Niños y niñas indígenas en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos - Núm. 23-2, Julio 2016 - Revista de Derecho Universidad Católica del Norte - Libros y Revistas - VLEX 657162249

Niños y niñas indígenas en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

AutorMylene Valenzuela Reyes
CargoDirectora de la Clínica Jurídica de la Universidad Central de Chile, Chile
Páginas211-240
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R  D U C  N - A 23 Nº 2 (2016)
NIÑOS Y NIÑAS INDÍGENAS EN LA JURISPRUDENCIA DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS*
MYLENE VALENZUELA REYES**
RESUMEN: En el ámbito internacional se han reconocido progresiva-
mente derechos especí cos para ciertos grupos, entre ellos para los niños,
niñas y pueblos indígenas. En esta evolución ha sido fundamental el tra-
bajo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la que a través
de su jurisprudencia ha elaborado criterios y consideraciones de la mayor
relevancia que, aplicados de manera reiterada en situaciones similares, se
pueden considerar como estándares de actuación. En los casos de niños
indígenas, sus decisiones se han fundado en normas y principios de la
Convención Americana en concordancia con la Convención de los Dere-
chos del Niño, orientaciones y principios del Convenio 169 de la OIT y
en algún caso, con la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Dere-
chos de los Pueblos Indígenas, sin olvidar las consideraciones de género.
Los niños indígenas poseen una identidad distintiva que los vincula con
su tierra, cultura, idioma y religión. El reconocimiento de sus tradiciones
y valores es cimiento de un Estado culturalmente diverso que le exige una
protección especial que asegure efectivamente que se tomen en considera-
ción sus particularidades propias.
PALABRAS CLAVE: Infancia – niños indígenas – diversidad – Corte
Interamericana de Derechos Humanos – jurisprudencia.
* Fecha de recepción: 17 agosto de 2015.
Fecha de aceptación: 4 de abril de 2016.
** Directora de la Clínica Jurídica de la Universidad Central de Chile (C). Licenciada
en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Chile (C), magíster en Derechos
Fundamentales de la Universidad Carlos III de Madrid, (E). Se ha desempeñado como
profesional en los Ministerios de Justicia y Servicio Nacional de la Mujer. Fue observadora
de derechos humanos en la Misión de Veri cación en Guatemala (MINUGUA), fue in-
tegrante del Consejo Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI). Cursa el programa de
Doctorado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (ARGENTINA).
Correo electrónico: mvalenzuelare@ucentral.cl
Revista de Derecho
Universidad Católica del Norte
Sección: Estudios
Año 23 - Nº 2, 2016
pp. 211-240
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Mylene Valenzuela Reyes
R  D U C  N - A 23 Nº 2 (2016)
INDIGENOUS CHILDREN IN THE CASE OF THE INTER-
AMERICAN COURT OF HUMAN RIGHTS
ABSTRACT: In both, an international and regional setting, the spe-
ci c rights of children and indigenous people have been progressively
recognised.  is progress has been fundamentally supported by the Inter-
American Court, which through its jurisprudence has developed speci c
criteria and highly relevant deliberations to be applied repeatedly on a se-
ries of similar situations considered to be a standard of action. In the case
of indigenous children, the decisions of the Court have been based on
norms and principles of the American Convention.  is, it has been ca-
rried out in accordance to the Convention of the Rights of the Child, the
orientations and principles of Convention 169 of the ILO, and in some
cases the UN Declaration on the Rights of Indigenous People, without
forgetting gender considerations. Indigenous children possess a distincti-
ve identity, strongly linked to their culture, language, religion and land.
e recognition of their traditions and values is fundamental for a cul-
turally diverse State; a recognition that demands from the State, a special
kind of e ective protection safeguarding a mindful consideration of the
particularities of cultural diversity.
KEYWORDS: Infancy - Indigenous Children - Diversity - Inter-Ame-
rican Court - Jurisprudence
Sumario: Introducción. 1) Infancia indígena en la jurisprudencia de
la Corte Interamericana de Derechos Humanos: (1.1) Interpretación de los
Tratados de derechos humanos y derechos de la infancia indígena; (1.2) De-
rechos de los niños y niñas indígenas en relación a los principios contenidos
en la Convención de los Derechos del Niño, Convenio 169 de la OIT y De-
claración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas
(DNPI); (1.2.1) Reconocimiento de la personalidad jurídica de los niños y
niñas y su derecho a la identidad colectiva; (1.2.2) Interés superior del niño y
la niña; (1.2.3) No discriminación; (1.2.4) Derecho a la vida, la superviven-
cia y el desarrollo con identidad; (1.2.5) Derecho del niño y niña a expresar
su opinión, participar y ser consultado; (1.3) Identidad e integridad cultural
de los niños y niñas indígenas; (1.4) Igualdad de género y repercusiones cultu-
rales. 2) Deberes y obligaciones de los Estados en relación a los niños y niñas
indígenas. 3) Re exiones  nales. 4) Bibliografía. 5) Anexos.
INTRODUCCIÓN
Los pueblos indígenas han emergido en el ámbito internacional
como sujetos de derechos, poseedores de sistemas jurídicos y judiciales
propios. Estos avances se deben fundamentalmente al desarrollo del De-

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