cotidiana, alcanzando en la
sociedad contemporánea matices de alta complejidad. En búsqueda de ese im-
perioso equilibrio que asegure la necesaria estabilidad para el desarrollo hu-
mano, ganan preponderancia frente a los métodos adversariales de solución de
disputas, los métodos alternos de resolución de controversias1.
Despuntan a razón de ello, en el marco del derecho de familia, nuevos pro-
cesos, tomando especial auge la mediación, de modo que se convierte en herra-
mienta imprescindible de la sociedad en su batalla contra la deshumanización de
las relaciones personales; y en eficaz medio para lograr eliminar procesos litigio-
sos, o al menos el mérito de allanar el camino a un exasperado debate procesal.
1. CASTANEDO (2007) p. 6.
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La mediación se define de manera sencilla como un entendimiento facilita-
do2. Aparece como medio transformador que permite una clara participación
de las partes en la solución de sus propios conflictos, al promover su crecimien-
to personal y fortalecer su autoestima, en la medida en que reconoce el derecho
individual a la autodeterminación, donde el proceso de toma de decisiones se
hace desde el ofrecimiento de información, desde el respeto y desde el aceptar
que cada cual hará una búsqueda inteligente de sus alternativas y alcances3.
Los altos índices de radicación de asuntos familiares a solucionar por los
Tribunales de Justicia en Cuba, si bien son una vía válida de encauzar los con-
flictos de la sociedad, dejan abierto el reto de encontrar métodos más factibles,
no coactivos, que generen soluciones basadas en la comunicación y resultado
del intercambio de los propios involucrados en el conflicto.
Si bien existen antecedentes de la figura de la mediación en el país en el
campo del derecho de familia no se encuentra implementado legalmente el uso
de técnicas alternativas, en específico la mediación; aun cuando en la práctica
social se utilizan, aportando saldos positivos en la solución de conflictos res-
pecto al método adversarial.
Por ello y como se expondrá más adelante, si bien se puede hablar de al-
gunos méritos en esta temática, la aplicación de la mediación familiar como
método alterno de resolución de conflictos es todavía muy escaso y poco di-
vulgado en la cultura de nuestro país sin presencia alguna en la normativa
familiar y procesal.
Con motivo de las siguientes inquietudes se motiva el estudio al respec-
to con el objetivo de fundamentar la necesidad de una reglamentación de la
mediación familiar en el ordenamiento jurídico cubano vigente, como medio
alternativo para la solución de litigios familiares.
Desarrollo
Los estudios en el marco estrictamente teórico rebelan especial atención de
los juristas cubanos sobre la materia, destacándose el doctor Castanedo Abay,
cuyos criterios representan una de las primeras aproximaciones a esa temática,
aportando valiosas ideas que pueden servir de guía al tratamiento que debe
darse a esta alternativa en nuestro país. En igual sentido, la profesora Gonzá-
2. CASTANEDO (2001) p.15.
3. FUENTES (2000) p.23.
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