¿Por qué no se justifica una Asamblea Constituyente? - Núm. 155, Agosto 2016 - Serie Informe Sociedad y Política - Libros y Revistas - VLEX 648734713

¿Por qué no se justifica una Asamblea Constituyente?

AutorSebastián Soto Velasco - Andrés Sotomayor Morales
CargoAbogado UC y Máster en Derecho por la Universidad de Columbia, NYC. Actualmente es Director del Área Constitucional de Libertad y Desarrollo y Profesor de Derecho UC. - Abogado UC y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente es abogado de Porzio, Ríos, García y Asociados
Páginas20-21
NAVIA, PATRICIO. El Líbero. 27 de octubre de 2015. En www.ellibero.cl
25
20
11.
¿Por qué
no se justif‌ica una
Asamblea
Constituyente?
Detrás del slogan por una Asamblea Constituyente (AC)
hay muchas ideas que se entrecruzan y que pretenden
transformarla en el único mecanismo válido para llevar a
cabo cambios constitucionales. Se ha dicho que es esa
la forma que asegura que todos podamos participar del
proceso constituyente y que el aporte de cada uno se verá
ref‌lejado en una Constitución que será la casa de todos.
Pero eso tiene mucho de mito.
El cientista político, Patricio Navia, dijo al respecto que
“de poco sirve advertir que es imposible que un
proceso constituyente nos involucre a todos.
Incluso si optamos por la AC, la Constitución
será redactada por un grupo de representantes
electos”25. En efecto, una Asamblea Constituyente
también es un órgano electo cuya única diferencia con el
Congreso Nacional, al menos al inicio, es que tiene una
única tarea asignada: redactar una nueva Constitución.
Pero el problema de la Asamblea Constituyente es que hay
muchas preguntas sin respuesta y que de cuya def‌inición
muy posiblemente llegaremos a la conclusión que la
Asamblea Constituyente es un slogan vacío de contenido.
La primera pregunta es bajo qué sistema electoral se
eligen los integrantes de la Asamblea Constituyente:
mayoritario o proporcional; número de distritos y de
escaños; etc. Considerando la dif‌icultad que siempre existe
para determinarlo, la respuesta más fácil que podrían
dar los promotores de este cambio sería ocupar el recién
aprobado. Pero dado que la AC es unicameral, ¿cuál de los
dos debiera utilizarse? ¿El que elige a 155 diputados o el
que escoge a 50 senadores? Y más importante que ello,
si el sistema electoral es idéntico: ¿por qué no dejar que
sea el mismo congreso entonces el que haga las reformas?
No tiene sentido deslegitimar de plano al congreso si,
f‌inalmente, quienes serán elegidos para una asamblea
constituyente son los mismos que lo serían en una elección
parlamentaria o, al menos, son elegidos con el mismo
sistema.

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